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“Por el cual se modifica el artículo 219 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. [Voto militares]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los miembros de la fuerza pública podrán ejercer el derecho al sufragio, pero mientras permanezcan en servicio activo, no podrán intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos. Los miembros de las Fuerzas Militares y de policía en servicio activo ejercerán el derecho a elegir en las condiciones que señale la ley estatutaria.


Datos Generales

Jul 26 d 2016 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Jul 26 2016

Radicado

Jul 29 2016

Publicación

543/16

Dic 16 2016

Archivado por Vencimiento de TérminosArt 224 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2014 2018

  • Tipo

    Proyecto Acto Legislativo

  • Tema

    Organización Electoral y elecciones

  • Tema

    Seguridad, defensa y fuerza pública

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    03/16

  • Fecha de Radicación

    jul. 26, 2016

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2016 - Jul 2017

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    543/16

  • Tags

    militares policias sufragio voto