Realizar un debate de control político “respecto de la enajenación y destinación de bienes nacionales a cargo de la Sociedad activos especiales SAE, con especial atención a los bienes rurales con vocación agropecuaria
Control Político
Datos
79 Número de Proposición | 03/11/2021 Fecha de Programación | Fecha Realizada |
− Cámara | Comisión Cuarta de Senado Comisión | Administración pública Tema Principal |
Cuestionario
Cuestionario Sociedad activos especiales SAE
Se solicita remitir información en formato Excel editable, para las siguientes preguntas:
1. Informar sobre la cantidad de bienes inmuebles que administra la SAE SAS a través del FRISCO (art. 90- ley 1708 de 2014); indicando cantidad de activos, tipos de predio (urbano, rural, casa, lote, local comercial, apartamento, casa, etc.), departamento, municipio, dirección o ubicación, área del terreno, vocación, avalúo catastral y comercial, estado legal, estado de ocupación.
2. Informar sobre los Bienes Inmuebles rurales con vocación agropecuaria que se encuentran a cargo de la SAE SAS en proceso de extinción o se les haya decretado extinción de dominio: predios por municipio, área, fecha de la actuación administrativa (extinción), dirección o ubicación, valor comercial o valor estimado para subasta o puja, determinar si se encuentra en arriendo (valor de canon), proceso de venta (valor), depositario u otra figura de administración (razón social, nit o número de identificación, nombre).
3. Responder las siguientes interrogantes: ¿Cuáles son los criterios para seleccionar un depositario?,¿Quién realiza el recaudo del canon de arrendamiento?, ¿Cuál es el porcentaje de rentabilidad para la SAE y para el depositario en cada inmueble?, ¿Qué estudios se realizan para determinar la vocación productiva de un inmueble? Y
1. ¿Cuáles son los mecanismos de control y seguimiento que se le hace al depositario?
4. De conformidad a la ley 1708 de 2014 la SAE cuenta con dos mecanismos de administración que son: deposito provisional (art. 99 de ley 1708 de 2014) y administración directa. De acuerdo con lo anterior, informar para cada uno de los casos la relación de todos los administradores o depositarios de los inmueble, indicar nombre del depositario y razón social, número de identificación, cantidad de contratos de arrendamiento vigentes, valor del canon de arrendamiento de cada inmueble, cantidad de dinero recaudado y cantidad de deudas por depositario o administrador, para las vigencia 2019, 2020, 2021 y el estado administrativo, jurídico, financiero y económico de los activos.
5. Informar sobre el estado de los bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha Contra el Crimen Organizado (FRISCO), ocupados ilegalmente y desocupados (predios rurales con vocación agropecuaria) determinando la cantidad de inmuebles ocupados ilegalmente y en situación de abandono indicando ubicación o dirección, departamento, municipio, hectáreas, avalúo catastral y comercial. Así mismo, se solicita información de ¿Cuáles son los procesos que se vienen adelantando para la normalización y legalización de la ocupación?
6. En virtud del Plan Nacional de Desarrollo, Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, se configuró una excepción frente a la obligación de transferir todos los bienes rurales a la Agencia Nacional de Tierras, el cual se incorporó en un parágrafo del artículo 91 de la Ley 1708 de 2017, y determina una nueva asignación de predios rurales a la Agencia Nacional de Reincorporación, siempre y cuando sean para desarrollo de proyectos de población en proceso de reincorporación, los cuales serán entregados directamente por la Sociedad de Activos Especiales S.A.S.
De acuerdo a lo anterior, se solicita información acerca de la cantidad de bienes inmuebles transferidos a la Agencia Nacional de Reincorporación indicando ubicación, tipo de predio, departamento, municipio, área del terreno, avalúo catastral y comercial, fecha de transferencia y fecha de recibo material de los bienes por parte de la Agencia.
7. De conformidad al Código de Extinción del dominio (Decreto 2136 de 2015, compilado por el Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 y modificado por el Decreto 1760 de 2019) la SAE puede agrupar conjuntos de bienes de todas las tipologías y adjudicarlos en bloque. En este orden de ideas, la SAE ha venido adelantando las diferentes etapas o fases del proceso de la venta masiva de 5204 activos; en relación con esta información se solicita responder las siguientes interrogantes:
7.1 ¿Cuál fue la metodología o procedimiento que se seleccionó para determinar la cantidad y el tipo de bienes que harán parte de la subasta?,
7.2 Describir la destinación del dinero recaudado de la subasta; indicar programas, proyectos e inversiones en proyectos o programas, entidades estatales.
7.3 ¿Cuáles de estos predios tienen vocación agrícola, describir por municipio número de predios, tamaño por hectáreas, uso vocacional, tipo de explotación actual?;
7.4 Indicar si estos bienes fueron ofertados en primera instancia a la ANT como lo indica el artículo 91 de la Ley 1708 de 2014 modificado por el artículo 22 de la Ley 1849 de 2017. Describir para cada uno de ellos, cual fue la voluntad expresada por la autoridad nacional de tierras.
7.5 Informar acerca de la cantidad de bienes inmuebles a subastar, dirección, tipo de predio, valor catastral, valor comercial de los mismos.
7.6 Informar sobre la cantidad de bienes a subastar ¿cuántos de éstos corresponden a enajenación temprana?, en el marco de las facultades de venta previa Ley 1849 de 2017. Determinar cuántos predios rurales de vocación agropecuaria, tamaño en hectáreas, ubicación – municipio, uso actual, valor comercial, valor catastral.
7.7 Informar acerca de la cantidad de bienes inmuebles a subastar que sean rurales con vocación agropecuaria. Indicar número total de predios, para cada uno de éstos el área en hectáreas, municipio, ubicación o dirección, valor catastral, valor comercial, tipo de uso o explotación actual, indicar si se encuentra ocupado actualmente.
7.8 La venta masiva se realiza con la colaboración del gobierno de los Estados Unidos a través de la agencia del departamento de estado INL. Teniendo presente lo anterior, se solicita información acerca de ¿Cuál es el marco regulatorio que rige el convenio SAE- EEUU?,¿Cuánto dinero donó EEUU a la SAE para realizar el proceso de la subasta? ¿Cómo se maneja el proceso de conversión de monedas diferentes al peso? Adjuntar copia de los convenios o contratos firmados.
7.9 Para la ejecución de cada una de las fases se ha contratado diversas empresas o compañías que buscan apoyar la estructuración del proceso, la auditoría de avalúos, la transparencia internacional y la formalización de la subasta. De modo que, se solicita información acerca de:
i. ¿Con cuáles empresas se contrató, indicando naturaleza jurídica, país de procedencia, valor del contrato o consultoría y tipo de contratación, estado del contrato, vigencia del contrato, estado de ejecución?,
ii. ¿Cómo y quién realizó el avalúo comercial de la totalidad de los precios a subastar? Indicar tipo de contratación, valor del contrato, informe de ejecución, nombre o razón social, número de identificación.
7.10 Dentro de la fase de alistamiento de inmuebles, se realizó la investigación y el pago de los pasivos. Por lo tanto, se solicita información acerca de ¿Cuál es la cantidad de dinero pagado para sanear las deudas de los predios – causado o por pagar?, ¿Cuál es el costo estimado de traspaso de los bienes y quién asume el pago de este valor? y ¿Cuáles son las obligaciones del interesado (comprador) y del vendedor (SAE), respecto de estos costos?