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Bogotá, 11 de junio de 2015 (CD). El siguiente es el texto de la constancia presentada por el representante Álvaro Hernán Prada en plenaria de Cámara:

“La intención de la proposición era incorporar a este artículo tan importante del Fuero Penal Militar, no solamente el concepto del Derecho Internacional Humanitario, sino el derecho operacional. Lo dejo como constancia para no arriesgar la votación del Fuero Penal Militar, pero queremos dejarla para hacerle ver al Congreso y al país la necesidad de legislar sobre el derecho operacional.

Cuántos de nuestros honorables jueces o magistrados comprenden qué es un objetivo militar, cuál es el principio de ventaja militar, cómo han de concebir el proceso militar para la toma de decisiones, cómo se debe concebir el procedimiento de una operación táctica en medio de una operación, cómo se analiza si el objetivo es lícito de ataque, si puede utilizarse la fuerza letal o no, tener en cuenta la proporcionalidad, entender cada uno de estos procedimientos, para eso hay que tener conocimiento y voy a poner un breve ejemplo: si un fiscal llega a hacer un levantamiento en un sitio donde existieron desafortunadamente dos bajas, dos muertes lícitas en una operación lícita, pero encuentra 200 vainillas, fácilmente se le puede ocurrir decir que aquí no aplica el principio de proporcionalidad y que fue desproporcionada el uso de la fuerza porque podrían ser 20, 30 o 40 soldados y simplemente fueron dos los que resultaron muertos.

Es necesario entender cómo funciona la guerra, cómo está el soldado allá defendiendo la Patria, en medio de unas circunstancias difíciles con el miedo que puede tener cualquier ser humano de no pisar una mina anti persona, de que no salgan del monte terroristas y los terminen emboscando. En fin, hay que entender mucho más la operación militar en la zona.

Por eso quiero dejar esta constancia, porque es muy importante legislar sobre el derecho operacional y termino diciendo que muchas veces cuando se aborda el tema del Fuero Penal Militar se parte de un presupuesto equivocado, como si este fuera sinónimo de impunidad. No, el Fuero Penal Militar no es sinónimo de impunidad, ni los militares la han pedido nunca, sino que los juzguen con el conocimiento técnico adecuado.

Contrario a esto, lo que vemos es a la guerrilla terrorista de las Farc desde La Habana direccionando debates aquí, pues para nadie es un secreto que hay colectivos de abogados que asesoran terroristas y que vienen metiendo petardos al Fuero Penal Militar. Claro, la guerrilla terrorista quiere continuar utilizando todas las formas de lucha, y ganar la guerra no armada. Aquí debemos tener claro que hay que darle seguridad jurídica a nuestros héroes de la Patria, a los soldados y policías que se arriesgan todos los días por defender la constitución y nuestra soberanía”.

(FIN)