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“Por la cual se modifica la Ley 403 de 1997 y se establece como estímulo la acumulación de descansos compensatorios para los sufragantes. [Descansos compensatorios para sufragantes]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador. No obstante, el ciudadano podrá solicitar al empleador la acumulación de dos (2) descansos compensatorios por igual número de elecciones dentro de un mismo año y, en tal caso, acordar con el empleador que la jornada completa de descanso así formada, sea disfrutada en forma inmediata al término de las vacaciones anuales remuneradas más próximas.


Datos Generales

Jul 21 d 2010 Fecha de inicio 4 Votaciones realizadas

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 21 2010

Radicado

Jul 22 2010

Publicación

439/10

Sep 16 2010

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

651/10

Ponentes

Nov 16 2010

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

04/11, 418/11

Jun 13 2011

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

418/11

Ponentes

Jun 15 2011

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

455/11, 487/11

Ago 22 2011

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

647/11, 658/11

Ponentes

Oct 04 2011

Archivado en DebateArt 157 Ley 5 de 1992

829/11

Datos generales