“Por medio de la cual se dictan normas para la vinculación laboral de los profesionales de bellezas para salones de bellezas o/y estéticas. [Vinculación laboral de los profesionales de belleza]”
Estados del Proyecto
Radicado
08.05.2015
Publicación
08.06.2015
Publicada Ponencia Primer Debate
12.11.2015
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2016
Sinopsis
El personal requerido en todo salón de belleza o/y estética, será vinculado a través de contrato de trabajo en congruencia con el artículo 132 del Código Sustantivo de Trabajo.
Datos Generales
Ago 05 d 2015 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 05 2015 | Radicado | ||
Ago 06 2015 | Publicación | ||
Dic 11 2015 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2016 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2014 2018
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Laboral
Tema
Profesiones
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 5, 2015
Legislatura
Legislatura Jul 2015 - Jul 2016
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
codigo sustantivo del trabajo laboral vinculacion labora salones de belleza salones de estetica