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“Por medio de la cual se permite el pago anticipado de créditos en las entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria y se dictan otras disposiciones. [Pago anticipado de créditos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Sin perjuicio de los derechos consagrados en otras disposiciones legales vigentes, los consumidores de productos crediticios de las entidades vigiladas por la superintendencia de Economía Solidaria tendrán, durante todos los momentos de su relación con la entidad vigilada, el derecho a efectuar pagos anticipados en toda operación de crédito en moneda nacional, sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucro cesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, con la consiguiente liquidación de intereses al día del pago.


Datos Generales

Ene 26 d 2016 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ene 26 2016

Radicado

Feb 22 2016

Publicación

44/16

Abr 12 2016

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

140/16

Ponentes

Abr 26 2016

Aprobado Primer DebateComisión III Cámara

651/16, 727/16

Ago 23 2016

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

651/16

Ponentes

Jun 20 2017

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2014 2018

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Economía

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    196/16

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    ene. 26, 2016

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2015 - Jul 2016

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    651/16

    651/16, 727/16

    140/16

    44/16

  • Tags

    creditos pagos