El proyecto de reforma constitucional que ha venido preparando el Ministerio del Interior y Justicia, contiene una serie de novedades, entre modificaciones, adiciones y eliminaciones a veintiséis (26) artículos de nuestra ley de leyes.
Quizás la que más llama la atención, es la contenida en el artículo primero del citado proyecto, que está relacionada con una adición, al artículo 86 de nuestra carta magna, que es nada más ni nada menos que la mentada "TUTELA".
Con el actual ordenamiento jurídico, cualquier persona natural puede presentar ante los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde ocurriere la violación, la acción de tutela. Ahora el proyecto busca que la acción de tutela contra sentencias u otras providencias judiciales deba ser interpuesta mediante abogado, en un plazo de un mes siguiente a la ejecutoria y ante el superior jerárquico. Esto conlleva más posibilidades laborales para nosotros los togados, pero más dificultades para quienes no cuentan con los recursos para contratar un abogado. Sin embargo, se busca evitar que el aparato judicial siga atiborrado de tutelas que no se ajustan al sentir del legislador, además darle un tiempo prudencial para la presentación de la acción de tutela.
De otro lado, el proyecto pretende que sea suprimido el Consejo Superior de la Judicatura, para ello contiene una nueva normatividad en la que se eliminan todas las funciones que en la actual regulación tiene esa entidad, por ejemplo, intenta que sea modificado el artículo 231 de la Constitución Política que establece, que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán nombrados por la respectiva corporación, de listas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura.
El proyecto pretende dejar la administración de la Rama Judicial a cargo del Consejo Superior Judicial, el cual estaría integrado por la Sala de Gobierno, compuesta por 7 miembros que serían los Presidentes de las dos Cortes y del Consejo de Estado, así como 3 delegados de ellos y completa los 7 un delegado, escogido por los magistrado y jueces como lo defina la ley. La Gerencia de la Rama Judicial estaría a cargo de un gerente, elegido por la Sala de Gobierno, de conformidad con la ley.
Esto tiene tanto de bueno como de malo, imagino que habrá un estudio que dispone la necesidad de suprimir la entidad ya sea por exceso de burocracia o por haber resultado innecesaria, pero lo cierto es que ahora tendrán mas funciones y serán las altas Cortes a través de sus Presidentes y sus delegados los encargados de cumplir con las atribuciones que trae la reforma que pretende sacar adelante el gobierno.
Serán varios los intereses que se destaparan con esta nueva reforma constitucional y habrá mucho debate en las dos cámaras, esperemos que sea para bien de nuestra patria, para agilidad en los procesos y sobre todo para el ahorro en el bolsillo de los colombianos.
Ángel Alirio Moreno
Director del Partido de Integración Nacional