“Por medio de la cual se modifica el monto de la pensión de vejez de personas con discapacidad. [Monto pensión de vejez]”
Estados del Proyecto
Radicado
03.16.2021
Publicación
03.26.2021
Publicada Ponencia Primer Debate
06.01.2021
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2021
Sinopsis
El monto mensual de la pensión de vejez, correspondiente a las primeras 1.000 semanas de cotización, será equivalente al 65% del ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas adicionales a las 1.000 hasta las 1.200 semanas, este porcentaje se incrementará en un 2%, llegando a este tiempo de cotización al 73% del ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas adicionales a las 1.200 hasta las 1.400, este porcentaje se incrementará en 3% en lugar del 2%, hasta completar un monto máximo del 85% del ingreso base de liquidación.
Datos Generales
Mar 16 d 2021 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Mar 16 2021 | Radicado | ||
Mar 26 2021 | Publicación | ||
Jun 01 2021 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate negativa | |
Ponentes | |||
Jun 20 2021 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Autores
Buenaventura León León
Germán Alcides Blanco Álvarez
Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán
Jaime Felipe Lozada Polanco
Adriana Magali Matiz Vargas
Felipe Andrés Muñoz Delgado
José Gustavo Padilla Orozco
Juan Carlos Rivera Peña
Ciro Antonio Rodríguez Pinzón
Juan Carlos Wills Ospina
Armando Antonio Zabaraín D'arce