“Por medio de la cual se modifica el artículo 6 de la ley 549 de 1999. [Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet]”
Estados del Proyecto
Radicado
10.24.2017
Publicación
10.25.2017
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.21.2018
Sinopsis
Los recursos del FONPET, correspondientes al sector salud, una vez este cubierto el pasivo pensional del sector, podrán destinarse por parte de los municipios, a programas de saneamiento fiscal y financiero de las Empresas Sociales del Estado de su jurisdicción. El ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentara el procedimiento y metodología para el desarrollo autorizado mediante la presente ley.
Datos Generales
Oct 24 d 2017 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Oct 24 2017 | Radicado | ||
Oct 25 2017 | Publicación | ||
Jun 21 2018 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2014 2018
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Seguridad Social y salud
Tema
Economía
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
oct. 24, 2017
Legislatura
Legislatura Jul 2017 - Jul 2018
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
pensione fonpet Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales