“Por medio del cual se dictan reglas relativas a la vida útil y reposición de vehículos de transporte colectivo de pasajeros y/o mixto de radio de acción metropolitano, distrital o municipal, a la reposicion de vehículos de transporte masivo de pasajeros y se dictan otras disposiciones.”
Estados del Proyecto
Radicado
08.02.2005
Publicación
08.05.2005
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.21.2006
Sinopsis
El recurrente incumplimiento de los términos de la vida útil tiene como una de sus más dramáticas consecuencias el deterioro de las condiciones ambientales en los principales conglomerados urbanos del país, por ésta razon el presente proyecto de ley establece que en lo sucesivo, la vida útil de los vehículos que ingresen a prestar el servicio público de transporte tendrán una vida útil de 15 años. Hacemos notar que NO se modifican las condiciones de vida útil de los vehículos que actualmente están prestando el servicio público, pues la norma aplicará únicamente para los que ingresen.
Datos Generales
Ago 02 d 2005 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 02 2005 | Radicado | ||
Ago 05 2005 | Publicación | ||
Jun 21 2006 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Proyectos acumulados:
Este proyecto se acumula en:
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de ley Estatutaria
Tema
Tránsito y transporte
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 2, 2005
Legislatura
Legislatura Jul 2005 - Jun 2006
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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