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“Por medio de la cual se establece la producción agropecuaria con destino a la sostenibilidad alimentaria como actividad de utilidad pública e interés social y se dictan otras disposiciones. [Sostenibilidad alimentaria]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Se declara como actividad de utilidad pública e interés social la actividad agropecuaria cuyo fin sea la producción de alimentos para el consumo humano. Todo lo anterior en cumplimiento del artículo 65 de la Constitución Política y de las obligaciones internacionales del Estado en relación al derecho humano a la alimentación adecuada en el territorio nacional.


Datos Generales

Sep 16 d 2015 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 16 2015

Radicado

Sep 16 2015

Publicación

712/15

Dic 04 2015

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

1024/15

Ponentes

May 18 2016

Aprobado Primer DebateComisión V Senado

388/16, 576/16

Jun 08 2016

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

388/16

Ponentes

Ago 31 2016

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

716/16, 910/16, 972/16

Dic 02 2016

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

1082/16

Ponentes

Jun 20 2017

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992