“Por medio de la cual se dispone que se entone o se escuche el himno nacional en las ceremonias de carácter público. [Himno nacional]”
Sinopsis
En las ceremonias de carácter público que se celebren en las oficinas de todas las Ramas, órganos y entidades del Poder Público y sus entidades adscritas y vinculadas, y las oficinas que representen al país en el exterior, se deberá interpretar o escuchar el coro y las primeras cuatro (4) estrofas del himno nacional.
Datos Generales
Abr 14 d 2021 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Abr 14 2021 | Radicado | ||
Abr 26 2021 | Publicación | ||
Jun 20 2021 | Retirado por el Autor | Art 155 Ley 5 de 1992 |