“Por el cual se tiene como base el salario devengado durante el último año para la liquidación de la pensión por vejez. [Pensiones]”
Estados del Proyecto
Radicado
10.01.2013
Publicación
10.03.2013
Concepto Institucional
02.12.2014
Publicada Ponencia Primer Debate
05.06.2014
Archivado en Debate
06.17.2014
Sinopsis
Los trabajadores que hayan cumplido con la edad y el número de semanas cotizadas, ordenadas por la ley, tendrán como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. Los trabajadores que no hayan tenido continuidad en sus cargos laborales, se tomará como base de liquidación el promedio de los tres (3) últimos años laborados. De todas formas, en uno u otro caso, la base de la liquidación de pensión que se adopte deberá aplicarse la indexación a fin de recuperar el poder adquisitivo de la pensión.
Datos Generales
Oct 01 d 2013 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Oct 01 2013 | Radicado | ||
Oct 03 2013 | Publicación | ||
Feb 12 2014 | Concepto Institucional | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | |
May 06 2014 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 17 2014 | Archivado en Debate | Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Laboral
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
oct. 1, 2013
Legislatura
Legislatura Jul 2013 - Jun 2014
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
pensiones liquidacion pensiones salario semanas de cotizacion