“Por medio del cual se modifica el artículo 9° y se incorporan unas disposiciones a la Ley 397 de 1997, en lo relativo al patrimonio cultural sumergido. [Patrimonio cultural sumergido]”
Sinopsis
El patrimonio arqueológico integrado en la forma descrita en el artículo 6º de esta ley, modificado por el artículo 3 de la Ley 1185 de 2008, y por bienes tales como por vestigios producto de la actividad humana, restos orgánicos e inorgánicos, asentamientos o cementerios de grupos humanos desaparecidos, restos humanos, las especies náufragas constituidas por las naves o artefactos navales y su dotación, restos o partes de embarcaciones, dotaciones o elementos yacentes dentro de éstas o en circunstancias similares, que se encuentren en el suelo o subsuelo marinos de las aguas interiores, el mar territorial, la plataforma continental o zona económica exclusiva, cualquiera que sea su naturaleza o estado y la causa del hundimiento, naufragio o echazón, siempre y cuando hayan cumplido 100 años contados a partir de la ocurrencia de tal hecho, se denominará como Patrimonio Cultural Sumergido.
Datos Generales
Ago 02 d 2010 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 02 2010 | Radicado | ||
Ago 04 2010 | Publicación | ||
Sep 10 2010 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Educación, cultura, ciencia y tecnología
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 2, 2010
Legislatura
Legislatura Jul 2010 - Jun 2011
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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