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“Por el cual se dictan reglas en materia de salario integral.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

En ningún caso el salario integral establecido en la legislación laboral podrá ser inferior al monto de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía. Las cotizaciones a la seguridad social y los aportes al Sena, ICBF y cajas de compensación fa miliar, se realizarán sobre un valor equivalente al setenta por ciento (70%) del salario integral acordado por las partes antes del factor prestacional.


Datos Generales

Sep 28 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 28 2005

Radicado

Oct 03 2005

Publicación

691/05

Jun 20 2006

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Economía

  • Tema

    Laboral

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    114/05

  • Fecha de Radicación

    sept. 28, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    691/05

  • Tags

    laboral salarios