“Por medio de la cual se reconocen derechos del pueblo étnico raizal del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina dentro del marco del estatuto raizal. [Derechos del pueblo étnico raizal]”
Estados del Proyecto
Radicado
08.06.2018
Publicación
08.10.2018
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2019
Sinopsis
La presente Ley tiene por objeto reconocer, regular los derechos y deberes del Pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, dotarlo de un estatuto especial de autonomía étnica, y el fortalecimiento de sus instituciones propias. Busca reconocer el derecho a la existencia y preservación de la vida del Pueblo Raizal, asegurar una calidad de vida digna, proteger la diversidad étnica e identidad cultural de los Raizales, la conservación del patrimonio cultural Raizal, así como garantizar su soberanía alimentaria y la sostenibilidad ambiental de los recursos naturales terrestres y marítimos, y su territorio ancestral.
Datos Generales
Ago 06 d 2018 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 06 2018 | Radicado | ||
Ago 10 2018 | Publicación | ||
Jun 20 2019 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2018 2022
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Minorías étnicas y sexuales
Tema
Ordenamiento Territorial y regiones
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 6, 2018
Legislatura
Legislatura Jul 2018 - Jul 2019
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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