“Por el cual se modifica el artículo 25 del Decreto 1137 de 1999.”
Estados del Proyecto
Radicado
03.21.2001
Publicación
03.27.2001
Publicada Ponencia Primer Debate
05.14.2001
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2001
Sinopsis
El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar estará integrado por:
1.Un Delegado del Presidente de la República, quien lo presidirá
2. El Ministro de Salud o su delegado
3. El Ministro de Educación o su delegado
4. El Director del DANE o su delegado
5. El Director de la Policía Nacional o su delegado
6. El Defensor del Pueblo
7. Un representante que agrupe a los gremios del económicos del país
8. Un representante de las Iglesias del país
9. Un representante de las asociaciones sindicales
10. Un representante de la Sociedad Colombiana de Pediatría
Datos Generales
Mar 21 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Mar 21 2001 | Radicado | ||
Mar 27 2001 | Publicación | ||
May 14 2001 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2001 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Bienestar y pobreza
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
mar. 21, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2000 - Jun 2001
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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