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“Por medio de la cual se declara Patrimonio Inmaterial, Cultural, Artístico, Dancístico y Folclórico de la Nación, el desfile el "Salsódromo" que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, y se dictan otras disposiciones. [Salsódromo como patrimonio cultural]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir de la sanción de la presente ley y conforme a lo establecido en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, la Ley 819 de 2003, se autoriza al Gobierno nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación e impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación y del Programa Nacional de Concertación Cultural, las apropiaciones necesarias para el Salsódromo que se realiza dentro del marco de la Feria de Cali, al igual que la financiación, fomento y permanencia de las escuelas de salsa de Santiago de Cali en concordancia con la Administración Municipal.


Datos Generales

Jul 22 d 2014 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 22 2014

Radicado

Jul 28 2014

Publicación

380/14

Sep 17 2014

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

500/14

Ponentes

Oct 21 2014

Aprobado Primer DebateComisión IV Cámara

765/14

Nov 12 2014

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

724/14

Ponentes

Abr 22 2015

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

256/15, 435/15

Jul 22 2015

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

542/15

Ponentes

Sep 09 2015

Aprobado Tercer DebateComisión IV Senado

913/15

Oct 28 2015

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

888/15

Ponentes

Nov 19 2015

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

963/15, 17/16

Ene 06 2016

Sancionado como LeyLey 1772 de 2015

47/16

Datos generales