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“Por la cual se adiciona el artículo 149 de la Ley 100 de 1993. [Fondo de Pensionados de las Empresas Productoras de Metales Preciosos]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Las pensiones de los beneficiarios del Fondo de Pensionados de las Empresas Productoras de Metales Preciosos creado mediante la Ley 50 de 1990, y las de las Empresas de Obras Sanitarias liquidadas serán pagadas en adelante por el Instituto de Seguros Sociales, el cual también asumirá la prestación del servicio médico asistencial siempre y cuando el pensionado cotice para salud.


Datos Generales

Ago 11 d 2009 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 11 2009

Radicado

Ago 13 2009

Publicación

728/09

Nov 10 2009

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

1161/09

Ponentes

Jun 02 2010

Aprobado Primer DebateComisión VII Senado

314/10, 371/10

Sep 03 2010

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

605/10

Ponentes

Abr 13 2011

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

215/11, 241/11

Jun 07 2011

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

411/11

Ponentes

Jun 20 2011

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales