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“Por medio de la cual se modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El presente proyecto de ley modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994. Específicamente, se les permites a las empresas de servicios públicos domiciliarios suspender el servicio en el caso de acometidas fraudulentas, siendo calificado como hurto cuando tal caso se presente con la energía eléctrica.


Datos Generales

Ago 01 d 2007 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 01 2007

Radicado

Ago 03 2007

Publicación

367/07

Feb 21 2008

Publicada Ponencia Primer Debate

70/08

Ponentes

Abr 23 2008

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Servicios Públicos

  • Tema

    Justicia

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    53/07

  • Fecha de Radicación

    ago. 1, 2007

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2007 - Jun 2008

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    70/08

    367/07

  • Tags

    servicios públicos