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“Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 20 del Decreto 1278 de 2002.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Con esta adición al artículo 20 del Decreto-ley 1278 de 2002, se busca que se respete la escala salarial que venían ostentando los docentes inscritos con el Decreto-ley 2277 de 1979 y que se desempeñaron en provisionalidad o por contrato u orden de prestación de servicios por muchos años, que se encuentren escalafonados en un grado superior al grado 7 y la escala salarial contemplada en el mencionado Decreto-ley 2277 sea superior al grado al cual se le vincula en el nuevo escalafón contemplado en el Decreto-ley 1278 de 2002, ya sea en período de prueba o posterior a dicho período, respetando así los derechos adquiridos y la favorabilidad a las cuales tienen derecho estos docentes, para que haya justicia en el reconocimiento de los derechos adquiridos de estos docentes, basado en principios de equidad e igualdad, donde se respeten la antigüedad, capacitación y experiencia independientemente del tipo de vinculación (provisionalidad, contratos, u orden de prestación de servicios).


Datos Generales

Abr 03 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 03 2008

Radicado

Abr 04 2008

Publicación

108/08

Abr 17 2008

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

154/08

Ponentes

May 20 2008

Aprobado Primer DebateComisión VI Senado

518/08, 571/08

Ago 20 2008

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

571/08

Ponentes

Oct 15 2008

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

753/08, 09/09

Jun 16 2009

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

539/09

Ponentes

Jun 20 2009

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales