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“Por medio de la cual se regula el abandono de menores de edad y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

No constituirá delito el abandono de un menor de noventa días, por su madre, padre o custodio, directamente o a través de un miembro del clero de cualquier religión reconocida por el Estado, siempre que se entregue en estaciones de bomberos, oficinas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, o a personal médico en hospitales públicos, clínicas o centros de salud o a miembros de la Policía Nacional.


Datos Generales

Ago 04 d 2009 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 04 2009

Radicado

Ago 06 2009

Publicación

692/09

Nov 24 2009

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

1317/09

Ponentes

Jun 20 2010

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Familia

  • Tema

    Bienestar y pobreza

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    55/09

  • Fecha de Radicación

    ago. 4, 2009

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2009 - Jun 2010

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    1317/09

    692/09

  • Tags

    niñez