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“Por medio de la cual se adicionan los artículos 7 y 14 de la Ley 82 de 1993 en beneficio específico de las viudas y huérfanos. [Beneficios para viudas y huérfanos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El Gobierno Nacional garantizará a las Mujeres Cabeza de Familia, en condición de viudez, pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, el acceso de su núcleo familiar a la educación básica, media y superior, cuando tengan a su cargo uno o más hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar. Así mismo, garantizará a las Mujeres Cabeza de Familia, en condición de viudez, pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, su acceso al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en sus diversas modalidades, y más aún cuando tengan a su cargo uno o más hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, siempre y cuando no tengan vivienda propia.


Datos Generales

Nov 19 d 2013 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Nov 19 2013

Radicado

Nov 20 2013

Publicación

942/13

Jun 06 2014

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

258/14

Ponentes

Jun 20 2014

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

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