“Por medio del cual se reconocen y protegen algunos derechos del hombre cabeza de familia, se modifica la Ley 790 de 2002 y se adiciona un numeral al artículo 239 del Código Sustantivo de Trabajo.”
Estados del Proyecto
Radicado
08.02.2005
Publicación
08.04.2005
Publicada Ponencia Primer Debate
06.09.2006
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2006
Sinopsis
El Estado garantizará la igualdad de derechos, protección, y oportunidades laborales a los hombres cabeza de familia. Ningún trabajador hombre cabeza de familia puede ser despedido cuando su cónyuge o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o en período de lactancia. El hombre trabajador deberá presentar al empleador un certificado médico donde conste el estado de embarazo o lactancia de su cónyuge o compañera permanente, expedido por la EPS, donde se encuentra afiliada como beneficiaria. El trabajador despedido sin autorización de la autoridad tiene derecho al pago de una indemnización equivalente a la establecida en el numeral 3 del artículo 239 de Código Sustantivo del Trabajo y demás normas vigentes sobre la materia.
Datos Generales
Ago 02 d 2005 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 02 2005 | Radicado | ||
Ago 04 2005 | Publicación | ||
Jun 09 2006 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer | |
Ponentes | |||
Jun 20 2006 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 De 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2002 2006
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Familia
Tema
Laboral
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 2, 2005
Legislatura
Legislatura Jul 2005 - Jun 2006
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
laboral hombres cabeza de familia código sustantivo del trabajo