El conflicto armado colombiano es la historia misma del país en sus últimos 50 años. Todo ha estado influenciado por tal situación: la economía, la política, las relaciones internacionales, la vida cotidiana, etc. Muchas generaciones no conocen aún qué es vivir en un país en paz. Las consecuencias del conflicto son sencillamente insondables.

 

Así pues, tenemos un país con profundas heridas, las cuales difícilmente podrán sanar. Y hay una en particular que presenta las más grandes dificultades y los más grandes retos: la reparación integral de las víctimas del conflicto. Aquellas miles de personas que han sido los verdaderos afectados por tantos años de violencia indiscriminada. Aquellas personas que individual o colectivamente han sufrido menoscabo en sus derechos fundamentales, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos dentro del desarrollo y con ocasión del conflicto armado o actos terroristas[1].

 

Por este motivo, se debe dar paso a la institución de una serie de medidas específicas, encaminadas a la reparación integral de las víctimas, así como a garantizar el sostenimiento de la seguridad, al acceder a la justicia y la verdad.

 

Si se considera que la política de seguridad y prosperidad democrática es de acuerdo nacional, pues sin lugar a dudas debe representar eso: seguridad y prosperidad para todos. El presente proyecto es consecuente con ello. Es, sin duda, el mejor intento por reparar los daños que el conflicto armado ha producido a la sociedad civil. Es más que un deber con los colombianos que el legislativo le dé paso a iniciativas efectivas hacia la reparación de las víctimas que ha dejado este prolongado conflicto. El proyecto contempla reparación integral: comprende el diseño y la implementación de medidas de restitución, indemnización, rehabilitación satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica[2].

 

Estamos frente a un proceso desconocido, de altísima complejidad. Nunca, en la historia de nuestro país se propuso un plan tan ambicioso como necesario. Es el primer paso real hacia la recomposición del tejido social, fundado en los derechos constitucionales de verdad y justicia, así como la reparación integral de las víctimas. La puesta en marcha, probablemente, demostrará la necesidad de ajustes y modificaciones. Pero éste no debe ser motivo para negar la presente iniciativa: el proyecto considera todos los aspectos posibles que implica la reparación y la restitución: ante una situación tan delicada, han sido consideradas todas las consecuencias que ha arrojado el conflicto armado, a la vez que todas las posibles situaciones que el proceso de reparación y restitución implicará. Sería injusto, pues, negar esta iniciativa de ley, ya que representa el trabajo y compromiso del Gobierno Nacional, las ramas legislativa y judicial y la sociedad civil para confeccionar un sistema completo que repare a las víctimas del conflicto y que restituya las tierras a quienes han sido despojados de ellas.

 

Considero que el presente proyecto es una política que contempla todos y cada uno de los aspectos que la reparación a las víctimas implica:Derecho a ser beneficiario de las acciones adelantadas por el Estado para proteger y garantizar el derecho a la vida en condiciones de dignidad. Derecho a solicitar y recibir atención humanitaria. Derecho a participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, atención y reparación integral. Derecho a que la política pública tenga enfoque diferencial. Derecho a la reunificación familiar. Derecho a retornar a su lugar de origen o reubicarse en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad. Derecho a la restitución de la tierra si hubiere sido despojado de ella[3].

  

El Proyecto de Ley no es el remplazo de la política estatal de protección de los Derechos Humanos o del Derecho Internacional Humanitario. Es la creación de mecanismos excepcionales para la atención y reparación de las víctimas con ocasión de las masivas violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario producto del conflicto armado y los actos terroristas. De ninguna forma debe remplazar las herramientas ordinarias con las que el Gobierno Nacional debe estar comprometido permanente y sistemáticamente.

 

 

 

Verdad, justicia y reparación, bajo el principio de igualdad (sin distinción de raza, sexo, identidad u orientación sexual, raza, la condición social, la profesión, el origen nacional o familiar, la lengua, el credo religioso, la opinión política o filosófica)[4] son el camino cierto a la reconciliación nacional. Y a pesar de que el conflicto armado colombiano no ha llegado a su fin, es hora ya de proceder con las medidas que propendan con la solución de las consecuencias propias del conflicto, que estoy seguro, serán al tiempo, parte de la solución del conflicto mismo. Si podemos llevar a cabo la reparación, restitución y no repetición, estamos garantizando una solución definitiva e integral, y una vida digna y en paz para aquellas familias que han tenido que padecer lo peor de esta prolongada guerra.

 

Así pues, el presente proyecto de ley no es nada menos que la conformación de una política estatal en procura de que miles de colombianos recuperen su vida. Es el compromiso de todas las ramas del poder público a que las más de 750.000 familias colombianas víctimas del conflicto armado y del terrorismo recuperen lo que les fue arrebatado de forma violenta. Es el reto de componer la sociedad para ver florecer una nueva generación de colombianos que viven en paz y armonía, a los cuales se les garantizan todos sus derechos como parte inalienable de su existencia, y que por tanto son tolerantes y reconocen el valor de la vida y la dignidad de todo ser humano. 



[1] Cfr. Ponencia Ley de Víctimas, Artículo 3.- Víctimas.

[2] Artículo 55.

[3] Cfr. Artículo 27.

 [4] Artículo 6.