“Por medio de la cual se interpretan con autoridad artículos de la Ley 314 de 1996 y se dictan otras disposiciones.”
Estados del Proyecto
Radicado
04.25.2007
Publicación
05.03.2007
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2007
Sinopsis
Para efectos de interpretación y aplicación del artículo octavo de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996, se entiende que los servicios integrales de salud que se deben continuar prestando a los empleados públicos, trabajadores oficiales y pensionados y a su respectivo grupo familiar, comprende los servicios contenidos en el Plan Obligatorio de Salud, POS, y Planes Complementarios.
Datos Generales
Abr 25 d 2007 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 25 2007 | Radicado | ||
May 03 2007 | Publicación | ||
Jun 20 2007 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Derechos Fundamentales
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 25, 2007
Legislatura
Legislatura Jul 2006 - Jun 2007
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
servicios de salud servicios integrales de salud plan obligatorio de salud pos eps ips Ley 314 de 1996