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“Por la cual se desarrolla el artículo 48 de la Constitución Nacional en cuanto a la revisión de las pensiones que hayan sido reconocidas con abuso del derecho o sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley o en las convenciones colectivas y laudos arbitrales válidamente celebrados.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La presente ley tiene por objeto determinar un procedimiento breve para la revisión de las pensiones, dentro de los parámetros previstos en el artículo 48 de la Constitución Política, adicionado por el Acto Legislativo número 1 de 2005, respetándose los derechos allí consagrados.


Datos Generales

Sep 25 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 25 2008

Radicado

Oct 01 2008

Publicación

675/08

Jun 09 2009

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

496/09, 559/09

Ponentes

Jun 20 2009

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    166/08

  • Fecha de Radicación

    sept. 25, 2008

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2008 - Jun 2009

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    496/09, 559/09

    675/08

  • Tags

    pensiones revisión judicial