“Por medio de la cual se dictan disposiciones en materia de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural, acueducto, alcantarillado y aseo para hacer frente a cualquier fenómeno natural peligroso que incida o altere desastrosamente en la población y su forma de vida, dentro del territorio nacional. [Prestación de servicios públicos en casos de desastre natural]”
Estados del Proyecto
Publicación
04.05.2011
Publicada Ponencia Primer Debate
05.11.2011
Aprobado Primer Debate
05.31.2011
Publicada Ponencia Segundo Debate
06.14.2011
Aprobado Segundo Debate
06.15.2011
Concepto Institucional
06.15.2011
Publicada Ponencia Tercer Debate
09.15.2011
Aprobado Tercer Debate
10.11.2011
Publicada Ponencia Cuarto Debate
11.08.2011
Aprobado Cuarto Debate
12.05.2011
En Conciliación
12.07.2011
Aprobada conciliación en Senado
12.14.2011
Aprobada conciliación en Cámara
12.14.2011
Sancionado como Ley
01.10.2012
Sinopsis
La presente ley se aplica a los prestadores, suscriptores y/o usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural, acueducto, alcantarillado y aseo localizados en los municipios y/o distritos reportados oficialmente por la Dirección de Gestión de Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, en el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, como afectados o damnificados por cualquier fenómeno natural peligroso que incida o altere desastrosamente en la población y su forma de vida, dentro del territorio nacional. Crea el Subsidio Excepcional, como un mecanismo temporal para conjurar eventuales crisis que se generen en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural, acueducto, alcantarillado y aseo con ocasión de cualquier fenómeno natural peligroso que incida o altere desastrosamente en la población y su forma de vida, dentro del territorio nacional. Dicho subsidio corresponderá a un porcentaje adicional al establecido en la Ley 142 de 1994 o aquella que la sustituya o modifique, será financiado con aportes de la Nación y se reconocerá a los suscriptores y/o usuarios damnificados o afectados de los estratos subsidiables, una suma de hasta el valor del consumo básico de subsistencia o el costo medio de suministro del consumo básico definido para el respectivo servicio, según sea el caso, en los términos, condiciones y porcentajes que establezca el respectivo Ministerio.
Datos Generales
Abr 05 d 2011 Fecha de inicio | 5 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Listado de votaciones
Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
---|---|---|---|
Abr 05 2011 | Publicación | ||
May 11 2011 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
May 31 2011 | Aprobado Primer Debate | Comisión VI Senado | |
Jun 14 2011 | Publicada Ponencia Segundo Debate | Segundo debate | |
Ponentes | |||
Jun 15 2011 | Aprobado Segundo Debate | Plenaria Senado | |
Jun 15 2011 | Concepto Institucional | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial | |
Sep 15 2011 | Publicada Ponencia Tercer Debate | Tercer debate | |
Ponentes | |||
Oct 11 2011 | Aprobado Tercer Debate | Comisión VI Cámara | |
Nov 08 2011 | Publicada Ponencia Cuarto Debate | Cuarto debate | |
Ponentes | |||
Dic 05 2011 | Aprobado Cuarto Debate | Plenaria Cámara | |
Dic 07 2011 | En Conciliación | Informe | |
Ponentes | |||
Dic 14 2011 | Aprobada conciliación en Senado | En Senado | |
Dic 14 2011 | Aprobada conciliación en Cámara | En Cámara | |
Ene 10 2012 | Sancionado como Ley | Ley 1506 de 2012 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Servicios Públicos
Tema
Desastres y calamidades
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 5, 2011
Legislatura
Legislatura Jul 2010 - Jun 2011
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
subsidios servicios publicos desastres calaidades energia gas natural acueducto alcantarillado