Gobierno pretente impulsar contra reforma agraria que viola la Constitución

 

El Gobierno Nacional, ha puesto en marcha el proceso de socialización del Proyecto de Ley sobre “Ordenamiento Social de la Propiedad y Territorios Rurales” o proyecto de ley Tierras,  que por vía del fast-track, pretende impulsar una contra reforma agraria por decreto presidencial, a espaldas del Congreso de la Republica y de las organizaciones campesinas.

 

Pretende el Gobierno con este Proyecto de  Ley de Tierras, dar cumplimiento al punto uno de los acuerdos de paz, sobre Reforma Rural Integral,  presentándolo como una estrategia de formalización de tierras y de acceso a los baldíos de la nación para los campesinos;  pero en lo sustancial significa una contra reforma agraria que viola la constitución, no solo porque desconoce al campesinado en todo su articulado, sino porque además, no le brinda las garantías como sujeto de especial protección, no protege su cultura, su arraigo y permanencia en los territorios y niega las formas tradicionales  de producción agrícola, como la economía campesina.

 

La intención de este proyecto, es la de favorecer la visión empresarial del campo, la subordinación del campesinado a la inversión extranjera,  convertir al campesino en mano de obra rural para la implementación y extensión  de la agroindustria. Todo ello como consecuencia de reducir a su mínima expresión la Unidad Agrícola Familiar al desarrollo de un proyecto productivo que supere escasamente 2 smlv de ingresos.

 

Contrario de garantizar el acceso progresivo a la tierra a favor del campesinado y de ampliar la Unidad Agricola Familia,r para mejorar las condiciones de pobreza, desigualdad y exclusión socioeconómica que sufre el campo colombiano, este Proyecto de ley de tierras, brinda un marco jurídico que se refuerza el modelo ZIDRES, de acumulación de baldíos de la nación, otorgando concesiones hasta por 20 años a través de contratos de uso o de superficie a favor   de grandes inversionistas, desconociendo  por completo el mandado constitucional de acceso progresivo y a favor de los trabajadores agrarios por parte del Estado.

 

Por esta y otras razones, hago un llamado para que un tema de esta trascendencia, que modifica en su integridad la ley de reforma agraria (L. 160 de 1994) tenga su lugar en el Congreso de la Republica y se construya de la mano con las organizaciones campesinas,  étnicas y conjunto de la población rural, pues la paz implica transformaciones profundas para el campo y éstas no se pueden hacer de espaldas a las comunidades rurales, que han sido las más afectadas por el conflicto armado que aún está por terminarse.

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"Iniciativa promovida por la senadora Viviane Morales pone en riesgo derechos de niños y niñas, personas solteras y parejas del mismo sexo": senador Alberto Castilla

 

 

El senador Alberto Castilla, manifestó su rechazo al referendo promovido por la senadora Viviane Morales y señaló que tal iniciativa va en contravía de la constitución colombiana y de los derechos fundamentales de la ciudadanía.



"Los derechos fundamentales son un mecanismo de protección ante los excesos de las mayorías, por eso la igualdad no debería ser objeto de referendos o plebiscitos. Creo que el referendo propuesto por la Senadora Morales pondría en riesgo derechos de niños y niñas, personas solteras y parejas del mismo sexo. Soy partidario de la participación social, por eso he respaldado las consultas populares en temas mineros, pero no es lo mismo preguntar por los derechos fundamentales de los ciudadanos a hacerlo frente a los derechos fundamentales. Las políticas públicas deben decidirse por la regla de la mayorías, pero los derechos fundamentales son una protección ante posibles excesos de esas mayorías", señaló el Senador.



Castilla también explicó su ausencia en la sesión plenaria del pasado martes 13 de diciembre. "Infortunadamente no pude estar en la sesión porque ese día me practicaron una intervención quirúrgica. La cirugía se realizó en la clínica Pragma y estoy en proceso de recuperación".



Por último, el Senador se refirió a las imágenes que han circulado en las redes sociales sobre su supuesta abstención en el debate del referendo: "Mi posición sobre el referendo es pública. El país sabe que rechazo esa iniciativa, y me duele que por un problema de salud se me hagan tales acusaciones. Aunque la Senadora Claudia López ya aclaró la situación, es evidente que se afectó mi imagen. Lamento que el debate público sobre temas tan serios no se asuma de una manera más razonada y respetuosa".



El senador Castilla se encuentra en recuperación por la cirugía realizada el pasado martes.

 

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"Plenaria del Senado niega reconocimiento del campesinado colombiano, al hundir reforma constitucional que buscaba reconocer sus derechos": Senador Alberto Castilla

 

En sesión plenaria del Senado del 12 de diciembre, el senador Roberto Gerlein presentó una proposición donde solicitó sacar del orden del día el Proyecto de Reforma constitucional que buscaba reconocer a los campesinos como sujetos de especial protección, con el fin de avanzar hacia la justicia social para el campo y sus habitantes. La plenaria aprobó la proposición con 28 votos a favor frente a 25 en contra.



De haber sido aprobada la reforma constitucional, el campesinado colombiano pasaría a ser un sujeto de especial protección. Así el Estado colombiano debería promover políticas para proteger la cultura y la economía campesina. El proyecto también buscaba que se reconociera el derecho a la tierra individual y colectiva. Así las familias y las comunidades campesinas tendrían la posibilidad de ser titulares del derecho a la tierra, y el territorio, y que el Estado reconociera el trabajo que las comunidades campesinas han desarrollado para defender la producción agropecuaria, el agua, los bosques y otros bienes comunes.



El proyecto también reconocía el derecho a las semillas, garantizando que los campesinos no vieran restringido su derecho a guardar, intercambiar o mejorar las semillas nativas.



"En momentos que el país camina hacia la solución política del conflicto armado y donde crece la movilización social por la defensa social del territorio, dicho proyecto tenía una inmensa importancia. El Senado de la República, al permitir el hundimiento de tan importante iniciativa, envía un pésimo mensaje al campesinado colombiano que históricamente ha sido condenado al abandono por parte del Estado", afirmó el senador campesino Alberto Castilla, autor de la frustrada iniciativa.

 

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Por el reconocimiento de los derechos del campesinado colombiano

 

Comisión Primera de Senado, en sesión del 1 de noviembre, votará el Proyecto de Acto Legislativo qué busca reconocer los derechos del campesinado.

El Proyecto de Acto Legislativo No 006 de 2016, de autoría del senador Alberto Castilla, del PDA, busca reconocer al Campesinado como sujeto de derechos, y reconocer el derecho a la tierra y a la territorialidad campesina. El proyecto pretende adecuar la Constitución Política a las realidades sociales y a las exigencias del campesinado colombiano en nuestros días. También busca convertirse en una herramienta efectiva para garantizar los derechos de los campesinos y campesinas, reformando el artículo 64 de la Constitución.



Con la reforma constitucional el campesinado colombiano pasaría a ser un sujeto de especial protección. Así el Estado colombiano deberá promover políticas para proteger la cultura y la economía campesina, y que garanticen los derechos de las campesinas y los campesinos adaptándose a las realidades propias de la vida rural. El proyecto también reconoce el rol de las mujeres campesinas, garantizando la equidad entre hombres y mujeres en la distribución de los recursos productivos en el campo.



El proyecto también pretende que se reconozca el derecho a la tierra individual y colectiva. Así las familias y las comunidades campesinas tendrán la posibilidad de ser titulares de derecho a la tierra, y que el Estado progresivamente garantice que el campesinado acceda a la tierra y el territorio. Por lo anterior, el proyecto reconoce el trabajo que las comunidades campesinas han desarrollado en diversas regiones del país para defender la producción agropecuaria, el agua, los bosques y otros bienes comunes. El proyecto también reconoce el derecho a las semillas, garantizando que los campesinos no vean restringido su derecho a guardar, intercambiar o mejorar las semillas nativas.

 

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Más de 10 mil campesinos de ANUC-Cauca se movilizan por el reconocimiento del campesinado

El campesinado colombiano se ha visto excluido históricamente de la vida política, social y económica de Colombia

Bogotá, 20 de septiembre de 2016  En los últimos años, en especial desde el gran Paro agrario de 2013, el movimiento campesino ha vuelto a ocupar las carreteras, las veredas y las ciudades de nuestro país exigiendo mejores condiciones de vida, una política pública que apoye a la economía campesina, la revisión de las políticas del libre comercio que han quebrado al agro nacional y una auténtica reforma agraria democrática que asegure tierra y territorialidad para campesinos y campesinas. En esas movilizaciones la reivindicación que ha tomado mayor fuerza es la exigencia del Reconocimiento político del campesinado como un sujeto de derechos, es decir, que la sociedad colombiana reconozca al campesinado como un sujeto de especial protección en nuestro ordenamiento jurídico.

Esa exigencia cobra mayor pertinencia hoy, cuando más de 10 mil integrantes de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) del Departamento del Cauca, provenientes de 23 municipios de ese departamento, llegaron a Popayán para exigirle al Estado colombiano, que sean reconocidos como sujetos de derecho, para exigir garantías en la tenencia de tierras y para señalar el incumplimiento de acuerdos por parte del gobierno Nacional. En el departamento del Cauca alrededor de 25 mil familias se encuentran asociadas en la ANUC, así que cerca de 100 mil personas hoy se encuentran representadas por tan importante movilización.

El campesinado colombiano se ha visto excluido históricamente de la vida política, social y económica de Colombia, a pesar de ser quien alimenta la nación, quien defiende el ambiente y recrea la cultura nacional. Las movilizaciones campesinas de 2013 y 2014 son la reciente expresión de un malestar que los campesinos y campesinas vienen manifestando durante años. La minga de junio del presente año, y la movilización de la ANUC-Cauca, muestran la fuerza de un campesinado que exige su reconocimiento.    

 

Toda mi solidaridad y apoyo a las exigencias de la ANUC-Cauca. Como Senador campesino me pongo a su entera disposición.  

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Las Zidres impiden la construcción de la paz en Colombia

 

“La Ley de las Zidres  transformará de manera radical el campo colombiano y las condiciones de vida de sus pobladores”. Senador Alberto Castilla

 

El debate que ocupó la atención de la Corte Constitucional, el pasado 15 de septiembre, es uno de los más trascendentales para el país. La Ley 1776 de 2016 transformará de manera radical el campo colombiano y las condiciones de vida de sus pobladores. Esta Ley propone un modelo de desarrollo que, tal como lo anunció el Superintendente de Notariado y Registro en el seno del Segundo Congreso Agroindustrial de la ANDI, será implementado en todos los departamentos del país[1]. Ello tiene asidero en el artículo 2 de la Ley, el cual indica expresamente que las ZIDRES son el nuevo modelo de desarrollo económico para el campo, pero no tiene asidero en la argumentación que el gobierno y los ponentes del proyecto en el Congreso presentaron durante todo el trámite legislativo, en el que aseguraron que esta ley solo sería para regiones con características excepcionales como la Altillanura, en las cuales la única actividad agraria viable sería la agroindustrial a gran escala. 

Conscientes de los graves impactos que la implementación de este nuevo modelo agrario tendrá en la vida de comunidades campesinas, indígenas y afrocolombianas a lo largo y ancho del territorio nacional, así como en la vigencia de sus derechos y de principios constitucionales, un grupo de Congresistas que nos opusimos a la Ley en su trámite legislativo, la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular y un grupo de organizaciones defensoras de derechos humanos, unimos esfuerzos para demostrarle a la honorable Corte que esta Ley es regresiva en materia de derechos y que será un obstáculo para cumplir los postulados sociales de la Carta política.

En esta oportunidad quiero centrar mi intervención aludiendo a esos postulados constitucionales que deben orientar a todas las ramas del poder público al momento de proponer, diseñar, aprobar y ejecutar un determinado modelo económico. Como lo señalamos en la demanda, y como queremos profundizar en este espacio, la Corte no solo enfrenta –a nuestro juicio– el estudio de unas normas legales y su contradicción con la Constitución, sino el estudio de un modelo económico y de los límites que la Constitución le impone al legislador al momento de diseñarlo, a pesar de decirse que tenemos una Constitución que es neutra en materia económica. Si bien la Corte ha sido enfática en señalar la amplia libertad de configuración que el legislador tiene en esta materia, no es menos cierto que este argumento no puede ser tomado como excusa para

 

[1] Diario La República, “Habrá Zidres en todos los departamentos”, 5 de septiembre de 2016, disponible en:  http://www.larepublica.co/habr%C3%A1-zidres-en-todos-los-departamentos_417431

 

esta materia, no es menos cierto que este argumento no puede ser tomado como excusa para implementar cualquier modelo de desarrollo bajo la idea de que se trata de un modelo económico que se presenta como científico e infalible, sobre el que el ejecutivo tiene absoluta prerrogativa sin contar con la participación activa del pueblo.

Si bien el gobierno nacional tiene legitimidad popular para plantear las propuestas de modelo por las cuales la ciudadanía lo eligió, y que para alcanzar el desarrollo económico del país el gobierno puede plantear diversas estrategias, ninguna de estas acciones puede ir en contravía de principios constitucionales y de derechos fundamentales ni de los fines que debe perseguir la intervención del Estado en la economía, los cuales son bastante expresos en la Constitución y están dirigidos a garantizar el bienestar humano y la justicia social.

Uno de los mayores problemas que enfrentan los Estados contemporáneos está relacionado, precisamente, con los impactos negativos que los modelos de desarrollo basados en la idea de progreso económico han tenido en los territorios y en las vidas de millones de personas, sin que jurídicamente parezca haber un límite o una salida al enfrentamiento que existe entre gobiernos y ciudadanos que no solo no se consideran beneficiados por el desarrollo sino que se reivindican como víctimas del mismo. Si bien la discusión del modelo económico que queremos construir como país debe darse principalmente en la arena política, ello no obsta para que el derecho entre a operar como límite a políticas que pueden afectar de manera profunda e irreversible derechos fundamentales, así como guía y parámetro que el ejecutivo y el legislativo debemos tomar al momento de adoptar medidas de la envergadura que tienen las Zidres.

A nuestro juicio, esta problemática tiene alcance constitucional, pues la disputa que se vive en territorios afectados por la implementación de proyectos económicos de alto impacto, como ocurrirá con la agroindustria que promueven las Zidres, tiene que ver con la afectación concreta que dichos proyectos causan en derechos fundamentales así como con la afectación que dichos proyectos causan al principio democrático que exige que el pueblo tenga una activa participación en decisiones trascendentales, máxime cuando se trate de decisiones que afecten nuestros lugares y proyectos de vida.

Que el modelo de las Zidres sea de gran envergadura lo indican no solo sus disposiciones, las cuales dejan ver el alcance que tendrá, sino el hecho de que el artículo primero lo califique como de “utilidad pública e interés social”. Para el gobierno que presentó el proyecto y para los congresistas que lo tramitaron, las Zidres son de interés general, y en consecuencia el modelo de agroindustria recibe una priorización sobre el modelo de economía campesina que produce los alimentos que hoy consumimos y que no recibe tal calificación. Si se hace una revisión juiciosa del trámite legislativo de la Ley 1776 de 2016, se puede verificar que no se justificó por qué las Zidres son de utilidad pública, qué consecuencias tiene dicha declaración y menos aún cuál es el interés general que promueven las Zidres. La idea de que el modelo de agroindustria puede generar un bienestar común es defendida por algunos sectores que entienden que dicho modelo reporta ganancias económicas para todos aquellos involucrados en la actividad y para los municipios en donde se desarrolle este tipo de industria.

Sin embargo, es indefendible cuando se verifica que activos valiosos y públicos como los bienes baldíos quedarán en manos de agentes privados, que la contraprestación que recibirá el Estado a cambio de semejante transacción es aún incierta y ni siquiera fue establecida en el Decreto reglamentario que el gobierno ya expidió, que los agentes privados decidirán el tipo de cultivos que se emprenderán en amplias porciones de tierra del territorio nacional, tomando control sobre el derecho a la alimentación de todos y todas los colombianos, y que los recursos públicos de apoyo a la producción agraria se destinarán a apoyar agentes que ya tienen capital en lugar de apoyar a campesinos que no lo tienen y que lo han reclamado históricamente.

Siendo así, desaparece el posible vínculo que podría ligar la utilidad pública e interés social de la agroindustria con el interés general y con la satisfacción de necesidades sociales y de derechos fundamentales. Más aún, el vínculo es muy difícil de establecer si también tenemos en cuenta los impactos que la agroindustria tiene en derechos fundamentales. Distintos mecanismos de Naciones Unidas, entre ellos el Relator para el Derecho a la Alimentación, han señalado cómo el creciente interés que el sector empresarial ha manifestado en el sector de alimentos puede agravar la situación de campesinos y campesinas, pues dicha situación lleva inevitablemente a una competencia por recursos productivos como la tierra, el agua y las semillas entre dos actores con distinto poder. El Relator ha resaltado cómo un énfasis excesivo en la agricultura orientada a la exportación puede tener consecuencias perversas, por lo que ha señalado que “el desarrollo de mercados locales en pequeña escala parece el medio más promisorio para la realización del derecho a la alimentación en muchos países en desarrollo en que la pobreza rural es generalizada”.

También ha alertado sobre la manera como los cultivos comerciales para la exportación, el monocultivo y formas de producción que dependen en gran medida de fertilizantes y plaguicidas químicos, tienen con frecuencia repercusiones negativas sobre la salud humana y sobre los suelos y el ambiente. Incluso ha alertado sobre los impactos de un modelo agrario basado en la agricultura por contrato, la misma que impulsa las ZIDRES, y que según el Relator puede conducir “a una pérdida de control sobre la producción, incluidos los cultivos que se han de producir y la forma de producirlos”, concluyendo que “la agricultura por contrato puede hacer que los agricultores pasen a ser esencialmente asalariados agrícolas en su propia tierra”. También se ha referido específicamente a los contratos desiguales derivados de la asimetría de poder que se generan en este tipo de producción agrícola, y ha dicho expresamente que “la posición de los agricultores para negociar suele ser débil antes de que firmen los contratos. Es característico que tengan menos información y capacidad de negociación que sus asociados empresariales y un grado menor de conocimientos jurídicos”. También hizo referencia a las adquisiciones y arrendamientos de tierras en gran escala que han ido en aumento a raíz de la crisis mundial del precio de los alimentos de 2008 plantea importantes problemas de derechos humanos, y manifiesta que un motivo de particular preocupación es la manera como dichas inversiones pueden afectar los derechos sobre la tierra de personas que dependen de ella para su sustento.

Por ello, si bien la agroindustria es una actividad que tiene respaldo constitucional, como otras actividades industriales, ello no conduce a que sea una actividad de interés general, y menos aún a que deba ser el modelo agrario priorizado por el Estado. Dados los graves impactos que puede tener en la vida y el ambiente, alertados incluso por mecanismos internacionales de derechos humanos, la agroindustria no solo no debe ser una actividad impulsada de manera generalizada en todo el territorio nacional como política pública, sino que en los lugares en los que se implemente de manera puntual debe ser objeto de estrictos límites y controles.

Quiero cerrar esta intervención resaltando un aspecto que nos preocupa a quienes defendemos la búsqueda de la solución política del conflicto y la construcción de paz en nuestro país. Existe una  contradicción política y normativa entre el modelo de las Zidres y el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y Construir una Paz Estable y Duradera, firmado por el gobierno nacional y las FARC. A pesar de que el juicio de constitucionalidad al que se aboca la Corte es eminentemente jurídico y abstracto, no es menos cierto que el contexto político en el que se adoptan las normas es determinante a la hora de verificar las tensiones que las leyes aprobadas por el Congreso e impulsadas por el ejecutivo enfrentarán al momento de su aplicación. Colombia se aproxima a un escenario político y jurídico que ofrece oportunidades inigualables para enmendar años de injusticias en contra de los habitantes del campo, pero a la vez enfrenta el gran reto de ajustar sus políticas, instituciones, normatividad y prácticas institucionales y sociales a dichos acuerdos, los cuales representan una base mínima a alcanzar en materia de justicia social.

Como es de público conocimiento, el primer punto del Acuerdo Final tiene como destinatario específico el campo colombiano, para el cual se propone una Reforma Rural Integral. Dicha reforma parte de postulados como la necesidad de desconcentrar la tierra, la importancia de promover la economía campesina, el enfoque territorial que deben tener las políticas agrarias y la necesaria participación de las comunidades campesinas en su formulación. Todos ellos son presupuestos básicos que la Ley 1776 niega pues dicho modelo va en la dirección exactamente opuesta. Lo más preocupante es que los esfuerzos de distribución gratuita de 3 millones de hectáreas y de formalización de otras 7 millones de hectáreas que el gobierno debe emprender si quiere cumplir con el Acuerdo Final en materia agraria, se verán anulados cuando se aplique la Ley 1776, pues esas mismas tierras podrán ser destinadas, por mandato de esta ley, a integrar una Zona de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social. No olvidemos que una de las fuentes del Fondo de Tierras que se ordena crear es la recuperación de baldíos indebidamente apropiados, y que la política de formalización supondrá la adjudicación de baldíos, todos los cuales pueden ser entregados en “aporte” a las Zidres, perdiéndose así una oportunidad de ir saldando cuentas con el campesinado.  Si esto se concreta, señores Magistrados y Magistradas, estaríamos ante un incumplimiento anticipado del Acuerdo Final en materia agraria.

Estas contradicciones entre la Ley 1776 de 2016 y el Acuerdo Final son preocupantes de cara al momento político que vive el país, pero para el caso que nos ocupa son además inquietantes de cara a los desarrollos normativos que, con Acuerdo o sin Acuerdo, el Estado colombiano está en mora de ejecutar en materia agraria y campesina. Y aún si este Acuerdo no hubiera sido firmado o si no es refrendado, el Estado colombiano está en mora de legislar a favor del campesinado.

Por las anteriores razones, esperamos que la Corte Constitucional tenga en cuenta los argumentos de quienes demandamos la Ley 1776 y el clamor del movimiento campesino, indígena y afro que en diversas movilizaciones y declaraciones ha mostrado la inconveniencia de la norma demandada para la búsqueda de la paz y la justicia social.      

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Presentación del Proyecto de Acto Legislativo: reconocimiento del campesinado

El senador radicará el proyecto de reconocimiento político del campesino el lunes 5 de abril.

 

El abc del Proyecto de Acto Legislativo No ___ de 2016

“Por medio del cual se reconoce al Campesinado como sujeto de derechos, se reconoce el derecho a la tierra y a la territorialidad campesina y se adoptan disposiciones sobre la consulta popular”

 

1) ¿Cuáles son las pretensiones del proyecto de Acto Legislativo?

El proyecto pretende adecuar la Constitución Política a las realidades sociales y a las exigencias del campesinado colombiano en nuestros días, también busca convertirse en una herramienta efectiva para garantizar los derechos de los campesinos y campesinas. Lo anterior se hará mediante la reforma del artículo 64 de la Constitución.

 

2) ¿Cuáles son los elementos que le dan sustento al proyecto de Acto Legislativo?

 

Los elementos constitutivos de la reforma son los siguientes:

 

- Reconoce al campesinado como sujeto de especial protección, al reemplazar el concepto de “trabajador agrario” por los conceptos de “campesino” y “campesina”.

- Pasa de reconocer el acceso a la tierra a reconocer el derecho a la tierra individual y colectiva.

- Reconoce la construcción social del territorio por parte de las comunidades campesinas.

- Reconoce el derecho a las semillas.

- Reconoce a las mujeres campesinas y garantiza la equidad de género en la distribución de los recursos productivos en el campo. 

- Establece la obligatoriedad del mecanismo de participación de consulta popular en caso de que haya afectación de tierras y territorios campesinos.

- Ordena adaptar los derechos sociales reconocidos universalmente a las necesidades particulares del campesinado y de la vida en el campo.

 

3) ¿Qué ideas principales sustentan la reforma constitucional que se pretende establecer?

Los principios que sustentan el proyecto de Acto Legislativo hacen referencia a: i) El campesinado debe verse cobijado en la figura de sujeto de especial protección; ii) la garantía del derecho a la tierra y al territorio, desde un enfoque que garantice la equidad de género; iii) el derecho a la autodeterminación del sujeto campesino; iv) el derecho a la participación política directa por parte del campesinado en la toma de decisiones que les afecten y v) la garantía en la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales –DESC- del campesinado.

 

4) ¿Cuáles son los cambios estructurales que propone el proyecto de Acto Legislativo?

El proyecto parte de una realidad insoslayable que tiene que ver con la deficiente protección jurídica del campesinado en la Constitución Política de 1991. El enfoque actual, establecido en la Carta Política, reconoce al campesino y campesina como sujetos en función de su vocación productiva y como sector productivo antes que como grupo social con identidad y prácticas propias. En este sentido, la reforma constitucional pretende reconocer explícitamente al campesinado como sujeto de especial protección constitucional, reconociendo a su vez, el particular relacionamiento que tienen con la tierra y el territorio a través de la producción de alimentos conforme a la economía campesina y la protección del ambiente. Se denota entonces la intención de la reforma constitucional de cambiar el enfoque en la protección del campesinado, reconociéndose su vocación de grupo social con identidad y prácticas propias.

 

5) ¿Cuáles son las justificaciones que dan sustento a la actual reforma constitucional?

 

La reforma constitucional se justifica en razón de la compleja realidad social que padecen nuestros campesinos y campesinas. Las cifras son reveladoras: 1) según el Dane los porcentajes de pobreza en el sector rural alcanzan la escandalosa cifra del 41,4%, siendo casi tres veces mayor que en las ciudades principales, mientras las cifras sobre pobreza monetaria extrema arriban al 19,1%. Esta situación de extrema vulnerabilidad social golpea con mayor fuerza a las mujeres campesinas, quienes según el PNUD viven en condiciones sociales críticas.

 

2) Los niveles de concentración de la tierra siguen siendo dramáticos y no ha cesado de crecer como la misma Corte Constitucional ha reconocido (sentencia, C-644 de 2012). Para 2014 el 4% del área correspondía a predios entre 3 y 10 hectáreas, mientras que la propiedad de más de 200 hectáreas correspondía al 72% del área rural. El coeficiente Gini de propietarios refuerza esta alarmante realidad al reconocer que entre el año 2000 a 2010 creció de 0,86 a 0,88 siendo uno de los países con mayor índice de desigualdad;

 

3) La importación de alimentos ha alcanzado una cifra muy elevada si se tiene en cuenta nuestra vocación agraria. Para 2013 se importaron un total de 9’610.167 toneladas de alimentos, correspondientes a 7.240 millones de dólares, esto como consecuencia de que en Colombia solo se dedique a las actividades agrícolas y silvoagrícolas un total de 4,9 millones de hectáreas, pese a que cerca de 21, 5 millones de hectáreas tendrían aptitud agrícola. Lo anterior pone en seria duda la posibilidad de que el país garantice su seguridad y soberanía alimentaria.

 

4) Son ampliamente conocidos por la opinión pública los procesos de despojo violento y desplazamiento forzado a los que se han visto sometidos los campesinos y campesinas. Según la ONG internacional Human Rights Watch, se estima que 6 millones de hectáreas fueron abandonas por el conflicto armado, estando aún gran parte en manos de los usurpadores. Esta difícil realidad social que afronta el campesinado debe ser subsanada desde el poder legislativo, razón por la cual se presenta esta reforma constitucional.

 

6) ¿Cuál es el objetivo de la presente reforma constitucional?

 

Según el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, para superar el estado de crisis estructural que padece el sector rural, los Estados deberían adoptar al menos tres medidas: 1) Aplicar de manera más adecuada las normas vigentes; 2) llenar las lagunas existentes en el derecho; y 3) elaborar un instrumento jurídico sobre los derechos de las personas que trabajan en las zonas rurales. En este sentido, el objetivo de la actual reforma radica en atacar la discriminación y vulnerabilidad del campesinado colombiano a través de la consagración de estas tres medidas en un instrumento jurídico interno. Para ello, la reforma que se pretende, reforzará los supuestos del Estado social de derecho, al tiempo que colmará lagunas existentes en el reconocimiento de nuevas realidades y nuevos derechos. Al proponerse un articulado que será el fundamento de nueva normatividad, se amplían las posibilidades para el reconocimiento de los campesinos y campesinas y la protección de sus derechos.        

 

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H.S. Alberto Castilla Salazar

Unidad de Trabajo Legislativo

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Concejo Municipal da el sí a consulta popular minera en Ibagué

Comunicado del senador Alberto Castilla.

Bogotá D.C., marzo 1 de 2016. Con una apretada votación de 10 votos a favor y 9 en contra, el concejo de Ibagué, aprobó la convocatoria de consulta popular sobre minería, presentada por el alcalde de la capital del Tolima, Guillermo Alfonso Jaramillo.

La decisión adoptada es de enorme trascendencia para el departamento del Tolima, para el paìs  y para la democracia colombiana. A pesar de la deslegitimación que hizo el gobierno a este proceso constitucional y de las piedras que trató de atravesar en el camino para impedir que se aprobara este mecanismo democrático, Ibagué será la primer ciudad capital que realice una consulta popular en temas territoriales, afirmó el senador Castilla. 

La determinación de convocar al pueblo a que tome parte en los asuntos que le afectan mediante una consulta popular demuestra  que el principio democrático de la Constitución no se queda en el papel, sino que verdaderamente irradia las actuaciones de corporaciones que, como los concejos municipales, tienen la máxima cercanía con la ciudadanía. Agregó el legislador.

Teniendo en cuenta el limbo juridico en que se encontraban los  concejales de Ibagué, respecto a su competencia para promover este mecanismo de participación ciudadana, el  senador Castilla envío una comunicación a cada uno de lo miembros de esta corporación, donde expuso tres razones juridicas que respaldan la decision de los concejos municipales de convocar a consultas populares en temas mineros: los entes territoriales tienen facultades sobre el subsuelo en virtud de que también hacen parte del Estado; los usos del suelo son imposibles de separar de la explotación del subsuelo y los entes territoriales tienen competencia sobre ambos usos.

Luego que los concejales  superaran  las dudas juridicas y apoyaran  la convocatoria a la consulta popular, el  turno democrático le  corresponde a los ibaguereños, quienes deben entrar a  decidir si permiten o no  el adelantamiento de actividades mineras, que tienen un alto impacto en el ambiente y en la vida social y económica de los habitantes del municipio. Esta decisión la tomarán a traves del mecanismo de consulta popular, contestando a la pregunta: ¿Está usted de acuerdo, sí o no, con que en el municipio de Ibagué  se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, perdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio?.

El senador Castilla reafirmó su compromiso con la defensa del territorio y la economía campesina, y manifestó su voluntad de apoyar todas las expresiones democráticas comprometidas con la defensa del ambiente y la vida digna de los pueblos.  

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Jornada Nacional por el cierre de la cárcel de Valledupar “La Tramacua”

Comunicado del senador Alberto Castilla.

A  partir de las 10:00 am, diferentes organizaciones sociales y comunidad en general,  se darán cita en el Palacio de Justicia, para exigirle al Gobierno Nacional y a la Corte Constitucional que se dé cumplimiento a la sentencia T-282 de 2014[1], donde se advierte sobre la imposibilidad de mantener en funcionamiento la cárcel “La Tramacua” de Valledupar. La Corte consideró inevitable  poner fin a la sistemática violación de los derechos humanos que se viven diariamente en este centro penitenciario.

La Corte le dio al Gobierno Nacional un plazo perentorio de 12 meses para superar las “masivas y constantes violaciones de los derechos fundamentales de las personas que se encuentran allí recluidas, no sólo por la  insuficiencia de de agua para suplir sus necesidades básicas, sino además, por los malos tratos a los que son sometidas, así como por la deficiente prestación del servicio de salud y de alimentación”.

En varias oportunidades el senador Alberto Castilla, ha denunciado  la aterradora situación de la cárcel de Valledupar “La Tramacua”, donde los reclusos tienen acceso al agua por menos de 15 minutos al día,  se han encontrado residuos de materia fecal en los alimentos para los internos y se presentan constantes abusos contra la población privada de la libertad.  

El Senador Castilla, hace unos meses realizó en la Comisión Séptima del Senado, un debate de control político sobre la grave situación carcelaria crisis carcelaria, donde exigió  el cierre inmediato y definitivo de la cárcel de Valledupar, al constatar que continúan los maltratos, la carencia de agua y la grave crisis de salud en ese centro de reclusión. Al cumplirse el plazo estipulado por la Corte Constitucional y al no garantizar este centro penitenciario una estadía en condiciones dignas para las personas allí recluidas, hay razones suficientes para que dicho centro sea cerrado. “En “La Tramacúa” se han  institucionalizado los tratos crueles, humillantes y degradantes que riñen con los lineamientos básicos de dignidad que contempla nuestra Constitución, por eso debe cerrarse a la mayor brevedad”. Afirmó el congresista.

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Es urgente retomar el rumbo institucional perdido en la Defensoría del Pueblo

Los recientes hechos que propiciaron la renuncia de Jorge Armando Otálora a su cargo como Defensor del Pueblo nos recuerdan la época en la que dicha entidad gozaba del respeto de la ciudadanía. Esta entidad, inexistente antes de la Constitución de 1991, vino a llenar un vacío en la institucionalidad colombiana, convirtiéndose en una aliada de grupos sociales vulnerables, de víctimas de todo tipo de violaciones de derechos y de comunidades en resistencia. 

Las denuncias de varios trabajadores y  trabajadoras de la Defensoría del Pueblo, que señalan que el Defensor era el primero en vulnerar sus derechos, dan cuenta del rumbo perdido de esa entidad. La crisis que hoy se vive en este organismo se puso en evidencia con el acoso laboral y sexual al que han sido sometidos varios de sus trabajadores y trabajadoras, según las denuncias que desde hace varios meses vienen poniendo de presente distintas personas de la entidad y periodistas respaldados con juiciosas investigaciones.

Dicha crisis también es palpable en el día a día de comunidades, que en el encuentro con algunos funcionarios de la Defensoría, señalan que esta entidad ya no está del lado de sus derechos. También se evidencia que los funcionarios que buscan cumplir sus labores a cabalidad, en muchos casos se ven limitados por inadecuadas orientaciones de las directivas.

Otálora no fue un mal Defensor solamente por violar los derechos de sus trabajadores y trabajadoras, también lo fue porque nunca estuvo a la altura de la institución que representa. En materia de restitución de tierras, ambiente y territorio, derechos de las mujeres, derechos del campesinado, pueblos afrocolombianos, derechos laborales y sindicales, la defensoría ha brillado por su ausencia e inoperancia en los últimos años. Lastimosamente, las elecciones de los funcionarios del Ministerio Público han reflejado el doble interés de frenar la valiente labor que caracterizaba a la Defensoría y de pagar favores políticos, lo que ha traído como consecuencia la pérdida de carácter de la

 

 

institución.  

Es por ello urgente que la Defensoría del Pueblo retome el rumbo perdido. Para ello será indispensable contar con el apoyo de otros tantos funcionarios de la Defensoría del Pueblo que, a pesar de los cambios que ha venido sufriendo esta institución en los últimos años, y a pesar de ser representados por personas ajenas a la defensa de los derechos humanos, han seguido comprometidos con su labor y han desarrollado su trabajo en difíciles condiciones internas y externas. La oficina Delegada para Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, cuyo delegado renunció el día de ayer, es un ejemplo de la valiosa labor de algunos funcionarios. Ocurre lo mismo con tantos otros trabajadores de la institución que a nivel regional y local acompañan a comunidades, presentan análisis sobre la situación de derechos humanos, alertan sobre sus violaciones y ejercen una digna defensa de derechos de quienes más lo necesitan.
Para retomar el rumbo perdido también será necesario adoptar cambios estructurales, que solo serán posibles si el cargo del Defensor es ocupado por personas idóneas, verdaderos defensores o defensoras de derechos humanos comprometidos con el pueblo que deben representar y no con partidos políticos ni con intereses privados. Una terna con protagonismo de mujeres defensoras de derechos humanos podría ser un buen comienzo. Si se trata de mujeres comprometidas con los intereses del pueblo y con la defensa de derechos, la lista abunda. Y si se trata de que la Defensoría vuelva a ser para el pueblo, ternar mujeres de dichas características para el cargo de Defensora podría enviar un doble mensaje: que la Defensoría de nuevo va a proteger derechos y no a violarlos, y que la discriminación histórica que han sufrido las mujeres por cuenta de la perpetuación de patrones sociales propios de la sociedad patriarcal en la que vivimos, empiezan a ser cuestionados y desmontados. La Defensoría debe entonces ser para el pueblo, y hay muchas mujeres dignas representantes de sus intereses que le devolverían la dignidad al cargo.  

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La Venta de ISAGEN es ilegal, inconveniente y contraria a los deseos del pueblo colombiano

 El Senador Alberto Castilla rechazó enfáticamente la venta de Isagén, la segunda generadora eléctrica más importante del país. “Vender Isagén es una muestra del perfil del Gobierno Santos, que quiere regalarle a una empresa canadiense cuestionada por grave caso de soborno en Brasil una fuente de recursos públicos para todos los colombianos”, señaló el congresista y líder campesino del Catatumbo, afirmando que Isagén es una empresa rentable que genera recursos para todos los colombianos y que su venta desviará esos recursos para la acumulación privada.
 
El Senador cuestionó que la generadora de energía sea vendida mediante subasta aunque solo haya un proponente: la empresa canadiense Brookfield. “El Consejo de Estado ha dejado claro que las subastas no pueden realizarse sin pluralidad de oferentes, pero el Ministro Cárdenas y el Presidente Santos están tan empeñados en regalar la empresa que no les importa la jurisprudencia; a mi juicio la ley no permite hacer lo que pretende el gobierno”, agregó Castilla.   
 
El congresista llamó la atención sobre el control del abastecimiento de energía: “La venta de Isagén con lleva que el Estado colombiano tenga menor control sobre el abastecimiento de energía; esa situación en plena crisis energética global es un dispárate”. 
 
El Senador Castilla hizo un llamado a profundizar la movilización ciudadana en rechazo a la venta de ISAGÉN y contra la oleada privatizadora que hoy vive Colombia.
 

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“Trato a los reclusos en cárceles es inhumano y contrario a la constitución colombiana”

Así lo afirmó el Senador Alberto Castilla en debate de control político sobre la grave situación carcelaria, que se realizó en la Comisión Séptima del Senado.

 En la sentencia T-153 del 98, la Corte Constitucional afirmó que la situación carcelaria reflejaba un estado de cosas inconstitucional, ya que en las prisiones de Colombia se violan de manera sistemática los derechos de las personas privadas de la libertad. Hoy, 15 años después, la vulneración de los derechos de las personas privadas de la libertad continúa y tiende a empeorar,  las circunstancias en las que las personas deben pagar su pena son inhumanas y degradantes. De ahí que en el año 2013, en la sentencia T-388, la Corte declaró un nuevo estado de cosas inconstitucional, para mostrar la persistencia de la vulneración de derechos de los reclusos.  

 Las cárceles colombianas se caracterizan por negarle a los reclusos el derecho a la salud, al agua y a alimentación adecuada, derechos que no pueden ser suspendidos por el hecho de estar privados de la libertad. El Senador Castilla hizo especial énfasis en el hacinamiento carcelario, que en la actualidad llega al 53%. En cárceles como la de Riohacha el hacinamiento llega al 478%, en Santa Marta al 403%, y en la cárcel distrital de Valledupar al 387%. Las cifras hablan por sí solas, los reclusos son sometidos a  permanentes violaciones de derechos humanos y se les niegan condiciones que les permitan una vida digna. Valga anotar que según los estándares internacionales, un hacinamiento de 20% refleja un estado de “sobrepoblación crítica”.   

Luego que el Senador Castilla, con cifras y testimonios evidenciará la grave situación carcelaria, hizo varias exigencias al Gobierno Nacional. El congresista demanda al gobierno a cumplir sin mas dilaciones la estipulado por la Corte Constitucional en la T-388 de 2013; eliminar la intermediación en salud en el sistema penitenciario para la atención intramural en los niveles I y II; adelantar un programa de promoción y prevención en salud para el conjunto del sistema penitenciario; liberación inmediata de los presos políticos por razones humanitarias y de los presos sociales que se encuentran en estado grave de salud; diseñar  y poner en marcha un plan de choque que permita solucionar graves problemas de infraestructura, saneamiento básico, alimentación, agua y servicios públicos.

 El Congresista solicitó el cierre inmediato de la cárcel “La Tramacúa” de Valledupar, ante los graves problemas de suministro de agua, contaminación de alimentos, y malas condiciones de infraestructura que vulneran el derecho a la salud de la población privada de la libertad en ese centro carcelario.  

 El Senador también hizo énfasis en exigirle al Ministerio de justicia y al INPEC que le permitan a las organizaciones defensoras de derechos humanos el ingreso periódico a las cárceles del país para monitorear la difícil situación carcelaria, y visibilizar así la situación de los centros de reclusión.

 Luego de escuchar a los miembros del Gobierno Nacional, todo indica que la grave situación carcelaria no va a solucionarse en el corto plazo, y que las medidas a tomar por el gobierno serán insuficientes para la magnitud del problema.

 

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Organizaciones de mujeres denuncian irregularidades en atención a mujeres víctimas de violencia sexual

Con motivo del día internacional de la no violencia contra las mujeres, el Senador Alberto Castilla envió a la  Procuraduría General de la Nación, a los ministerios de Salud y Protección Social y al de  Justica, una serie de denuncias recibidas en todo el país a en el marco de la campaña nacional “Por el derecho a existir pensar y decidir”, liderada por la Confluencia de Mujeres.

 

Las denuncias fueron recibidas por mujeres que participaron en talleres sobre mecanismos de protección a mujeres víctimas de violencia en diferentes regiones del país. Estas afirmaciones revelan la falta de aplicación de los lineamientos técnicos para comisarías de familia en las diferente regiones.

 

Mujeres del Huila, Atlántico, Arauca, Norte de Santander, Bogotá y Antioquia, coincidieron en declarar que en algunas Comisarias de Familia no se tramitan las medidas de protección cuando no existen secuelas o violencia física; se niegan a emitir medidas de protección de manera inmediata, pidiéndole a las mujeres requisitos extralegales,solicitándoles que acudan primero al ICBF o a la Fiscalía; insisten en llamar a las mujeres a conciliar la violencia, exigen demasiadas pruebas para emitir las medidas de protección y cuando no hay testigos de las agresiones es difícil que emitan la medida. Las mujeres también expresaron que   las comisarías de familia están ubicadas muy lejos de las viviendas rurales

 

Teniendo en cuenta las anteriores denuncias, que sin duda son actitudes que generan barreras de acceso a la justicia para las mujeres, el senador Castilla le preguntó al Ministerio de Justicia sobre ¿Cuáles son los mecanismos de divulgación que ha emprendido esta cartera para que las Comisarías de familia en la totalidad de los municipios del territorio nacional conozcan los lineamientos técnicosde la ley 1257 diseñados por el Ministerio de Justicia.

 

¿Cuáles son los mecanismos pedagógicos y de formación con funcionarios que ha emprendido el Ministerio de justicia para que los funcionarios de las Comisarías en la totalidad de los municipios manejen plenamente los lineamientos técnicos sobre violencia contra las mujeres y luego puedan aplicarlos?

 

¿Cuáles son los mecanismos de seguimiento que ha emprendido el Ministerio de Justicia para vigilar que los lineamientos técnicos para Comisarías de Familia sean efectivamente aplicados por las Comisarías en la totalidad de los municipios del territorio Nacional?

 

¿Cuáles son los mecanismos y acciones de sanción que ha emprendido el Ministerio de justicia para que sean disciplinados los funcionarios de Comisarías de Familia que aplican arbitrariamente los lineamientos técnicos para Comisarías de Familia?

 

El congresista queda a la espera de una  pronta y satisfactoria respuesta a los interrogantes que formuló a  los ministerios antes mencionados y a la Procuraduría General de la Nación. 

 

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En Medellin son desalojadas mas de 38 familias

Columna de opinión del senador Jesús Castilla

"Los desalojos evidencian el fracaso de las políticas públicas de vivienda"

Desde  ayer a la madrugada, en el sector Oasis de Moravia en Medellín, 500 integrantes del ESMAD desalojaron por la fuerza a más de 38 familias. Estas acciones se han vuelto constantes durante la actual administración de la ciudad. En el mes de mayo denuncié el intento de desalojo a esta misma comunidad, diligencia que fue suspendida por el fallo de un juez de primera instancia en el que quedaba claro que estas familias no podían ser desalojadas hasta tanto no se garantizara su derecho a una vivienda digna. En ese mismo mes denuncié el desalojo forzado de más de 1500 personas en el asentamiento de Villa Café.

A ninguna de estas familias la administración municipal les ha garantizado hasta el momento soluciones habitacionales dignas para su reubicación. A las 38 familias que fueron desalojadas en El Oasis, sólo se está ofreciendo albergue temporal y subsidios de vivienda a aquellas que sean víctimas de conflicto armado y a adultos mayores, vulnerando así los derechos a vida y vivienda digna, salud,  bienestar social de  los niños, niñas,  mujeres y  demas familias que habitan en estos asentamientos. 

Estas acciones violentas en contra de la población más pobre de las ciudades no sólo se cometen  en Medellín. En Cali desde el pasado 12 de Noviembre se adelantan acciones de desalojo en el Asentamiento Las Orquídeas, ubicado en la comuna 14 del Distrito de Aguablanca, sector oriente de la ciudad. Son ya 75 familias despojadas de sus viviendas y de su territorio por la fuerza policial, sin tener acceso tampoco a reubicación y soluciones habitacionales dignas.

Como dirigente del Movimiento Social colombiano y Senador de la República integrante del Polo Democrático, quiero recordarle al señor Ministro de Vivienda, Doctor Luis Felipe Henao, que los desalojos forzosos están prohibidos por Pactos internacionales ratificados por Colombia, como lo ha dicho en varias ocasiones el Comité de Derechos Sociales de Naciones Unidas, que ha planteado que los desalojos se pueden llevar a cabo de forma legal, únicamente en circunstancias excepcionales y de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional de los derechos humanos.

Manifiesto mi rechazo y preocupación por estas acciones en contra de las familias más pobres de las ciudades colombianas. Los desalojos evidencian el fracaso de las políticas de vivienda nacionales y municipales, preocupadas más por la generación de riqueza de las grandes constructoras que por superar el déficit habitacional y garantizar los derechos de las familias a la vivienda digna.

Exijo al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en cabeza del Doctor Luis Felipe Henao tener en cuenta la normativa internacional en materia de desalojos forzados en el país y garantizar a las familias desalojadas en estos hechos sus derechos a vivienda digna, salud y seguridad social.

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Exigimos respeto a la curul del PDA, en el Concejo de Bucaramanga

El pasado domingo 25 de octubre se celebraron las elecciones locales en todo el territorio nacional. La ciudadanía participó masivamente para elegir a sus alcaldes, gobernadores,  concejales y diputados, nuevos servidores públicos que tendrán la gran responsabilidad que gobernar y hacer control político en los departamentos y municipios de nuestra Colombia. Cabe resaltar que estos nuevos mandatarios tendrán la responsabilidad de administrar los entes territoriales en un contexto de búsqueda de solución política al conflicto armado y construcción de una paz estable y duradera.

Sin embargo, en la pasada jornada electoral también ocurrieron hechos que socavan la democracia y muestran falta de garantías para la oposición encabezada por el Polo Democrático. Sorprende y genera suspicacias que la ciudad de Bucaramanga, capital del departamento de Santander, en pleno siglo XXI se reporten irregularidades que podrían afectar la composición del Concejo municipal de una de las ciudades más importantes del país.

Se nos ha informado que en el proceso de escrutinio de la ciudad mencionada, algunos jurados de votación han sumado dos veces los mismos votos asignados a un candidato, situación que revela posibles delitos electorales, y lo más grave, la alteración de los resultados y el desconocimiento de la voluntad de la ciudadanía que acudió a las urnas el pasado domingo.

Nuestra colectividad, el Polo Democrático, único partido de oposición de izquierda, obtuvo una curul en el concejo de Bucaramanga, y esperamos que se respete tal manifestación democrática de la ciudadanía. No sería un buen mensaje para la democracia que se le arrebate con fraudes y procedimientos indebidos esa curul a un partido de oposición. Confiamos que la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral, brinden las suficientes garantías en este proceso de escrutinio. 

 

        

 

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Crisis de la salud va en aumento

 

El Senador Alberto Castilla expresó su profunda preocupación frente a la grave crisis que hoy enfrenta el sistema de salud colombiano y frente a la tozudez del Ministro Gaviria al desconocer  y minimizar las dificultades que padecen a  diario millones de usuarios del  sistema de salud.

Para el parlamentario es inaceptable que una vez más el Ministro de Salud desconozca la crisis y califique las quejas de los usuarios como escándalos mediáticos, restando importancia a las barreras de acceso que violan el derecho a la salud y ponen en peligro la vida de millares de personas, y que el funcionario reste importancia a las dificultades que a diario enfrentan los pacientes para acceder a citas médicas, tratamientos, entrega de medicamentos, cirugías, entre otros.  

Hoy el Hospital Universitario del Valle (HUV), atraviesa una grave  crisis presupuestal que deja sin atención a un gran numero de pacientes, entre ellos cerca de 500 niños con cáncer y 700 con enfermedades hematológicas que están remitidos a otros centros médicos que no poseen condiciones necesarias para prestar dichos servicios. Esto debido a que no se cuenta con insumos para laborar, ni medicinas para los pacientes enfermos. Además, sus trabajadores llevan alrededor de 5 meses sin salarios, situación que ha causado la renuncia de 300 empleados, incluyendo médicos y enfermeros.

El Senador recordó que el  HUV es el único hospital de Nivel IV sobreviviente en el suroccidente colombiano. El Hospital presta atención prioritaria y de urgencias a personas de estrato 1 y 2, a pacientes de Sisbén provenientes de los departamentos de Nariño, Cauca, Valle y Chocó. Además, el HUV es un centro de gran relevancia académica, permitiendo la práctica profesional de estudiantes de más de tres universidades en Cali y ha sido merecedor de grandes premios por sus investigaciones científicas.

Tal crisis ha llevado al Hospital a perder el 75% de su capacidad. El primer factor causante de esa crisis es la millonaria deuda que tienen las Empresas Prestadoras de Servicio de Salud -EPS-, deuda que se calcula asciende a 120 mil millones de pesos. El segundo factor está relacionado con las alianzas público-privadas firmadas por Jaime Rubiano, que ha traído como consecuencia una deuda con dichas empresas privadas que asciende a más de 20 mil millones de pesos. Por último, la Gobernación del Valle también adeuda alrededor de 8 mil millones de pesos por el embargo de los recursos de la estampilla.

El Senador Castilla le solicitó al Ministro Gaviria y al Gobernador del Valle dar cumplimiento a los compromisos adquiridos para salvar el Hospital. Según Sintrahospiclínicas, el Ministro aseguró el giro de 1,5 billones de pesos por parte del Gobierno Nacional, aunque la deuda actual asciende a 5,2 billones de pesos. También recordó, que conforme a la ley 1751 de 2015, la salud es un derecho fundamental, de ahí que en conjunto con la Gobernación del Valle, el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Salud, debe generar las condiciones necesarias para el funcionamiento y sostenimiento del HUV.

El parlamentario rechazó rotundamente la propuesta de intervención al Hospital Universitario del Valle a través de la Superintendencia de Salud o su declaración de insolvencia económica conforme a la Ley 550. Le solicitó al Ministro, que garantice el pago de los dineros adeudados por las EPS y que el Gobierno Nacional y Departamental entreguen el presupuesto necesario para salvaguardar al Hospital más importante del suroccidente colombiano

El legislador se comprometió  a seguir  trabajando para evitar que al HUV se le apliquen las mismas medidas que en su momento se le aplicaron al Hospital San Juan de Dios en Bogotá, cuya triste historia lo llevó a su cierre.

Por lo anterior, el Senador Castilla hizo un llamado a continuar en la movilización social para defender el hospital más importante del suroccidente colombiano y a exigir el derecho fundamental a la Salud como lo ordena la constitución y la ley. 

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Avance en el reconocimiento de los derechos del campesinado

La semana pasada se celebró el 30º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en Ginebra (Suiza).  Este Consejo, que tiene la misión de promover los derechos humanos alrededor del mundo, discutió el progreso hecho por el Grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta encargado de negociar, finalizar y presentar al Consejo de Derechos Humanos un proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en zonas rurales. Este grupo ha venido trabajando en una Declaración de derechos para el campesinado que reconozca las especificidades de este grupo social y que reconozca, asimismo, nuevos derechos como la tierra, el territorio y las semillas.

En suma, se trata de un instrumento internacional que reconozca al campesino y a la campesina como sujeto específico, y que a la vez adapte los derechos ya reconocidos universalmente a las necesidades del campesinado, particularmente derivadas de su situación de exclusión y discriminación y a la imposición de un modelo agroindustrial que atenta contra la economía y la cultura campesina. Asimismo que reconozca derechos que ya son ejercidos por el campesinado pero que infortunadamente no tienen un reconocimiento legal expreso.

El movimiento internacional Vía Campesina, que agrupa a cerca de 164 organizaciones campesinas alrededor del mundo, junto con organizaciones de derechos humanos como FIAN Internacional, se hicieron presentes en este período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Tales organizaciones  respaldaron los avances de la Declaración, expresaron su postura sobre la dirección que debe tomar este instrumento y solicitaron la extensión del mandato del Grupo de Trabajo para facilitar la continuidad del proceso de adopción de la Declaración, solicitud que fue aprobada en el seno del Consejo de Derechos Humanos.     

Las comunidades campesinas colombianas, que se hicieron presentes en calles y campos en las movilizaciones de 2013 y 2014, están exigiendo su reconocimiento como sujeto específico de derechos y cambios en un modelo para el campo que los agobia. Aún siguen vigentes las demandas contra el acaparamiento de tierras, los impactos en el derecho a la alimentación debido a los tratados de libre comercio, la privatización de semillas y la elevada concentración de la tierra que impide el desarrollo de propuestas alternativas que garanticen la soberanía alimentaria de los pueblos.

Siguen asimismo vigentes las exigencias de respeto hacia el movimiento campesino y sus líderes. El pasado 23 de septiembre fue agredido en el aeropuerto de Fortaleza el reconocido líder del Movimiento Sin Tierra de Brasil, João Pedro Stedile, con consignas violentas en su contra que ejemplifican el desprecio que las sociedades aún manifiestan contra los luchadores sociales, especialmente si estos luchan por el derecho a la tierra y por condiciones de vida digna para los pueblos. La semana pasada, diversas organizaciones del movimiento ambiental del Tolima recibieron amenazas firmadas por el grupo paramilitar Águilas Negras, las cuales tienen como fin amedrentar a las organizaciones que en ese departamento defienden la vida, el territorio y la cultura campesina de proyectos extractivistas como el de La Colosa, de propiedad de la Anglo Gold Ashanti. Nuestra solidaridad está con estos dirigentes sociales y con todos los campesinos y campesinas que día a día se movilizan por sus derechos y luchan por transformaciones sociales.

Es por ello que lograr que Naciones Unidas adopte una Declaración de derechos propia para el campesinado es uno de los pasos hacia el reconocimiento de la valía que tenemos los campesinos y campesinas en el mundo, del importante lugar que ocupamos en nuestras sociedades y del derecho que tenemos a defender nuestros territorios. En esa misma dirección también trabajamos con el movimiento campesino colombiano, construyendo reformas constitucionales que nos pongan en sintonía con los avances del derecho internacional, y sobre todo con las luchas campesinas de hoy día.

Celebro las recientes decisiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, ellas nos permiten insistir en la importancia  del reconocimiento de los derechos de las personas que alimentan  a la nación, que protegen el ambiente y recrean la cultura colombiana. Celebro este paso dado hacia el reconocimiento de los derechos del campesinado, y seguiré trabajando para que en Colombia lo alcancemos plenamente.  

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El acuerdo sobre justicia: entre esperanzas y preocupaciones

El apretón de manos entre el Presidente Juan Manuel Santos y el máximo líder de las Farc, Timoleón Jiménez, es la imagen más esperanzadora que ha arrojado el proceso de paz en curso. Su importancia radica en la refutación de quienes representan al pasado, aquellos profetas de la guerra que aseguran que no es posible llegar a una solución política negociada al conflicto armado. Su importancia también reside en lo que nos dice sobre el futuro, pues el porvenir colectivo podrá irse aclarando con el avance y la implementación de los acuerdos, documentos que podrán contribuir a la construcción de paz,  pero que aún tienen un déficit frente a la participación de diversos sectores sociales en su elaboración y eventual implementación.

Las posibilidades

Por la complejidad del conflicto colombiano, alcanzar un acuerdo sobre justicia era uno de los aspectos más difíciles de las negociaciones entre gobierno y FARC. Su dificultad residía en la reticencia de cada una de las partes de reconocer su responsabilidad política y jurídica en múltiples hechos victimizantes, así como en reconocer dicha responsabilidad con base en el derecho penal vigente. Con el acuerdo de crear una Jurisdicción Especial para la Paz parecen haberse zanjado esas dificultades. Gracias al acuerdo cada una de las partes se verá involucrada en el modelo de justicia transicional acordado y se generarán las consecuencias derivadas de esa responsabilidad, particularmente al concebir amnistías amplias y al considerar sanciones para graves crímenes en condiciones especiales.

Para el movimiento social y para las víctimas, la dificultad residía en encontrar una fórmula que, a la vez que facilitara los acuerdos, respetara los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación y que no se convirtiera en un acuerdo de punto final, es decir, en un instrumento de impunidad aprobado por las partes. El acuerdo contiene una fórmula que, si se diseña y aplica  adecuadamente, podría satisfacer las demandas de justicia y sentar las bases para la no repetición de los crímenes cometidos. La participación de las víctimas, de las organizaciones defensoras de derechos humanos y del movimiento en este proceso, será clave para garantizar que así sea. No debemos olvidar que las luchas por la justicia y contra la impunidad en casos de violaciones de derechos humanos tienen una larga historia en Colombia, impulsadas justamente por estos sectores que no hemos cesado de exigir nuestros derechos y de lograr avances en materia de justicia.

Por otro lado, tampoco debemos olvidar que quienes desde el uribismo han evaluado el acuerdo como un proyecto hacia la impunidad, no hacen otra cosa que instrumentalizarlo para oponerse políticamente a la solución negociada al conflicto y la esperanza de paz en Colombia. No se puede olvidar que fue el hoy Senador Álvaro Uribe como Presidente, junto con sus fuerzas políticas en el Congreso –muchos de ellos investigados, e incluso juzgados y condenados por sus vínculos con paramilitares–, quienes aprobaron la mayor fórmula de impunidad que se haya diseñado en Colombia, la eufemísticamente llamada ley de “Justicia y Paz” (ley 975 de 2005).

Uno de los puntos más interesantes del acuerdo de justicia entre las FARC y el Gobierno, es el reconocimiento de la existencia de crímenes de Estado así como la participación activa de sectores políticos y económicos en la violencia que ha padecido el país. Cabe resaltar que históricamente jamás se negaron los crímenes cometidos por la guerrilla y que sus responsables han sido perseguidos y judicializados. En contraste, se ha desarrollado un estado permanente de negación respecto de la responsabilidad del Estado en graves violaciones de derechos humanos, situación que buscaba restar legitimidad a los reclamos de las víctimas. Durante los últimos meses los medios de comunicación se ocuparon de preguntarse cuál sería la fórmula de justicia para la insurgencia, mientras se guardó silencio sobre la responsabilidad de funcionarios públicos, militares, políticos y empresarios vinculados con violaciones a los derechos humanos. El acuerdo abre las puertas para romper con esa cultura de la negación, al permitir que todos los actores sean juzgados y al permitir que las organizaciones de derechos humanos que han documentado de manera arriesgada y valiente las atrocidades de la guerra, aporten evidencias. Es posible que muchos sectores que hoy critican el acuerdo por su supuesta generación de impunidad, en realidad lo critiquen por lo contrario: porque abre la puerta al juzgamiento de empresarios, políticos y militares que hasta ahora habían estado cobijados con el manto de la impunidad

No será un camino fácil. Sin duda serán muchos los obstáculos a los que se enfrentará este nuevo proceso, pero judicializar a todas las partes que tengan responsabilidad en la violencia es uno de los puntos clave si se pretenden generar cambios. Es clave que se defina qué pasará con los distintos fueros penales que hoy cobijan a militares y algunos funcionarios, los cuales han contribuido a la impunidad. También es importante que se garantice transparencia en el proceso de selección de los jueces nacionales e internacionales que harán parte de esta nueva jurisdicción, y que las amnistías sean concedidas a quienes realmente puedan acreditar que cumplan con los requisitos para acceder a ellas y no a los responsables de graves crímenes, esto es, a quienes incurrieron en delitos políticos y conexos.  

Las dudas

Un elemento que suscita dudas razonables es el enfoque de justicia restaurativa en el que se basa la jurisdicción de paz. No es sencillo para nadie, y menos para las víctimas, desmontar el imaginario de la cárcel como la única forma de castigo válida y legítima para sancionar crímenes, especialmente si estos son graves, por eso es crucial crear las condiciones que demuestren que la justicia restaurativa puede ser efectiva y que se pueda convertir en una fuente de reconciliación para la sociedad colombiana. Para ello se requiere de la voluntad de todas las partes.

También es importante tener en cuenta que no toda la violencia y las violaciones de derechos humanos están relacionadas directamente con el conflicto armado, y es importante que se establezcan las diferencias para evitar que todas las violaciones de derechos humanos cometidas vayan a parar a esta jurisdicción. La violencia política ejercida contra líderes sociales, sindicalistas, campesinos, indígenas, defensores de derechos humanos y activistas de distintas causas, no está toda ella en directa relación con el conflicto. Aunque muchas de estas personas fueron atacadas con el pretexto del combate a los grupos insurgentes, el motivo real de la mayoría de los crímenes fue la persecución de la oposición legítima al modelo económico y político vigente. Los sindicalistas asesinados por orden de grandes empresarios, o los indígenas, afros y campesinos desplazados para facilitar grandes proyectos de inversión en agroindustria, minería o represas, no fueron victimizados en el marco del conflicto y los responsables de tales hechos deben ser juzgados por la justicia ordinaria. 

Las preocupaciones

Por lo anterior, y como ya lo he afirmado en numerosas ocasiones, la paz solo podrá alcanzarse si hay garantías plenas para el ejercicio de la oposición de los movimientos sociales y los partidos de izquierda. La historia de Colombia  está marcada por la persecución a la izquierda y a los movimientos sociales de oposición, quienes hemos sido objeto de asesinatos, desapariciones,  amenazas, desplazamiento forzado y judicializaciones. En los últimos tiempos hemos visto un preocupante aumento de la persecución a integrantes de movimientos sociales y populares a través de la judicialización de su protesta. Esta tendencia se profundiza con la aprobación de la ley de seguridad ciudadana y el nuevo código de policía, cuyo principal objetivo es evitar la protesta legítima.

En ese orden, ya son varios los movimientos sociales y lideres populares que han planteado un reclamo que comparto: No tiene sentido que mientras se logran acuerdos que benefician con reducción de penas o con penas alternativas a responsables de violaciones a los derechos humanos, al mismo tiempo se encarcele a integrantes del Congreso de los Pueblos, la Marcha Patriótica, la Unión Patriótica o el movimiento indígena. El caso de Feliciano Valencia es aleccionador al respecto, pues fue condenado a 18 años de cárcel por protestar, mientras la pena más alta en el acuerdo de justicia transicional será de 8 años. Sería absurdo tener una jurisdicción que busque sentar las bases para la paz, mientras la jurisdicción ordinaria sirve para reprimir la protesta legítima de sectores sociales.

La firma de la paz, cuando ella se produzca, no significará el fin de la movilización social que persigue las transformaciones profundas que Colombia necesita, máxime cuando se profundiza el modelo neoliberal y extractivista que destruye los territorios y desmejora la calidad de vida de las mayorías. El movimiento social seguirá exigiendo transformaciones profundas y seguirá expresándose para construir una paz con genuina justicia social. Sin duda, un sistema de justicia que permita develar las responsabilidades en la guerra aportará en ese camino, siempre y cuando cese la persecución al movimiento social y se den plenas garantías para el ejercicio de la oposición.  

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Condena a Feliciano Valencia viola jurisdicción especial indígena

 

El pasado martes 15 de septiembre de 2015 fue capturado el reconocido líder indígena Feliciano Valencia, tras conocerse una sentencia del Tribunal Superior del Cauca que revocó un fallo de absolución de primera instancia y que lo condenó a 18 años de prisión. Los hechos que dieron lugar a la condena se remontan a la Minga Social Indígena del 2008, en la que los pueblos indígenas se movilizaron para protestar, legítimamente, contra graves violaciones de sus derechos y contra el incumplimiento de acuerdos por parte del Gobierno. En desarrollo de las jornadas de protesta, los pueblos indígenas del Cauca hicieron uso de su derecho a la autonomía y pusieron en marcha la jurisdicción especial indígena, aquella que viene siendo aplicada desde hace más de 500 años y que solo en 1991 tuvo reconocimiento formal en la Constitución de 1991.

La presencia de un suboficial de la Brigada Móvil No. 2 del batallón de Contraguerrilla No. 15 en tierras indígenas alertó a las comunidades, quienes consideraron que el soldado tenía el propósito de infiltrar la movilización indígena para perjudicar sus legítimos reclamos. Por ello, en el Resguardo La María y luego de que la Guardia Indígena capturara al suboficial y lo condujera ante las autoridades indígenas competentes, la comunidad y la Asamblea General del pueblo Nasa emitieron su condena con base en su derecho propio. Desde la justicia ordinaria se consideró que Feliciano había cometido el delito de secuestro y de lesiones personales, nombres que pretenden calificar, con un lenguaje jurídico ajeno a los pueblos indígenas, acciones de captura y de condena emitidas por autoridades que constitucionalmente están facultadas para impartir justicia en sus territorios, tal como lo hizo el pueblo Nasa en este caso.

Por lo anterior, los pueblos indígenas del Cauca y de todo el país han considerado este hecho como una violación flagrante de sus derechos constitucionales, reconocidos incluso a nivel internacional. Recordemos que la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoce, en sus artículos cuarto y quinto, el derecho a de estos pueblos a la libre determinación, a la autonomía y al autogobierno, así como a conservar y reforzar sus instituciones políticas y jurídicas. En ese orden, considero que la condena al líder indígena Feliciano Valencia es abiertamente contraria al ordenamiento jurídico colombiano y que puede sentar un peligroso precedente de desconocimiento de principios constitucionales básicos como la diversidad étnica y cultural de la Nación, el reconocimiento de la jurisdicción especial indígena, las entidades territoriales propias y el autogobierno de esos pueblos.     

Por estas razones, el conjunto del movimiento social y popular ha expresado su rechazo a tan arbitraria condena, pues el mensaje detrás de la misma no solo está dirigido a los pueblos indígenas y al grave desconocimiento de sus derechos; también está dirigido a todo el movimiento popular que se ha venido movilizando y cuya protesta también ha sido criminalizada. Preocupa profundamente que el Ministro de Agricultura celebre la captura de Feliciano diciendo que “es una buena noticia para el departamento”, como lo mencionó en este recinto, pues parece indicar que sectores del gobierno nacional comparten la persecución de la protesta social y el encarcelamiento de sus principales líderes.  

Rechazo la captura de Feliciano Valencia pues considero que es contraria a la constitución, exijo garantías en su proceso y espero que cese la creciente persecución contra el movimiento social colombiano.      

 

 

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En Colombia se vive una crisis estructural de vivienda

A la Audiencia Nacional de Vivienda Digna, convocada por el Senador Alberto Castilla y respaldada por el Congreso de los Pueblos, celebrada el 18 de Septiembre en el auditorio Luis Guillermo Vélez del Congreso de la República, asistieron más de 300 personas de procesos urbanos y comunitarios de ciudades como Cali, Cúcuta, Medellín, Popayán, Neiva, Bucaramanga, Villavicencio y Bogotá.

El evento contó con la participación de los Representantes a la Cámara Alirio Uribe y Víctor Correa, el profesor de la Universidad Nacional Carlos Torres, el secretario general de la Unión Nacional de Usuarios de Servicios Públicos Rodrigo Acosta, así como diversas organizaciones y plataformas sociales que hacen parte de la campaña Hogar digno hogar, quienes evidenciaron  la  crisis de vivienda que atraviesa el país. Tal crisis se refleja en el alto precio de los servicios públicos domiciliarios y su baja calidad, el crecimiento de los asentamientos informales, los constantes desalojos ilegales contra las comunidades, las malas condiciones que padecen las comunidades reubicadas, y las progresivas amenazas por la construcción de megaproyectos.

La audiencia realizada en Bogotá es la conclusión de audiencias regionales sobre el tema realizadas en Medellín, Cali y Popayán, escenarios donde se verificó que el país padece una grave problemática habitacional que en la actualidad  mantiene sin acceso a hábitat y vivienda digna a más de 3.353.548 personas; se calcula que hoy al menos 2 millones de colombianos no tienen acceso a vivienda y se constata la falta de voluntad política del gobierno nacional para trazar una genuina política pública  que garantice a los ciudadanos el derecho a  la vivienda, hábitat y territorio digno, en el marco del ejercicio pleno del derecho a la ciudad. 

Para el Senador Castilla la ausencia de políticas de urbanización ha ocasionado un  crecimiento de las ciudades de manera informal y desorganizada, pues han sido las comunidades las que mediante la ocupación de tierras baldías han construido con su propio esfuerzo sus barrios y espacios comunitarios en las ciudades. Es evidente que los sucesivos gobiernos no han brindado soluciones eficaces a estas problemáticas, por el contrario, han permitido que el mercado inmobiliario captado por el capital financiero sea quien regule el acceso a la vivienda de las familias colombianas.

Las familias que con sus manos y con gran sacrificio han  construido sus  barrios en los asentamientos, hoy son víctimas de desalojos forzados como consecuencia de los planes de renovación, construcción de macroproyectos, y acaparamiento del territorio urbano. Lo anterior se evidencia en Medellín con los asentamientos de  Moravia y  Villa Café; en  Cali en el Jarillon Rio Cauca sector Venecia y las Vegas, San Pascual, El Piloto y El Hoyo; en Popayán, en asentamientos que serían ocupados por el proyecto Las Huacas.

En la audiencia se escucharon voces de enfática protesta de los habitantes de  asentamientos de las diferentes ciudades que hicieron presencia en el evento. Voces que infortunadamente no han sido escuchadas por los gobiernos municipales, departamentales, ni del nivel nacional. Las repetidas quejas se centraron en problemas como los abusos que ha cometido el  sistema financiero con los  créditos hipotecarios, las construcciones de mala calidad, las precarias soluciones habitacionales en zonas de alto riesgo, la carencia de equipamientos y espacio público, las permanentes amenazas de desalojo, la corrupción en el manejo de proyectos habitacionales, afectación ambiental, entre otros.

Tras exponer los motivos de la problemática de vivienda, las y los participantes hicieron exigencias orientadas a la solución de la grave crisis habitacional que atraviesa el país. Plantearon que es necesario construir proyectos habitacionales que respondan a las necesidades de la comunidad, reubicar a las familias en riesgo, establecer los mínimos vitales en servicios públicos, hacer titulación de predios y censo catastral, mantenimiento de fuentes hídricas, rebaja en impuesto predial, frenar la usura y la desmedida especulación financiera con las viviendas, exigir que entes territoriales cumplan frente a bancos de suelos y que la Contraloría investigue proyectos construidos con dineros públicos.

El Senador Castilla cerró la audiencia afirmando que es necesario plantear soluciones que no vayan en contra de las comunidades, soluciones que no impliquen despojo, ni vulneración de los derechos de la gente. Agregó que resolver los problemas que originan tales conflictos sociales es una de las principales prioridades para  la construcción de la paz.

 

 

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Audiencia Nacional de Vivienda Digna

En Colombia se vive una crisis estructural de vivienda

 

Luego de realizar varias audiencias publicas sobre hábitat, vivienda digna y servicios públicos domiciliarios, en diferentes ciudades del paìs, el Senador Alberto Castilla en esta oportunidad realizará en Bogotá, la audiencia pública nacional, en el Auditorio Luis Guillermo Vélez del Congreso de la República, el próximo 18 de Septiembre, a partir de las 8:00 am.

El evento contará con la participación de diferentes organizaciones sociales, líderes barriales y comunidad en general de Cali, Medellín, Popayán, Neiva, Bucaramanga, Villavicencio y Bogotá, quienes evidenciarán la  crisis de vivienda que atraviesa el país, el alto precio de los servicios públicos domiciliarios y su baja calidad, asentamientos informales, desalojos, condiciones de reubicación, construcción de megaproyectos y calidad.

El senador Alberto Castilla ha venido realizando una serie de denuncias frente al modelo de ciudad que se ha implementado en Colombia. Un modelo excluyente, basado en politicas inadecuadas y equivocadas que han privilegiado el interés economico y no social.  Es evidente que con el paso del tiempo se agudiza la histórica marginación de sus habitantes, continúan siendo insuficientes las políticas públicas de las entidades gubernamentales frente a la problemática de vivienda, movilidad y servicios públicos.

Así mismo, el senador Castilla ha solicitado a los gobiernos departamentales y nacional la vinculación de la comunidad a la búsqueda de soluciones que permitan superar la grave crisis de vivienda que atraviesa el país.

Este trabajo del parlamentario se ha vinculado a la  campaña nacional que adelantan distintas organizaciones y plataformas sociales, denominada “Hogar Digno Hogar”, para visibilizar y denunciar las problemáticas que aquejan a numerosas comunidades en relación con el acceso, la calidad de las viviendas y los servicios públicos domiciliarios. 

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Prevalece la justicia: Libertad de integrantes del Congreso de los Pueblos

Como integrante del movimiento campesino y parte del movimiento social colombiano, saludo la libertad de los 11 jóvenes, integrantes de esta organización social, que fueron retenidos de manera ilegal, el pasado 8 de Julio y privados de la libertad durante dos meses. Demando  que se den las retractaciones públicas a lugar, que se garantice el debido proceso mientras continua la investigación, así como exijo protección en la vida, honra y bienes de estas personas, de sus abogados defensores y de todos los integrantes del Congreso de los Pueblos.  

Desde la detención producida el pasado 8 de julio, los abogados(as) defensores señalaron irregularidades en el proceso y denunciaron persecuciones por ejercer el  derecho constitucional a la defensa y el debido proceso.

El pasado viernes 11 de septiembre del presente año, el juez 44 de control de garantías ordenó la libertad de los integrantes del Congreso de los Pueblos detenidos por hechos que aún son materia de investigación. El mencionado juez consideró que no se estableció la inferencia razonable de la participación de cada uno de los imputados, y que las anteriores decisiones judiciales que llevaron a la detención de estos jóvenes, tenían graves problemas de fundamentación jurídica.  La reciente decisión judicial parece corregir los errores cometidos por otros operadores judiciales.    

Estas personas debieron enfrentar  un duro trance durante dos meses de injusta prisión desde el 8 de julio, cuando fueron ilegalmente detenidos. La juez de primera instancia avaló tal ilegalidad y tomó una decisión que brilló por su carencia de motivación imponiendo medida de aseguramiento. Por otro lado, la juez de primera instancia no analizó la situación jurídica de cada una de las personas acusadas,  sino que incriminó a todo el grupo como si se tratara de un solo individuo, vulnerando principios mínimos del debido proceso. Esta carencia de motivación y justificación dio lugar a que el juez 44 decretase la nulidad de la medida. Por lo anterior, a estas personas se les vulneró el derecho al debido proceso y de defensa, también se vulneró el derecho a la libertad personal de acuerdo a la jurisprudencia colombiana, un derecho fundante para cualquier democracia.

Las decisiones judiciales que determinaron el encarcelamiento de los integrantes del Congreso de los Pueblos coincidieron en el tiempo con la detención de defensores de derechos humanos integrantes de la Fundación DHOC y la Marcha Patriótica, con la publicación de reportajes difamatorios contra pueblos indígenas, movimientos sociales y organizaciones de oposición. A todo este tinglado represivo se suman las graves acciones de intimidación contra Alexandra Bermúdez y Eduardo Sanabria, integrantes del Congreso de los Pueblos que han sido víctimas de seguimientos, acoso, amenazas e incluso de retenciones ilegales.

Una vez mas  hago un llamado a que se proteja al movimiento popular colombiano,  con el cual se debe mantener una actitud abierta y de diálogo constructivo, que contribuya a la construcción de una paz duradera y  una Colombia democrática. 

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Avanzan jornadas de indignación campesina, indígena y afro

Gobierno incumple acuerdos a la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular

Desde el pasado 30 de agosto han llegado a Bogotá más de 5000 campesinos, indígenas y afrocolombianos provenientes de diferentes partes del país. Todos ellos hacen parte de las 13 organizaciones que hoy componen la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular.

La Cumbre Agraria es el más importante proyecto de articulación de los movimientos sociales del campo colombiano en las últimas tres décadas. Hoy la Cumbre expresa su inconformidad ante los reiterados incumplimientos del Gobierno Nacional. Las organizaciones que la conforman han manifestado que el gobierno incumple por tres razones. En primer lugar, porque las principales iniciativas legislativas impulsadas por el ejecutivo en los últimos meses son contrarias a las reivindicaciones del movimiento campesino, indígena y afro que se ha movilizado, como se evidencia en un Plan Nacional de Desarrollo que fortalece el extractivismo y blinda grandes proyectos de inversión privada, o con el Proyecto de las Zidres que busca entregarle los baldíos de la Nación a grandes empresarios.

En segundo lugar, tras 15 meses de la firma del decreto 870 de 2014, no se ha abordado la discusión de ninguno de los 8 puntos del pliego de la Cumbre: 1. Tierras, territorios colectivos y ordenamiento territorial; 2. Economía propia contra el modelo de despojo; 3. minería, energía y ruralidad; 4. cultivos de coca, marihuana y amapola; 5. Derechos políticos, garantías, víctimas y justicia; 6. Derechos sociales; 7. Relación campo-ciudad; 8. Paz, justicia social y solución política. Es claro que el Gobierno Nacional se niega a discutir el modelo de desarrollo con la gente que lo padece.

Por último, las organizaciones de la Cumbre Agraria consideran que en materia de garantías y derechos humanos también hay obstáculos para el cumplimiento de los acuerdos, pues no se ha  instalado la subdirección de garantías y derechos, ni se ha avanzado en la instalación del CERREN campesino.

La Cumbre centra sus esfuerzos en la construcción de una propuesta de país para la vida digna; un país donde se ordene el territorio conforme a las demandas de las comunidades y la protección del ambiente; un país donde la tierra cultivable no siga concentrada en unos pocos propietarios; un país donde la política minero-energética no se comprenda como una locomotora que arrasa con los pueblos, sino como una oportunidad para garantizar la soberanía nacional; un país donde se comprenda que los territorios son la fuente de la vida, la alimentación y la cultura, y no la fuente de la acumulación de unos cuantos empresarios;  un país donde la construcción de la paz se realice teniendo en cuenta las agendas de los movimientos sociales.          

En este momento que el campo colombiano atraviesa otro periodo de crisis generada por las políticas impulsadas por los gobiernos de las últimas décadas. Exijo al Gobierno Nacional que cumpla los compromisos adquiridos con la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular. De lo contrario, la anhelada paz no podrá alcanzarse de espaldas al movimiento campesino, indígena y afro, ni incumpliendo los compromisos con los movimientos sociales.             

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Presupuesto para el agro en tiempos de crisis

El abandono histórico que ha sufrido el campo colombiano, se expresa también en el presupuesto público que se le ha asignado al sector agropecuario. 

La Misión Rural contratada por el Gobierno Santos, parece hacer un mea culpa al respecto. Los informes parciales que se han publicado, reconocen “un deterioro notable” en el presupuesto del Ministerio de Agricultura en las últimas décadas, en particular si se comparan con la producción del sector. En los años 2000 y 2003, cayó a alrededor del 1% del Producto Interno Bruto (PIB) agropecuario. Sin embargo, se advierte una recuperación en los últimos años.

 

Evidentemente, en la última década se presentaron aumentos muy importantes en el presupuesto del sector, particularmente el de inversión. Los presupuestos más altos corresponden a los años 2013 – 2015, que coinciden claramente con los periodos más importantes de movilizaciones campesinas.

Sin embargo, llama la atención que en los departamentos donde más aumentó porcentualmente el presupuesto entre 2007 y 2015, fueron Meta y Vichada. En el Meta, pasó de $742 millones a $151.730 millones (creció 200 veces) y en Vichada de $511 millones a $74.910 (145 veces), mientras el presupuesto total apenas se duplicó. Estos departamentos tienen dos características especiales: una baja población rural, particularmente en el Vichada, donde tan solo habita el 1% de la población denominada estadísticamente “resto” (sector rural). Pero de otro lado, es allí donde se han presentado los fenómenos recientes de acaparamiento y extranjerización de tierras, con miras al desarrollo de grandes proyectos agroindustriales, lo que explica el inusitado incremento de las inversiones en el sector rural destinadas a esta región.

Ahora bien, como se advierte en la gráfica anterior, hay un drástico descenso en el presupuesto proyectado para el año próximo. La caída de los precios internacionales de las materias primas, en particular del petróleo, hacen que el Estado colombiano tenga serias dificultades fiscales, por la alta dependencia de sus ingresos frente al sector mineroenergético.

El presupuesto total para 2016 tiene un ligero aumento del 2,5%. No obstante, hay varios sectores que se ven golpeados con importantes reducciones presupuestales. El agropecuario es uno de ellos, los recursos asignados pasan de $3,9 billones en 2015 a $2,4 en 2016, lo que significa una reducción del 38,5%. Solo la Registraduría y Deporte y Recreación tienen recortes más altos. Hay otros rubros, que como ha ocurrido tradicionalmente, crecen a pesar de la crisis: El servicio de la deuda aumenta 3,1% (más que el presupuesto total), llegando a los $48,6 billones, el 22,5% del presupuesto total. Defensa y policía aumenta 8,3%, ubicándose en $30 billones.

Es decir, el año próximo se gastará 19 veces más en deuda y 12 veces más en Defensa que en el agro. Un dato muy ilustrativo es que en 2016 se financiarán 3.112 cargos públicos para el sector agropecuario y 505.512 en el sector defensa.

Ahora bien, vale la pena preguntarse en qué se gastó el presupuesto del sector en el último periodo. La inversión del sector está dividida en seis grandes temas: Fondos Agropecuarios; Formalización, titulación y restitución de tierras; Generación de Ingresos y capacidades productivas; Infraestructura y operación Distritos de riego; Vivienda Rural; y Apoyo al desarrollo rural y la competitividad del campo. Los valores asignados entre 2006 y 2016, dan cuenta que el rubro que más recursos recibió fue el de desarrollo rural y competitividad, con el 54%.

Al discriminar este valor entre los subprogramas que lo conforman, se concluye que el programa al que más recursos se destinaron durante el periodo fue el tan desprestigiado Agro Ingreso Seguro, con el 38,1% ($3,9 billones), el cual hasta el año 2015 ha recibido desembolsos. Le siguen  “Asistencia Técnica, Créditos y Apoyo A Microempresas Rurales” (14,9%) y “CIF, ICR y PRAN Nacional PRAN Cafetero-Silvicultura” (9,5%). Es claro que ninguno de los tres está enfocado en la promoción de la economía campesina. Tampoco existe un rubro destinado específicamente al acceso a tierras, más allá de formalización y restitución.

Mientras tanto, al programa de Agricultura Familiar por ejemplo, solo se le asignó presupuesto en el 2014, por $131.550 millones. El Fondo de Comercialización y la Implementación de proyectos productivos, son otros ejemplos de programas que no han tenido continuidad, se les han asignado recursos de manera intermitente. Para Educación rural apenas se proyectan recursos para 2016, $2.500 millones.

En conclusión, el presupuesto destinado al sector agropecuario ha sido considerablemente bajo. Si bien en el último periodo los recursos aumentaron, estuvieron destinados principalmente a políticas que favorecen a los grandes empresarios agroindustriales, como Agro Ingreso Seguro, el Certificado de Incentivo Forestal (CIF), Incentivo a la Capitalización Rural (ICR), entre otros. Los resultados recientemente publicados del Censo Agropecuario evidencian que la política pública ha sido insuficiente para superar la pobreza rural, las brechas entre el campo y la ciudad, incrementar el área cultivada, democratizar la propiedad de la tierra, etc.

Preocupa de manera especial que ante la crisis fiscal, producto de la dependencia generada del sector extractivo, el agro sea uno de los sectores más afectados. Con esta caída tan drástica en el presupuesto, será muy difícil cumplir con las recomendaciones de la Misión Rural, materializar los acuerdos de paz y en general, lograr las transformaciones del campo que le permitan condiciones de vida digna a sus pobladores, lo que hoy reclaman los movimientos campesinos.

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Un Censo Agropecuario sin campesinos

La semana pasada se anunció la entrega de resultados del Censo Nacional Agropecuario. La información que se conoce hasta ahora no arroja muchas sorpresas. Por el contrario corrobora las denuncias históricas del movimiento campesino que se ha movilizado con mayor fuerza en los últimos años para exigir una reforma agraria ante la elevadísima concentración de la tierra en Colombia, para denunciar el modelo de agronegocio que ha derivado en el aumento de cultivos permanentes en detrimento de aquellos que garanticen la soberanía alimentaria, y para denunciar el escaso apoyo que los gobiernos han dado a la economía campesina.

Pese a reflejar una historia conocida, las cifras que hasta ahora se conocen del Censo no dejan de ser preocupantes. En primer lugar, la altísima concentración de la tierra: el 69,9% de las Unidades Agropecuarias tiene menos de 5 hectáreas y ocupa menos del 5% del área censada, mientras el 0,4% tiene más de 500 hectáreas y ocupa el 41,1%. Apenas el 6,3% del área rural está cultivada. Y de esta, el 74,8% corresponde a cultivos permanentes, cifra que ha venido aumentando desde el censo de 1960, cuando ocupaba el  43,7%. Todos estos resultados alarmantes, que dan cuenta de un modelo de desarrollo rural profundamente excluyente. Acierta Juan Manuel Santos cuando, rayando en el cinismo, afirma que en el campo “está todo por hacer”, tras cinco años en la Presidencia de la República.  

Pero lo más alarmante del Censo es que no tuvo en cuenta al campesinado colombiano. Aunque suene paradójico, el DANE no contempló dentro de sus categorías al campesino ni a la campesina al momento de formular las cerca de 180 preguntas que hicieron parte del cuestionario. Aunque las directivas del DANE afirmen que el Censo Nacional Agropecuario no es un censo poblacional, ya que su finalidad es contar con información sobre la situación del campo colombiano, el Censo sí debería reconocer a quienes son sus principales habitantes, máxime si se tiene en cuenta que dentro de sus categorías, el DANE sí indagó por el número de “productores agropecuarios” y no de campesinos propiamente, con lo cual se desconoció la relación que el campesinado tiene con la tierra y la producción social del territorio campesino. Desconocer e invisibilizar a los campesinos y campesinas tiene profundos efectos políticos sobre la manera como el gobierno y distintas instancias se relacionan con el campo, el agro y sus sujetos.

No sorprende que luego de las movilizaciones agrarias, en las que el Presidente de la República se atreviera a asegurar la inexistencia de los paros y protestas, se continué desconociendo a sus principales actores. También preocupa que luego de tres años de iniciadas estas movilizaciones y de haber establecido canales de negociación con el campesinado colombiano, el gobierno continúe negando su existencia, ubicándolos en categorías en las que la mayoría de ellos no se reconoce. Una de las principales demandas campesinas en la actualidad, tanto a nivel mundial como nacional, está relacionada con la exigencia de que se reconozca al campesino, no como un simple productor sino como un sujeto colectivo que reivindica una identidad propia, en virtud de la cual demanda unos derechos específicos y políticas que reflejen su situación.

Teniendo en cuenta que el Censo Nacional Agropecuario es una herramienta para el diseño de políticas púbicas ajustadas a la realidad del campo, es previsible que sus resultados se utilicen para favorecer la visión modernizadora y excluyente del sector agrario (como la que impulsa el proyecto de las Zidres), si no se reconoce la existencia misma de los campesinos que se ven afectados por este modelo. Es por ello urgente impulsar políticas que reconozcan la identidad campesina a aquellas personas que alimentan la nación y que protegen nuestros suelos, aguas y semillas, aunque con preocupación constatamos que el gobierno nacional avanza en dirección contraria.

 

 

 

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Cundinamarca y Tolima reclaman reconocimiento de los derechos del campesinado

La provincia del Sumapaz está conformada por 10 municipios, siendo su capital y centro económico Fusagasugá. Esta región históricamente se ha caracterizado por la defensa del territorio, por las luchas agrarias, por la defensa de los derechos humanos y la búsqueda de condiciones dignas de vida. La lucha agraria de la región del Sumapaz y oriente del Tolima ha sido encabezada por importantes líderes como Juan de la Cruz Varela y Erasmo Valencia.

Juan de la Cruz, líder nato y comprometido con el campesinado de la región, luchó siempre por la defensa de los derechos de los campesinos y la gente humilde. Sus esfuerzos impulsaron una fuerte movilización donde los campesinos exigieron sus derechos frente a los hacendados, dejando de pagar arriendo y proclamándose colonos, es decir, ocupantes legítimos de terrenos baldíos. Tales iniciativas llevaron a consolidar una poderosa federación regional que llamaron la "Colonia Agrícola del Sumapaz", la más amplia organización campesina del período.

Lo mismo puede decirse de otras dos regiones cruciales para las luchas campesinas en Colombia: la región del Tequendama y el norte del Tolima. En el primer caso se han destacado municipios como Viotá y Quipile, mientras en el segundo resaltan Villahermosa y el Libano, cuna del actual Coordinador Nacional Agrario (CNA).     

Tras luchas de décadas por mejorar las precarias condiciones de los campesinos, no se han logrado los cambios que se pretenden. Por el contrario, se ha intensificado la estigmatización, el desplazamiento, la violación a los derechos humanos, el abandono y olvido del Estado.

En la Audiencia pública regional por el reconocimiento de los derechos del campesinado, convocada por el Senador campesino Alberto Castilla, realizada el pasado 14 de agosto en Fusagasugá, se escucharon voces de reclamo de los diferentes líderes y organizaciones campesinas que asistieron a este importante evento.

Javier Medina, del Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) y la Estrategia colaborativa por la garantía de los derechos  a la tierra y al territorio, intervino para hacer un contexto de la situación del campesinado a nivel nacional, destacando la importancia de las luchas por la reforma agraria y la soberanía alimentaria. Agregó que la realidad del campo está “sobrediagnosticada” y que aspectos como la pobreza rural, la gran minería, los conflictos por el uso del suelo y la extrema concentración de la tenencia de la tierra revelan la necesidad de impulsar políticas públicas redistributivas y transformativas en el campo colombiano, privilegiando espacios de participación en los niveles local y departamental, en el marco de un esfuerzo amplio por el reconocimiento del  campesinado como sujeto político.

David Pulido, del colectivo Tierra Libre, intervino haciendo un contexto regional que destacó las dificultades del campo tras la apertura económica y las repercusiones negativas que ha traído para el sector agrícola. Agregó que en el departamento de Cundinamarca se viene profundizando un modelo de ordenamiento territorial contrario a los intereses del campesinado, poniendo como ejemplo la Sabana de Bogotá, zona que posee tierras de buena calidad destinadas a grandes proyectos de infraestructura y cultivos agroindustriales ajenos a la economía campesina. 

El Senador Alberto Castilla describió la grave problemática que padece el campesinado colombiano: la ausencia de una genuina reforma agraria y la concentración de la propiedad rural; los impactos del libre comercio en la agricultura; la profundización del modelo extractivista que privilegia la gran minería, la extracción de hidrocarburos y la construcción de represas que afectan el territorio; el no reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos y la exclusión de los escenarios de participación, entre otros.

Tras evidenciar el preocupante panorama del campo colombiano, el senador Castilla se refirió a la reforma constitucional que está impulsando para alcanzar el reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, el reconocimiento de la territorialidad campesina y el derecho a la consulta popular para decidir sobre posibles situaciones que puedan afectar a los territorios donde habitan las comunidades campesinas.

Las organizaciones y líderes campesinos presentes, provenientes de las regiones del Sumapaz, Tequendama y norte del Tolima, integrantes de procesos como el Coordinador Nacional Agrario, Fensuagro, Congreso de los Pueblos, Marcha Patriótica, la campaña Agua sí, Petróleo No, la Federación de Estudiantes de Agronomía de Colombia, así como varios procesos de producción y comercialización campesina, coincidieron en apoyar de manera decidida esta importante iniciativa que esperan sea aprobada en el Congreso de la República, y que se consolide como un aporte hacia el mejoramiento de las condiciones de vida y la construcción de paz. En el evento también participó el dirigente nicaragüense Fausto Torres, integrante de la CLOC-Vía Campesina.  

Los asistentes llamaron a la movilización por la defensa de los bienes comunes como el agua, la vida y el territorio, por la unidad de las luchas campesinas, y por la defensa de los ecosistemas de la región, en especial el páramo de Sumapaz, el más grande del mundo.  

En el cierre del evento, el senador Castilla manifestó la necesidad de avanzar hacia una reforma agraria integral que redistribuya y democratice la propiedad de la tierra; que los baldíos y latifundios se pongan a disposición de los campesinos y no de los empresarios; que se garantice el acceso a la tierra para aquellos que no la tienen y que las exigencias del movimiento campesino expresadas en la movilización social se conviertan en política pública para construir un país más justo y en paz.

 

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Explotación de carbón vulnera la salud y el ambiente en el Caribe colombiano

Gran debate de Minería y Salud 

El Senador campesino Alberto Castilla, realizará mañana 11 de Agosto,  en la Comisión Séptima debate de control político sobre los impactos en la extracción de carbón en la costa caribe del país. El propósito del debate es evidenciar lagraves consecuencias laborales, ambientales y de salud que padecen los trabajadores desector y las comunidades de Cesar, Magdalena y la Guajira relacionadas con la extracción del mineral. 

El Senador Castillatras realizar una  investigación durante varios meses, ha podido establecer que las empresas dedicadas a la explotación de carbón están evitando asumir responsabilidades  con sus trabajadores, evadiendo  el pago de pensiones  a quienes desempeñan labores de alto riesgo en estas compañías. También ha documentado las afectaciones ambientales que inciden en problemas de salud en las comunidades de la región atribuibles a la explotación minera.    

A pesar de todos los riesgos a los que los trabajadores de esta industria están expuestos, Cerrejon ha decidido recientemente recortar el plan de salud de manera arbitraria, frente a lo cual el Senador Castilla exigirá explicaciones al Ministerio de Trabajo

El Senador también mencionará las denuncias lanzadas sobre tratos crueles y degradantes en los lugares de trabajo, así como la persistente utilización de químicos declarados como cancerígenos que ponen en grave riesgo la salud de los trabajadores. El debate apunta a hacer varias exigencias que buscan proteger a los trabajadores y las comunidades de la región ante las omisiones del gobierno central y las graves carencias de la institucionalidad pública minera.   

Al debate están citados el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria, el Ministro de Trabajo, Luis Eduardo Garzón y de Ambiente Gabriel Vallejo. 

Hora: 10: 00 am

Fecha: Agosto 11 de 2015

Lugar: Recinto Comisión Séptima de Senado

 

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Ríos Vivos es un movimiento afectado por proyectos hidroeléctricos

Ríos Vivos es un movimiento de afectados por proyectos hidroeléctricos en diferentes regiones del país. Hacen una defensa valiosa de la vida, el territorio y la economía campesina, ante el despojo y los daños ambientales que este tipo de proyectos traen a las comunidades. Su trabajo incluye a los afectados por las represas que se han creado desde la década de los ochenta, las que están en construcción actualmente y las que se proyecta construir. De acuerdo con sus cálculos, ya van cerca de 100 mil personas desplazadas por represas en todo el país y miles de hectáreas productivas han sido inundadas. Esta situación les ha llevado a reivindicarse como víctimas, no del conflicto armado, sino de este modelo de desarrollo.       

En repetidas ocasiones, miembros de este movimiento han sufrido amenazas, desapariciones y homicidios. La desprotección del Estado a estas comunidades las ha llevado a plantear sus reclamos en escenarios internacionales, donde han denunciado el asesinato de 51 opositores a proyectos hidroeléctricos, todos ellos integrantes de Ríos Vivos. A esta persecución, se suma la estigmatización y el desprestigio de diferentes instituciones oficiales contra su movimiento. Sus líderes me han informado que varias entidades se niegan a dialogar cuando las víctimas se identifican como integrantes de Ríos Vivos y que existe una campaña de desprestigio en su contra, con el objetivo de desestimular que las comunidades se vinculen a su movimiento y a la defensa del territorio.

El reciente y tardío anuncio de la ANLA, en el que anuncia la apertura de una investigación por el inadecuado manejo ambiental durante el llenado de la represa del Quimbo en el departamento del Huila, confirma la manera irresponsable en que el gobierno impulsa este modelo energético.

Por tanto, exijo al gobierno nacional que brinde plenas garantías al movimiento Ríos Vivos, en cuanto a su seguridad física y también frente a su legitimidad como movimiento que se opone a la construcción de represas. Son las comunidades las que deben decidir lo que se hace o no en sus territorios. No se puede continuar imponiendo un modelo que profundiza el extractivismo frente a las demás actividades productivas y que solo beneficia a las multinacionales del sector energético.  

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No mas casas de cartón, la comunidad merece una vivienda digna

COMUNICADO DE PRENSA

No mas casas de cartón, la comunidad merece una vivienda digna

En el marco del ciclo de audiencias sobre hábitat, vivienda digna y servicios públicos domiciliarios, que viene  realizando el senador Alberto Castilla en diferentes ciudades del país, la tercera jornada tendrá lugar el próximo 31 de julio, en el hemiciclo del Concejo Municipal de Santiago de Cali, a partir de la 1:00 pm.

Este trabajo del parlamentario se ha vinculado a la  campaña nacional que adelantan distintas organizaciones y plataformas sociales, denominada “Hogar Digno Hogar”, que busca visibilizar y denunciar la problemática de vivienda que afecta  a numerosas comunidades.

El evento contará con la participación de diferentes organizaciones sociales, líderes barriales y comunidad en general, que denunciaran la grave crisis de vivienda que atraviesa el departamento del Valle, el alto precio de los servicios públicos domiciliarios y su calidad, asentamientos informales, desalojos, condiciones de reubicación, construcción de megaproyectos y calidad.

El senador Alberto Castilla ha venido realizando una serie de denuncias frente al modelo de ciudad que se ha implementado en Colombia, afirmando que éste agudiza la histórica marginación de sus habitantes, insistiendo en que siguen siendo insuficientes las políticas públicas de las entidades gubernamentales frente a la problemática de vivienda, movilidad y servicios públicos.

Así mismo, ha solicitado a los gobiernos departamentales la vinculación de la comunidad a la búsqueda de soluciones que permitan superar la grave crisis de vivienda que atraviesa el país.

Al igual que en ciudades como Medellín, Bogotá, Popayán, Barranquilla, entre otras, Cali hoy asume un modelo enfocado al sector de venta de servicios, cuyo Plan de Ordenamiento Territorial se enfoca en reasignar usos de suelo con proyectos de renovación del centro y la zona periférica -tanto en ladera como oriente-, al servicio de la especulación financiera, a la construcción de mega   proyectos comerciales, que beneficia a los grandes capitalistas que invierten en la ciudad.

Cali es hoy una ciudad de conflictos por la diversidad de problemáticas sobre el territorio. Planes como el Plan Jarillón Cali –PJOA– y la renovación centro Ciudad Paraíso, sumado a las viejas problemáticas de vivienda informal y el accionar de los bancos por créditos hipotecarios, que hoy pretenden despojar el derecho a una vivienda digna, acudiendo a la nefasta forma de desalojos, como sucedió semanas atrás con la comunidad del Jarillón Sector Venecia y las Vegas, han sido motivo de diversos plantones, tomas pacíficas y movilizaciones.

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Crisis financiera, un virus más del sistema de salud

“Cien mil millones de pesos frente a una deuda de más de 5 billones de pesos, son paños de agua tibia a la crisis financiera del sistema de salud”. Senador Alberto Castilla.

Como ciudadano y senador de la República, expreso mi profunda preocupación por la crisis financiera generalizada que atraviesa la red pública nacional hospitalaria. Se cuentan casos emblemáticos por la historia o el impacto social de algunas instituciones al borde del colapso. Por ejemplo, el Hospital de San Vicente en Antioquia, con innovaciones históricas en diferentes campos de la medicina, tiene hoy deudas por cobrar a las EPS que superan los $300.000 millones; al Hospital Universitario del Valle (HUV), único en su condición en la región y encargado de atender a la población más vulnerable, le adeudan $123.000 millones generando el no pago de los salarios a sus trabajadores, desde hace dos meses. En la Costa Atlántica, seis de los principales centros hospitalarios han anunciado “cierre paulatino de servicios”, si no se resuelven las deudas a su favor. La crisis ha generado en el día de hoy movilizaciones de parte de pacientes y trabajadores, las cuales felicitamos y acompañamos. 

En todos los casos, el común denominador son las cuantiosas deudas que diferentes agentes del sistema de salud, principalmente las EPS, tienen con clínicas y hospitales. La deuda total asciende a $5,3 billones, de los cuales $3 billones corresponden a cartera morosa. Esta situación obedece a los incentivos inadecuados del sistema, al poder excesivo de las EPS, el privilegio del sistema de aseguramiento, intermediación financiera y lucro privado y a la falta de control de las entidades correspondientes.

Rechazo las soluciones parciales que el Gobierno Nacional ha ofrecido frente a esta problemática, como lo señalado por el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria quien anunció que se destinará 100 mil millones de pesos adicionales para la compra de cartera a las EPS, con un periodo de gracia de tres meses.  Proponer alternativas que generen mayor endeudamiento a los hospitales o endilgar la crisis únicamente a problemas de gestión, desconoce las falencias estructurales del sistema y permite el paso del tiempo que arrastra consigo a las instituciones a  situaciones dramáticas, afectando a pacientes y trabajadores.

Como senador de la República e integrante de la Comisión Séptima, exijo al Gobierno Nacional, a las entidades territoriales y a los órganos de control, que atiendan la grave situación financiera que hoy aqueja a gran parte de los hospitales públicos. A las EPS en particular, que paguen sin más dilaciones las deudas que tienen con estas instituciones. Colombia requiere una red pública hospitalaria fortalecida, que atienda a las poblaciones más vulnerables en las regiones, garantice los derechos de los trabajadores y contribuya a la prestación de la salud como un derecho fundamental, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política y lo ratificado por la Ley Estatutaria recientemente aprobada.

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La persistencia a pesar de la adversidad

La historia reciente del movimiento social colombiano puede resumirse en una frase: la persistencia a pesar de la adversidad. A pesar de la violencia que ha acosado al movimiento sindical, del ataque permanente que ha cobrado la vida de varias generaciones de dirigentes campesinos, o de los proyectos etnocidas contra las comunidades indígenas y afrocolombianas, hoy el movimiento social se expresa en calles, resguardos y veredas, mostrando su inconformidad con las políticas que vulneran los derechos de las comunidades. A pesar de la violencia y la persecución, las comunidades han logrado recomponer su fuerza social para convertirse en parte activa de la sociedad. Sus pliegos de peticiones, sus planes de vida, sus mandatos, son expresión de esa Colombia que busca un país en paz, con justicia social y con respeto a la madre tierra.   

Sin embargo, en las últimas dos semanas el movimiento social colombiano, en especial el Congreso de los Pueblos y la Marcha Patriótica, viene sufriendo una creciente persecución contra sus líderes. Aparte de los habituales asesinatos, amenazas y desplazamientos forzados, el movimiento social hoy vive una oleada de capturas producidas en el marco de montajes judiciales que tienen una doble finalidad: mostrar resultados ante la opinión pública y estigmatizar al movimiento social para frenar su acción política. Por eso desde el movimiento social sostenemos que estos líderes detenidos están siendo víctimas de “falsos positivos judiciales”, para expresar que estamos ante montajes que buscan presentar resultados positivos en la labor investigativa, aunque aún haya profundas dudas sobre los hechos materia de investigación.

Hoy son objeto de captura dirigentes reconocidos por su labor en el movimiento campesino, estudiantil, juvenil, de mujeres y de defensa de los derechos humanos. Tales capturas se han dado con evidente vulneración a la presunción de inocencia y al debido proceso, en tanto el gobierno y los medios ya dan por cierto, sin que haya mediado una investigación judicial apropiada, que estas personas son responsables de los hechos que se les acusa. También se ha vulnerado su derecho a la intimidad y al buen nombre, en tanto los medios de comunicación han utilizado de manera indebida información privada para señalar y estigmatizar a las y los integrantes del movimiento social hoy detenidos. A lo anterior se suma que altos mandos de la Policía han hecho veladas acusaciones contra los abogados defensores de las personas detenidas, cuestionando así el derecho a la defensa y las mínimas garantías constitucionales.  

Considero que tales detenciones atentan contra el derecho a la movilización, a la organización y a la protesta, pues buscan menguar el liderazgo social y político que cada una de estas personas ha demostrado en distintos espacios. Como Senador de la República y como dirigente del movimiento campesino, rechazo categóricamente esta persecución contra el movimiento social, y exijo garantías judiciales para las personas

Preocupa seriamente que mientras el Presidente de la República proponga cambiar el lenguaje para dirigirnos a los actores armados, se viva una arremetida verbal y judicial contra los movimientos sociales que tienen  propuestas de paz. Por eso las actuales detenciones, que suceden cuando se avanza hacia la anhelada solución negociada al conflicto, demuestran la necesidad de que el Gobierno brinde reales garantías al movimiento social y a sus líderes para el libre ejercicio de sus derechos. Solo así será posible una paz con cambios. Y esta última requiere una paz con libertad. 

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La insistencia en el despojo legal

El proyecto de ley que crea las ZIDRES convierte proyectos privados en interés nacional y levanta prohibiciones para evitar la concentración de la tierra

A pesar de las críticas de diferentes sectores, de la publicación de informes que demuestran el acaparamiento de baldíos[1] y del trámite enrarecido en el Congreso, continúa la discusión del Proyecto de Ley 223 de 2015 (Cámara), que crea las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (ZIDRES), el cual fue aprobado el pasado 17 de junio en sesión plenaria de la Cámara de Representantes.

Esta iniciativa es el remplazo del Proyecto de Ley 133 de 2014, retirado el pasado mes de marzo, para buscar los consensos que permitieran su aprobación, como afirmó el Ministro Cristo en la carta que solicitaba su retiro. Sin embargo, el contenido casi idéntico de ambos proyectos confirma que el verdadero motivo del retiro fue la existencia de vicios en su trámite, los cuales estaban relacionados con los impedimentos de varios miembros de la Comisión Quinta que no fueron declarados a tiempo[2].

Lo cierto es que la nueva versión del proyecto de ley es un texto prácticamente igual al anterior, por lo cual ha generado las mismas críticas por parte de las organizaciones campesinas en las audiencias públicas que se han desarrollado al respecto. Para este nuevo proyecto no se llegó entonces a ningún consenso, lo que pone en evidencia que lo que se buscaba con el retiro del proyecto 133 era evitar que se consumaran los vicios que hicieron turbio su trámite. Sin embargo, esto no ha evitado que en medio del afán del Gobierno por darle curso a este nuevo proyecto, se hayan cometido nuevos vicios que ponen en tela de juicio su constitucionalidad[3].

Ya se ha dicho que las Zidres constituyen un nuevo intento por eliminar las restricciones de la Ley 160 y autorizar acumulaciones de predios con orígen baldío por encima de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), incrementando la concentración de la propiedad de la tierra y desconociendo al campesinado[4]. Estos elementos se mantienen en el proyecto, con dos novedades que son preocupantes y que deben alertar al movimiento social y en especial al movimiento campesino: la declaratoria de utilidad pública de las Zidres y el levantamiento de límites para la concentración de la tierra para bienes adjudicados como baldíos antes de 1994. 

La utilidad pública de las zidres como medio para el despojo

Un elemento novedoso de este intento por transformar el régimen de baldíos consiste en considerar que las ZIDRES son de utilidad pública e interés social[5]. El Gobierno Nacional viene aplicando esta figura a proyectos que benefician al sector privado y que tienen por objeto expropiar inmuebles para dar vía libre a las necesidades de las grandes empresas que ejecutan proyectos mineros, petroleros, hidroeléctricos y ahora agroindustriales. Aunque en el segundo debate del proyecto la plenaria de Cámara aprobó una modificación para que tal declaratoria no busque la expropiación de bienes, en la práctica el objetivo de la figura de la utilidad pública es justamente el de permitir que el Estado expropie bienes en nombre del interés general.

Por eso es crucial desmontar dos sofismas. Por un lado, que las Zidres son de interés social. Por otro, que la utilidad pública no tendría como objetivo la expropiación. Lo que es claro es que en nombre del “interés nacional” serán beneficiados grandes inversionistas privados (nacionales y extranjeros) y que la figura de la utilidad pública tiene -jurídicamente- la finalidad de generar expropiación de bienes, aunque pretenda sostenerse lo contrario[6]. Así, de ser aprobado el proyecto, las Zidres serán un mecanismo legal para propiciar el despojo de tierras en nombre del interés nacional. 

El levantamiento de los límites para la concentración de la tierra antes de 1994

Durante el primer debate del proyecto los congresistas del uribismo presentaron una proposición orientada a que las personas naturales o jurídicas propietarias de predios adjudicados como baldíos después de la expedición de la ley 160 de 1994, no pudieran adelantar proyectos productivos dentro de las Zidres[7]. La propuesta uribista propiciaría que todos los baldíos adjudicados antes de la Ley 160 puedan acumularse sin restricción alguna dentro de las denominadas Zidres, con el objetivo de adelantar proyectos agroindustriales de gran extensión. Con esta propuesta se reabre un debate posicionado por el Gobierno y por los empresarios del agro frente a dicha (en concreto sobre la vigencia del artículo 72) en el que se contemplan algunas de las restricciones para la concentración de tierras con antecedente de baldío.

De convertirse en ley la propuesta uribista, los baldíos quedarían divididos en tres grupos:  (i) los adjudicados antes de 1994, que se podrán acumular sin ninguna limitación;  (ii) los adjudicados entre 1994 y la expedición de la Ley Zidres, que estarían “a salvo”, en principio; (iii) los predios aún baldíos, que serán concesionados a empresarios para que desarrollen en ellos proyectos agroindustriales[8].

El gobierno ha asegurado que la prohibición de acumulación de tierras baldías contenida en el artículo 72 de la Ley 160 aplica únicamente para los bienes adjudicados durante la vigencia de dicha ley, así que los bienes baldíos adjudicados bajo leyes anteriores a la 160 de 1994 podrían ser objeto de acumulación por encima de los límites impuestos por esta última. Para sustentar esta postura, el gobierno ha argumentado que la ley no es retroactiva, de ahí que no sea posible aplicar dichas prohibiciones a situaciones jurídicas acaecidas bajo leyes que ya no están vigentes o que son anteriores a la Ley 160.

La interpretación del Gobierno intenta favorecer la concentración de la propiedad de la tierra en Colombia y es contraria a los principios básicos de interpretación legal, constitucional y del derecho internacional, al menos por dos raznes:

1. Existen límites para impedir la concentración de la tierra antes de la vigencia de la ley 160 de 1994. La interpretación del gobierno implicaría desconocer leyes anteriores que han tenido como propósito imponer tales límites a la concentración de la tierra. El espíritu de las leyes 135 de 1961, 30 de 1988, y 160 de 1994 es justamente evitar la concentración de la propiedad rural en pocas manos. Con independencia de las limitaciones que tenían estas leyes para cumplir esos propósitos, y de los resultados de su aplicación, lo cierto es que las adjudicaciones hechas bajo regímenes anteriores al de la Ley 160 de 1994, también contemplaron límites para la adquisición de baldíos con el objetivo de evitar que unos pocos adquirieran muchas tierras y que los campesinos siguieran desprovistos de ellas.

2. Las adjudicaciones de baldíos hechas antes de 1994 se rigen por las leyes vigentes en aquel momento, y por las actuales frente a posibles modificaciones al día de hoy. Las adjudicaciones hechas antes de 1994 constituyen situaciones jurídicas consolidadas, las cuales se rigen por los preceptos legales bajo los cuales se realizaron. A pesar de lo que diga el Gobierno, no hay un conflicto frente a la  aplicación en el tiempo de la Ley 160, pues las adjudicaciones realizadas antes de la vigencia de dicha ley se rigen por esas normas, y si hoy día esas situaciones se pretenden modificar -por medio de la venta de esos predios, por ejemplo-, dichas transacciones se regirían por las disposiciones actualmente vigentes, esto es, por la Ley 160.

Por lo anterior, el Proyecto de Ley de Zidres no puede pretender levantar la prohibición de acumulación para los baldíos adjudicados antes de 1994, como si esta no hubiera existido antes, y como si no existiera bajo la ley actualmente vigente que es la 160 de 1994. Incluso el Incoder avala esta interpretación en contravía de lo que asegura el Gobierno nacional. En respuesta a una petición enviada por el Senador Alberto Castilla, esta entidad aseguró que: “La prohibición establecida en el inciso noveno del artículo 72 de la Ley 160 de 1994, no debe ser aplicada con retroactividad sino que, por el contrario, se deben respetar los derechos de propiedad de quienes adquirieron terrenos mayores a una UAF en los términos de las disposiciones legales anteriores. Ahora bien,si con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 160 el titular del predio decide transferirlo, debe hacerlo atendiendo las limitaciones normativas actuales, es decir ajustándose a la prohibición prevista en la Ley 160 de 1994[9]. Como se observa, el Incoder aclara la supuesta disputa sobre la vigencia del artículo 72 de la Ley 160, que el Gobierno pretende provocar para favorecer la concentración de la tierra.

Pero hay un elemento adicional. Esta interpretación ya ha sido de hecho aplicada en los casos concretos que conoce el Incoder. En efecto, en el caso de presunta acumulación del Magistrado Pretelt, el mismo Incoder ha emprendido recientemente la elaboración de demandas de nulidad contra los predios propiedad del Magistrado en el departamento de Córdoba[10], debido a que superan la extensión de la UAF. Estos predios fueron adjudicados antes de 1994 y el Incoder les está aplicando los límites impuestos por la Ley 160 de 1994 para sustentar sus acciones de nulidad. Es claro entonces que el Proyecto de Ley de Zidres está impulsando unas modificaciones que interpretan la vigencia de las leyes de manera errónea y amañada.

Pero el problema que tiene la interpretación amañada del Gobierno sobre las prohibiciones para concentrar la tierra por encima de los límites permitidos no es solo un problema de vigencia. Es también un problema de políticas públicas en materia de derechos. Una medida que permita concentrar la tierra si las adjudicaciones se hicieron antes de 1994 es a todas luces regresiva, lo cual está prohibido por nuestro ordenamiento constitucional. En efecto, en materia de derechos sociales está prohibida la aprobación de medidas que provoquen retrocesos respecto de medidas del Estado que han tenido como objetivo avanzar en la garantía de los derechos. En este sentido, el levantamiento de las prohibiciones de concentración de la propiedad para situaciones anteriores a la ley 160 de 1994, aun cuando dichas prohibiciones sí existían, genera un retroceso frente a los límites que, a través de distintas medidas, ha adoptado el Estado colombiano para frenar la concentración en la propiedad de la tierra y avanzar de manera progresiva en la garantía del derecho a la tierra.

La concentración de la tierra es el verdadero propósito del Proyecto de Ley de Zidres, a pesar de que el gobierno y sus representantes en el Congreso quieran disfrazar la discusión para desviar la atención de la opinión pública. Aunque quieran mostrar las supuestas bondades que traería la “asociatividad” en las Zidres para el campesinado, las organizaciones campesinas saben muy bien cuáles son los reales propósitos de las Zidres y a quiénes benefician. Por eso seguirán alerta a los debates que le restan a este proyecto, los cuales se retomarán el próximo 20 de julio cuando inicie la siguiente legislatura. 


[1] Por ejemplo, el informe reciente de la Contraloría General de la República, que confirma ocho casos nuevos de acaparamiento por encima de la UAF.

[3] Este nuevo proyecto no ha estado exento de vicios. Siete de los diecinueve Representantes de la Comisión presentaron algún impedimento por ser propietarios de predios que eventualmente podrían verse favorecidos por los programas e incentivos establecidos en el proyecto de ley. Tres de estos congresistas, Ciro Fernández Núñez, Rubén Darío Molano y Franklin Lozano de La Ossa, firmaron la ponencia del proyecto que ya había sido radicada; tal firma los lleva a incurrir en una falta, puesto que debieron declarar su impedimento antes de participar en la elaboración de la ponencia y suscribirla. Adicionalmente, la aprobación final del articulado se dio una vez fue abierto el registro de la Plenaria de la Cámara. Por hechos similares, que constituyen vicios en la formación del proyecto de ley, la Corte Constitucional tumbó la reforma al fuero penal militar en 2013.

[5] Aunque este es un elemento novedoso en el Proyecto de Ley 233 presentado por el Gobierno, tiene su origen en una de las ponencias del pasado Proyecto de Ley 133.

[6] La versión inicial del proyecto contemplaba incluso la expropiación a quines no explotaran el predio de acuerdo a los criterios de la UPRA, según el artículo 9º en su Parágrafo 1°: “El trabajador agrario o titular de derecho de dominio podrá optar por no asociarse a los proyectos asociativos y continuar ejerciendo la explotación de su predio de manera individual, de acuerdo con los lineamientos productivos fijados por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA), de conformidad con las características de la zona, so pena de ser objeto de compra directa o expropiación de conformidad con el artículo 14 de la presente ley”.

[7] Parágrafo 3 del artículo 3 del informe de ponencia para segundo debate del Proyecto de Ley 233 de 2015, Cámara.

[8] A este tercer grupo pertenecen incluso los predios que actualmente están ocupados, pero que no han sido titulados, caso en el cual los campesinos deberán vincularse a los proyectos asociativos de las Zidres para acceder a la titulación, según el parágrafo primero del artículo 7º de la ponencia para segundo debate. Esto viola la expectativa legítima de los campesinos y campesinas de adquirir el derecho a ser propietarios del predio.

[9] Respuesta del Incoder a petición del Senador Alberto Castilla, radicada mediante oficio Nº HSJACS-0254, contestada el 20 de abril de 2015. 

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Explotación de carbón vulnera la salud y el ambiente en el Caribe colombiano

COMUNICADO DE PRENSA

Explotación de carbón vulnera la salud y el ambiente en el Caribe colombiano

Bogotá D.C., junio 2 de 2015.-  Hoy 2 de Junio, el senador campesino Alberto Castilla realizará en la Comisión Séptima debate de control político sobre los impactos de la extracción de carbón en la costa caribe del país. El propósito del debate es evidenciar las graves consecuencias laborales, ambientales y de salud que padecen los trabajadores del sector y las comunidades de Cesar, Magdalena y la Guajira relacionadas con la extracción del mineral.

El Senador Castilla, tras realizar una investigación durante varios meses, ha podido establecer que las empresas dedicadas a la explotación de carbón están evitando asumir responsabilidades con sus trabajadores, evadiendo el pago de pensiones a quienes desempeñan labores de alto riesgo en estas compañías. También ha documentado las afectaciones ambientales que inciden en problemas de salud en las comunidades de la región atribuibles a la explotación minera.

El Senador también mencionará las denuncias lanzadas sobre tratos crueles y degradantes en los lugares de trabajo, así como la persistente utilización de químicos declarados como cancerígenos que ponen en grave riesgo la salud de los trabajadores. El debate apunta a hacer varias exigencias que buscan proteger a los trabajadores y las comunidades de la región ante las omisiones del gobierno central y las graves carencias de la institucionalidad pública minera.

Al debate están citados el Ministro de Salud, Alejandro Gaviria, el Ministro de Trabajo, Luis Eduardo Garzón y de Ambiente Gabriel Vallejo.

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Audiencia pública por hábitat, vivienda digna y servicios públicos domiciliarios

COMUNICADO DE PRENSA

Audiencia pública por hábitat, vivienda digna y servicios públicos domiciliarios

Bogotá D.C., mayo 20 de 2015-El senador Alberto Castilla (Polo Democrático), el representante a la Cámara Víctor Correa, el Congreso de los Pueblos, la Corporación Volver, la Corporación Nuevo Día, Diálogos Campo Ciudad, La Mesa Interbarrial de Desconectados, La alianza de Comunas de la Zona Nororiental y La Corporación Montanoa.

Realizaran una audiencia pública, el próximo 22 de Mayo, a partir de las 9:00 am, en La Asamblea Departamental de Antioquía, con el propósito de evidenciar la crisis de vivienda y servicios públicos domiciliarios que atraviesa el departamento de Antioquia.

Una clara y dolorosa muestra de la deficiente política pública de vivienda y la ausencia de medidas de prevención, es lo sucedido en el Municipio de Salgar, que evidencia la importancia de una política de vivienda que garantice el derecho al territorio y mitigue los riesgos de este relacionamiento.

Están invitados a la audiencia: Alcaldía de Medellín, Isvimed, Ministerio de Vivienda, VIVA-Empresa de Vivienda de Antioquia, Empresa de Desarrollo Urbano, Empresas Públicas de Medellín, Secretaria de Infraestructura de Medellín, Espacio Público, Personería, Defensoría y Secretaría de Salud.

El Senador Castilla, el representante Víctor Correa y las organizaciones convocantes, consideran importante dirigirse a los medios, para referirse a los temas antes mencionados. Por tal motivo invitan a rueda de prensa.

Fecha: Mayo 22 de 2015
Lugar: Asamblea Departamental Antioquia
Hora: 8:30 am

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Sectores sociales plantean críticas al Plan Nacional de Desarrollo

COMUNICADO DE PRENSA

Sectores sociales plantean críticas al Plan Nacional de Desarrollo

Bogotá D.C. abril 28 de 2015.- Mientras se adelantaba la discusión del PND en la Plenaria de la Cámara de Representantes, se realizó la Audiencia Popular sobre el Plan de Desarrollo, citada por el senador Alberto Castilla y los representantes a la Cámara Ángela María Robledo y Víctor Correa.

En ésta participaron diferentes organizaciones sociales, quienes plantearon críticas al PND y presentaron propuestas, que consideran deben incluirse en el Proyecto. La Audiencia se desarrolló con el objetivo de permitir un espacio de discusión de parte de las organizaciones sociales frente al Plan de Desarrollo, debido a su trascendencia y a la cantidad de temas que aborda.

Sectores estudiantiles de la MANE rechazaron que el Plan no disponga los recursos que se requieren para superar la crisis de infraestructura que atraviesan las universidades públicas, mientras se promueven más créditos vía ICETEX. Por su parte, la Mesa Nacional por el Derecho a la Salud, denunció que el articulado del Plan va en contra de los lineamientos que estableció la Ley estatutaria de salud y de la garantía del derecho a la salud.

La audiencia contó con la participación de sectores culturales, como el Sindicato de actores ACA y la Unión del Sector de la Música (USM), quienes demandaron mayor presupuesto para el sector en el marco del Plan de Desarrollo y denunciaron las afectaciones de los cambios en el uso del espacio electromagnético y la cuota de pantalla.

Alejandro Pulido, de la Coordinadora Mineroenergetica señaló que el Plan profundiza el modelo minero que ha causado tantos conflictos socio ambientales en el último tiempo. Miembros de la Cumbre Agraria denunciaron la falta de cumplimiento y compromiso del gobierno nacional frente a los acuerdos logrados con el gobierno y cuestionaron que sus pliegos no se hayan incluido en el Plan Nacional de Desarrollo.

Varias organizaciones sociales denunciaron a su vez la incongruencia entre este Plan de Desarrollo y las conversaciones de paz. Afirmaron que mientras el Plan no incorpora los acuerdos en La Habana, profundiza un modelo económico que agudiza los conflictos sociales.

Organizaciones de afrodescendientes también participaron en la Audiencia, afirmando que el trámite del Plan es inconstitucional, por falta de consulta previa con estas comunidades.

"Esta audiencia ratifica la escasa participación de los sectores sociales en la construcción del Plan de Desarrollo. Las organizaciones denuncian la inconvencia del Plan para el país, para el territorio y la vida. Sus propuestas no han sido escuchadas por el gobierno nacional ni por sus mayorías en el Congreso de la República", señaló Alberto Castilla, senador de Polo Democrático citante a la Audiencia, quien invitó a la ciudadanía a estar atenta a lo que el Congreso apruebe en estos días y a movilizarse contra el Proyecto.

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¿Plan Nacional de Desalojo? La figura de utilidad pública y el sector de infraestructura como medios para el despojo

Al preguntarle a un amigo y líder campesino su opinión sobre el Plan Nacional de Desarrollo, me contestó lo siguiente: “Ese no es un plan de desarrollo. Es un plan de desalojo”. Con estas palabras, el dirigente campesino Teófilo Acuña logró resumir muy bien las pretensiones que se esconden detrás de varias de las propuestas que integran el proyecto de ley del PND que el Gobierno presentó al Congreso para este cuatrenio y que actualmente se discute en el Congreso. Algunas de ellas, relacionadas con los denominados “proyectos de interés nacional y estratégico” (PINES), están dirigidas justamente a facilitar el despojo de tierras y territorios mediante la utilización amañada de la figura de utilidad pública. Dentro de estos proyectos se encuentran los de hidrocarburos, minería, energía e infraestructura, los cuales son sectores priorizados por el Gobierno tanto en las Bases del PND como en el articulado del proyecto de ley, y son los que constituyen los verdaderos pilares del desarrollo de Santos.

El sector de infraestructura, por ejemplo, es una de las principales apuestas económicas del PND. Esto se debe a la contracción del sector minero-energético y a las necesidades del gran capital derivadas de los tratados de libre comercio, así como al impulso del modelo extractivista y agroindustrial, todo lo cual requiere de vías o flujos para movilizar y exportar los bienes y servicios. Ante la desaceleración de la economía mundial y la caída de los precios internacionales de los commodities, en particular del petróleo, uno de los factores que propone el gobierno para reactivar la demanda es la infraestructura, como se menciona reiteradamente en las Bases del Plan[1]. A diferencia de lo que ocurre con otros sectores, la infraestructura ha pasado de agache bajo la premisa de que su modernización nos beneficiará a todos y todas. Vale la pena preguntarse qué riesgos trae para las comunidades que habitan los lugares que requieren ser utilizados para impulsar estos proyectos,  qué intereses se esconden dentro del supuesto “interés nacional” de los megaproyectos que son impulsados por el PND y a quiénes beneficia esta estrategia dentro del plan.

Expropiación exprés para garantizar viabilidad de PINES

La figura de utilidad pública, que tiene rango constitucional, resulta de extrema importancia para la realización de los proyectos de interés nacional y estratégico, pues es la que permite la expropiación de los derechos de propiedad sobre las tierras que son necesarias para desarrollar dichos proyectos. El gobierno actual y los anteriores son conscientes de ello, por lo que desde hace tiempo han venido promoviendo la utilización de esta figura de manera ligera e ilimitada para favorecer intereses de las grandes empresas que están detrás de estos negocios y no los de la ciudadanía.

El problema no es la figura de la utilidad pública, la cual es válida como límite al derecho a la propiedad cuando las tierras deban ser realmente utilizadas para intereses que no sean privados (los del propietario) sino públicos (los de la colectividad). De esta manera, el Estado está habilitado para expropiar a los dueños de bienes inmuebles en aras de la utilidad pública que deberían tener ciertos bienes, siempre que haya un proceso equitativo, debido y justo, en el que haya una indemnización -también justa- que le permita al propietario encontrar un bien similar en otro lugar y continuar con su proyecto de vida. Así, no puede haber expropiación sin que se alegue que detrás de esa acción hay un interés superior y público, y sin que medie un debido proceso conducente a la indemnización.

Como el Estado no está habilitado para expropiar si no alega tener un motivo de utilidad pública para ello, el gobierno ha decidido convertir, unilateralmente y sin un asomo de participación popular, proyectos que realmente benefician a privados en interés de la nación. Esto no es una novedad del PND, pues la arbitrariedad de esta figura viene siendo utilizada para imponer todo tipo de proyectos (mineros, hidroeléctricos, entre otros), pero el texto que se está discutiendo actualmente del PND le da varios impulsos.

Por un lado, el artículo 50 del texto aprobado por las comisiones económicas conjuntas, establece que el gobierno “organizará” el Sistema Nacional de Proyectos de Interés  Nacional y Estratégico  como una estrategia de gestión pública para la “optimización de procedimientos y trámites” de los denominados “Proyectos de Interés Nacional y Estratégico” (PINE). Asimismo establece que la Comisión Intersectorial de Infraestructura y Pines (CIIPE) seleccionará los proyectos que se considerarán como PINE, y que su ejecución y desarrollo constituyen, por sí solos, motivos de utilidad pública e interés social, quedando autorizada la expropiación de bienes por la vía judicial o administrativa. Por su parte, el artículo 52 establece que La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) tramitará “de manera integral y exclusiva los permisos y licencias ambientales requeridos en la ejecución de los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos –PINE”.

Los artículos son problemático por varias razones. En primer lugar porque, para tener semejantes potestades, la CIIPE goza de poca o casi nula publicidad. ¿Alguien sabe cómo opera esta instancia y cómo está regulada? En segundo lugar porque la CIIPE está compuesta exclusivamente por el Gobierno nacional y el nivel central, excluyendo a gobiernos locales y la participación popular. El CIIPE fue creado en el 2013 y la conforman los Ministerios del Interior, Hacienda, Minas y Energía, Ambiente y Transporte, así como el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Presidencia. Teniendo la misión de planificar y decidir sobre proyectos que supuestamente nos benefician a todos, la CIIPE parece más una instancia de aprobación y agilización de trámites para los proyectos que sean sometidos a esta instancia, que el lugar en el que se tomarán decisiones que consulten los intereses del pueblo.

De paso, quedan excluidas las comunidades a quienes sí les incumbe la realización de los PINES, no precisamente porque estos proyectos las vayan a beneficiar, sino porque la selección de un proyecto como de interés nacional y estratégico por la CIIPE apareja, según el artículo 50 del proyecto de ley del PND, la declaratoria de utilidad pública. Ello conduce, como se expuso anteriormente, a la expropiación. Así, bajo este artículo se le da vía libre a la expropiación de todos los bienes que se sean necesarios para llevar a cabo la multiplicidad de proyectos que pasan y pasarán por la CIIPE. De ahí la trascendencia de estos artículos dentro del PND, pues dan vía libre a un organismo netamente gubernamental para decidir qué proyectos serán de interés social y estratégico, agilizando sus trámites y licencias, al tiempo que permiten una expropiación que, así concebida, es más un despojo por vía legal que una legítima expropiación de bienes. Para ser legítima y legal requeriría que los motivos de utilidad pública realmente fueran de interés de todos y todas, y que adicionalmente fueran consultados con quienes sufren el impacto directo de dichos proyectos.

Como si fuera poco, el artículo 51 del proyecto de ley del PND, aprobado por las comisiones conjuntas,  “reserva” ciertos bienes, que tienen destinatarios constitucionales específicos, al beneficio del capital privado. Dicho artículo impide que las tierras solicitadas en restitución por las víctimas del despojo sean entregadas a sus legítimos dueños cuando los terrenos se encuentren en áreas declaradas de “interés público”. Según el artículo, este sería uno de los casos en los que habría “imposibilidad jurídica” para restituir el bien, por lo que en estos casos procedería la compensación y no la restitución. En una ponencia anterior, eliminada en el texto aprobado, se impedía que el Incoder adjudicara baldíos a los campesinos y campesinas en las “áreas declaradas de utilidad pública”.

Aunque esta última disposición fue modificada y eliminada, la que continúa sobre quienes han sido víctimas del despojo, implica que los campesinos (en su mayoría víctimas de la usurpación y desplazamiento forzado), constitucionalmente destinatarios de la reparación, deben ceder sus derechos a favor de intereses privados en virtud de una utilidad pública inconsulta y no comprobada. Esta disposición es además cínica, pues los países latinoamericanos que implementaron reformas agrarias utilizaron la figura de la utilidad pública o figuras similares justamente para expropiar tierras a terratenientes y distribuirlas entre los campesinos sin tierra. La reforma agraria es entonces la que resulta de utilidad pública y de interés nacional, y es evidente que la restitución de tierras en sí misma es insuficiente si no viene acompañada de una política de democratización en el acceso a la tierra.

Todo proyecto que quiera obtener el calificativo de utilidad pública debería surtir un proceso participativo en el que se demuestre realmente el interés público y en el que se cotejen los demás interés públicos en juego. El derecho a la reparación de las víctimas del despojo, que incluye como medida principal la restitución de las tierras usurpadas, tiene rango constitucional. ¿No es acaso de interés público y social reparar a las víctimas?, ¿No es acaso la paz uno de los supuestos pilares del PND? Nuevamente parece que el gobierno distorsiona la utilidad pública y la utiliza a su conveniencia, dejando de lado cuestiones que sí ameritarían el calificativo que le está dando a proyectos del gran capital.

¿Infraestructura para quién?

Si los PINES son en el fondo una forma de despojo legalizado, vale la pena preguntarse por los beneficiarios de la locomotora de la infraestructura. Es claro que algunas empresas se verían beneficiadas con tal regulación al convertirse en posibles gestoras de obras con inversiones y ganancias multimillonarias. Dentro de ellas se destacan Corficolombiana, corporación cuyo principal accionista es Luis Carlos Sarmiento Angulo, el principal banquero de Colombia, quien se autodefine como “el principal inversionista en infraestructura vial”[2], siendo accionistas entre otras de Concesionaria Vial de los Andes S.A., Proyectos de Infraestructura S.A., Concesiones CCFC S.A., Desarrollo Vial del Norte de Bogotá S.A., además de otros proyectos de infraestructura hidroeléctrica y de servicios públicos.

Otras familias “notables” de la política nacional tienen intereses en el sector. Tal es el caso de los Gerlein, a través de Valorcon S.A., la séptima empresa con más concesiones en el país según información del Ministerio de Transporte, la cual tiene proyectos en la Costa Norte y otras regiones del país. José Antonio Vargas Lleras, hermano del actual vicepresidente de la República, hace parte de la Junta Directiva de Emgesa, que adelanta, entre otros, el Proyecto Hidroeléctrico de El Quimbo. Debemos resaltar que es justamente el Vicepresidente quien tiene a cargo la Dirección para la Coordinación de Infraestructura, lo cual le sirve como palanca para  asegurarse la Presidencia de la República en 2018 a costa de favorecer intereses privados.

Como en tantos otros temas, con la infraestructura el gobierno antepone el interés de los grandes inversionistas por encima del acceso a la tierra de los campesinos, el cuidado del ambiente y el respeto a las comunidades. La utilidad pública no puede seguir utilizándose para favorecer intereses privados, y en cualquier caso las comunidades afectadas deben tener siempre participación y deben poder tener la palabra. Esto es lo que defenderemos en las discusiones del PND que se adelantan en el Congreso.  

[1] En las Bases del PND se leen afirmaciones como las siguientes: “(…) el sector privado tendrá un papel fundamental en los proyectos de inversión en las asociaciones público privadas, que contribuirán a la ejecución de las grandes obras de infraestructura que desarrollará el país en los próximos años” o “El sector de la construcción será el pilar más importante del crecimiento de la economía colombiana en el periodo 2015-2018. Se espera que su crecimiento promedio sea el 9,2 %, explicado por un crecimiento esperado del 7,5 % en el sector de edificaciones y del 9,9 % en el sector de obras civiles”.

[2] “En la actualidad somos es el principal inversionista en infraestructura vial en Colombia. Participamos en cinco de las principales concesiones viales del país (Coviandes, PISA, Panamericana, CCFC y Concesionaria Ruta del Sol, de las cuales controlamos las 4 primeras)”. Verhttp://www.corficolombiana.com/Webcorficolombiana/paginas/documento.aspx?idd=2346&idr=566

Nuestras historias

ESMAD rompe tregua y ataca de nuevo indígenas del Norte del Cauca

Como Senador del Polo Democrático Alternativo y líder campesino, denuncio que el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) acaba de incumplir la tregua, que se pacto el pasado 2 de Marzo, tras la visita de la Comisión de Verificación compuesta por parlamentarios del Polo Democrático, la ONIC, el Congreso de los Pueblos y la Marcha Patriótica,  se instaló una mesa de interlocución entre una  comunidad Indígena del Norte del Cauca y representantes del Gobierno Nacional, con apoyo de la gobernación de ese departamento.

Hoy, hacia las 11:00 am, el ESMAD ingresó de manera abrupta a los predios cercanos a la finca Miraflores en Corinto, Cauca, quemando las carpas y arremetiendo con gases lacrimógenos. Según el Consejero Mayor de la Asociación de Cabildos Indígenas (ACIN) Héctor Fabio Dicué, existe una alta preocupación por la presencia de un número mayor de agentes del ESMAD. Sumado a lo anterior, el día de ayer, en el resguardo de La Agustina, también fue atacada una chiva que intentaba trasladar a las y los indígenas, hiriendo en el ojo a una comunera.

Exijo el retiro del ESMAD de los predios en los que se lleva a cabo el proceso de liberación de la madre tierra y que se respete la tregua pactada hasta el jueves. Igualmente, exigimos al Presidente de la República Juan Manuel Santos, el General Rodolfo Palomino y a los Ministros Aurelio Irragori y Juan Fernando Cristo, para que se les respete los derechos humanos a la comunidad indígena del Norte del Cauca.

 

Nuestras historias

Un Plan sin campesinado

“Transformación del campo” es una de las seis principales estrategias del Plan de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un nuevo país”. Al igual que en las demás estrategias, se insiste en viejas recetas, se plantean políticas de corte excluyente y se contradicen los enunciados de paz y equidad, supuestos pilares del Plan.

La propuesta de ordenamiento territorial es clara: privilegiar la agroindustria, la minería y la infraestructura. Para nada se tiene en cuenta el Pliego que la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular discute con el gobierno, el cual propone un ordenamiento basado en el gobierno propio, la defensa del territorio, el respeto al medio ambiente y una política de reforma agraria integral.

Baldíos para los empresarios

El documento Bases del Plan Nacional de Desarrollo presentado al Congreso, hace parte integral del Plan según el artículo 2º[1] y evidencia hacia dónde va la política del gobierno. En éste se lee “(…) en algunas regiones, se deben desarrollar instrumentos que apunten al uso eficiente del suelo en escalas adecuadas (…). Estos instrumentos contemplan la posibilidad de crear zonas especiales de desarrollo rural y agropecuario, en las cuales se podrá establecer contratos de largo plazo sobre tierras de la Nación y la acumulación productiva de tierras que fueron baldías sobre la base del involucramiento de los campesinos y pequeños productores de la región sin que necesariamente exista transferencia de dominio sobre la tierra explotada”.

Esta definición y disposiciones coinciden con la de las Zidre, contenidas en el proyecto de Ley 133 de 2014, cuyo trámite en la Comisión Quinta de Cámara se contuvo debido al rechazo de diferentes organizaciones sociales y campesinas y a las presuntas incompatibilidades de los ponentes del proyecto. Esta anotación en las Bases ratifica la intención del gobierno de entregar los baldíos de la nación a grandes empresarios mediante diferentes figuras, profundizando la concentración de las tierras en Colombia.

Si bien no hay una alusión concreta al tema en el Proyecto de Ley, el artículo 97 es confuso y deja serios interrogantes sobre la adjudicación de baldíos en el futuro.Con éste se pretende modificar las “zonas reservadas de baldíos”, regladas en el capítulo XII de la Ley 160. El artículo 75 de la 160habla de reservas  “en favor de entidades de derecho público para la ejecución de proyectos de alto interés nacional”. En cambio el 76, que se pretendemodificar, continúa hablando de reservas pero no tiene un destinatario tan claro como el del 75. Esto abre la puerta a que se conformen ciertas zonas en los que se establecerá un “régimen especial”,  que puede ser similar al de lasZidre. Los destinatarios de estos baldíos y las condiciones de adjudicación, dependerá exclusivamente de la reglamentación del gobierno nacional.

Pero la redacción del artículo 97 permite entrever los propósitos del gobierno. Entre las modificaciones a la Ley 160 que contempla, encontramos que la tierra se considera como un activo productivo para generar ingresos; nose habla de campesinos, ni de sujetos de reforma agraria, ni siquiera de trabajadores agrarios, sino de “trabajadores con vocación agraria”;se utiliza la palabra “entregar”, en lugar de adjudicar; además,de la potestad del Gobierno de reglamentar el régimen de adjudicación. Este conjunto de modificaciones conduciría a que estos baldíos sean entregados a empresarios mediante alianzas, contratos u otro tipo de figuras. El gobierno no podría hacer tan explícito este propósito en el Plan, entre otras razones por la reserva legal que existe sobre el tema, derivada de la Sentencia C – 644 de 2012.

En conclusión, la mención en las bases del plan a las zonas especiales de desarrollo rural y agropecuario y al derecho real de superficie (que se encontraba en la versión preliminar, fue suprimida pero podría reaparecer en el debate). Más las disposiciones en materia de baldíos reservados del artículo 97. Y el proyecto de Ley 133, que a pesar de las dificultades en su trámite no ha sido retirado, evidencia que el propósito del gobierno es a toda costa entregarle los baldíos al empresariado, aunque pretendan adornarlo con alianzas productivasu otras figuras. Así lo confirma las declaraciones de una funcionaria del Departamento de Planeación sobre la intencionalidad del Plan: “acumulación productiva de tierras, que es diferente a acumulación de la propiedad”[2]. Acumulación al fin y al cabo. 

Minería e infraestructura: locomotoras que aplastan el agro

Además de la asignación de baldíos a la agroindustria, el Plan de Desarrollo también propone un ordenamiento territorial que privilegia la minería y la agroindustria por encima de la agricultura. El artículo 19 por ejemplo, establece la creación de Áreas de Reserva Estratégica Mineras, Áreas de Reserva para la formalización y Áreas de Reserva Minero – Energéticas. Lasáreas de reserva estratégica minera serán definidas a partir de los minerales de interés estratégico para el país, con base en consideraciones estrictamente geológicas y mineras, de manera tal que no se tendrán en cuenta los aspectos sociales, económicos ni ambientales. No se menciona ningún tope a la delimitación, que de nuevo queda en poder del ejecutivo la extensión y los alcances de estas zonas. El artículo 159 por su parte incluye un parágrafo según el cual, las actividades de explotación y exploración de recursos naturales no renovables al interior de un páramo que cuenten con licencia, podrán ejecutarse hasta su terminación.

En cuanto a la infraestructura, se define que una Comisión Intersectorial de Infraestructura  podrádeclarar a los PINES(Proyectos de Interés Nacional y Estratégico) como de utilidad pública. La figura de la utilidad pública es utilizada para facilitar procesos de despojo de tierras y territorios necesarios para implementar todo tipo de proyectos, que no benefician sino a agentes privados. Esta figura, junto con la de las “servidumbres” del derecho civil, es utilizada en el Plan para permitir sin restricciones la viabilidad de grandes proyectos viales, hidroeléctricos, entre otros. Inclusive, se prohíbe al Incoder adjudicar a campesinos en estas zonas y se ponen trabas a la restitución de tierras, privilegiando la restitución por equivalencia o compensación.

Por otro lado, el artículo 146 permite el saneamiento automático de la propiedad inmueble, sin ninguna consideración especial para las tierras usurpadas, que serán despojadas de nuevo mediante la “utilidad pública”, combinada con el saneamiento de todos los vicios de tradición de la propiedad, los cuales están presentes en la mayoría de bienes que han sido usurpados, cuya cadena de falsas tradiciones no ha sido aún esclarecida en la mayoría de casos.

Nueva institucionalidad dictada por el Ejecutivo

Es evidente que la institucionalidad actual para el sector agropecuario no corresponde a las demandas del campesinado. Las Bases del Plan reconocen las dificultades generadas por el desmonte del 60% dela institucionalidad del sector desatada en el gobierno anterior, lo que condujo a una recarga de funciones a cargo del Ministerio de Agricultura.

Aunque podamos compartir el diagnóstico, preocupa la forma en que se plantea resolverlo. Elartículo 102 concede Facultades extraordinarias al Presidente“para el desarrollo rural y agropecuario”. Estas facultades le permitirían suprimir, escindir o crear instituciones, modificar leyes relacionadas con adecuación de tierras, sistemas de crédito, entre otras. Como en otras tantas disposiciones del plan, se salta el tránsito por el Congreso y se imposibilita el debate público sobre las soluciones que requiere el agro. Nada garantiza que la nueva institucionalidad sea más democrática, incluyente y efectiva que la vigente.

Al campesino no se le tiene en cuenta ni en la elaboración del plan, ni en la posterior reglamentación que se hará en muchos temas, ni en el rediseño de la institucionalidad que se reformará y mucho menos en el modelo de desarrollo que se propone, el cual expulsa al campesinado o lo obliga a asociarse con grandes empresarios agroindustriales, en condiciones que le resultan muy desfavorables, como lo demuestran diferentes experiencias.


[1]Artículo 2. Parte integrante de esta Ley. Apruébese como parte integral de la presente Ley la Parte General del Plan Nacional de Desarrollo contenida en el documento denominado "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018: Todos por un nuevo país”, elaborado por el Gobierno Nacional con la participación del Consejo Superior de la Judicatura y del Consejo Nacional de Planeación, con las modificaciones realizadas en el trámite legislativo, e incorpórese a la presente Ley como un anexo.

[2]“Plan de Desarrollo contradice acuerdos en La Habana sobre la tierra, dicen ONG”, disponible en http://www.elespectador.com/noticias/politica/plan-de-desarrollo-contradice-acuerdos-habana-sobre-tie-articulo-544681

Nuestras historias

La equidad es más que una palabra

Reflexiones sobre las inversiones proyectadas en el Plan de Desarrollo.

El Plan Nacional de Desarrollo es la hoja de ruta que orienta el conjunto de las políticas del gobierno nacional, de ahí la importancia que reviste su discusión democrática. Aunque las Bases del Plan son un referente clave, su verdadera orientación se concreta en el proyecto de ley presentado al Congreso, adquiriendo especial relevancia el plan de inversiones que distribuye la proyección de los recursos públicos durante cuatro años.  En este breve documento haré algunas reflexiones sobre el mencionado plan de inversiones mostrando cómo el gobierno Santos persiste en las viejas recetas que han traído malos resultados económicos y desigualdad en la distribución de los recursos.

La paz sin plata

El Plan de Inversiones está organizado a partir de seis estrategias, a las cuales les corresponden diferentes objetivos. Para empezar, es necesario mencionar que este Plan fue construido con supuestos macroeconómicos inflados, anteriores a la dramática caída de los precios de los commodities. El Profesor Jorge Espitia calcula el déficit del Plan de Desarrollo en alrededor de $70 billones[1], sin duda resultado de la irresponsabilidad del gobierno en los temas fiscales y del mal manejo del boom minero-energético.

Aunque el Departamento Nacional de Planeación diga que la construcción de paz es uno de los tres pilares del plan (junto con equidad y educación), el plan de inversiones muestra algo muy diferente. Como porcentaje de las inversiones totales, el objetivo Seguridad y defensa continúan ocupando uno de losprimeros lugares en la  destinación de los recursos públicos ($93.7 billones), situándose en la segunda posición con el 13,3% del total. Aunquehable de paz en el Plan, el gobierno sigue destinando buena parte de los recursos públicos a seguir en la guerra.

De hecho, si se miran exclusivamente las inversiones del gobierno central, el eje predominante es el de Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz, que consume el 50,1% de los recursos, rubro que incluye importantes recursos en seguridad y defensa.

Tabla 1. Inversiones del Gobierno Central

 

 

Central

 

Inversión

%

Competitividad e infraestructura estratégicas

40.442.775

15,6%

Movilidad social

66.332.633

25,6%

Transformación del campo

10.297.362

4,0%

Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz

129.599.961

50,1%

Buen gobierno

7.638.749

3,0%

Crecimiento Verde

4.371.652

1,7%

 

258.683.132

 

(Millones de pesos de 2014)

Más recursos para minería, menos para derechos sociales

Otro rubro bastante alto es el denominado “Desarrollo minero-energético para la equidad regional” con $78.5 billones (11,2%), lo que muestra que la locomotora minero-energética sigue siendo columna vertebral del gobierno Santos. En contraste, otros renglones presupuestales decisivos para promover la equidad, los derechos y la calidad de vida de la población, tienen destinaciones muy modestas. Al rubro “Cerrar las brechas urbano-rurales” se le asigna un 0.3% del presupuesto; “Sentar las bases para la movilidad social”, tiene un 0.2%; “Promoción, respeto y protección de Derechos Humanos” tiene un 0.1%; y“Ordenamiento del territorio rural un 0.1%.

Tabla 2. Objetivos de mayor participación en el Plan de Inversiones

 

 Objetivo

% del total de inversiones

1

Cerrar brechas en acceso y calidad de la educación

19,4%

2

Seguridad y Defensa en el territorio nacional

13,3%

3

Impulsar "Ciudades Amables y Sostenibles para la Equidad

12,7%

4

Desarrollo minero-energético para la equidad regional

11,2%

5

Infraestructura y servicios de logística y transporte para la integración territorial

8,9%

6

Mejorar las condiciones de salud

8,2%

7

Impulsar la competitividad rural

6,1%

8

Mínimos vitales fortalecimiento de las capacidades de la población en pobreza extrema

3,8%

9

Prestación, administración y acceso a los servicios de justicia.

3,7%

10

TIC como plataforma para la equidad, la educación y la competitividad

3,2

Lo privado como bandera

Es importante resaltar que la participación del sector privado en las inversiones proyectadas en el Plan es bastante alta, alcanzando el 34,2% de los recursos contemplados. Lo anterior se explica en parte por el papel protagónico de las Alianzas Público Privadas en todo el Plan de Desarrollo, que se proponen incluso para sectores sociales como salud y educación, continuando en la ya conocida senda de la privatización y el debilitamiento de lo público. Más aun, preocupa que el proceso de recuperación de las inversiones del sector privado (que no está allí sin ánimo de lucro), termine jugando en contra de la satisfacción de los derechos y el bienestar de la población. 

Gráfica 1. Fuentes de Financiación del Plan de Inversiones

¿Más alianzas productivas en el campo?

Un aspecto que preocupa profundamente a quienes venimos de los sectores rurales, en especial a campesinos, indígenas y afros, es la altísima contribución prevista para los aportes del sector privado en los asuntos relativos al campo. De los $49 billones que componen la inversión total de la estrategia “Transformación del campo”, $35,.5 billones provienen del sector privado, un 72,1% del total de la estrategia. Lo mismo ocurre en el objetivo “Impulsar la competitividad rural”, donde los aportes privados ocupan la mayor cantidad de recursos, un 86,8% del total.

Lo anterior permite suponer que el gobierno busca insistir en el fracasado modelo de “alianzas productivas”, donde el campesinado aporta su trabajo y su propiedad, y los empresarios una financiación con intereses que genera deudas a largo plazo para el campesino; la vieja receta Indupalma que ha quebrado a pueblos enteros y ha enriquecido a banqueros y agroindustriales. Esto se confirma al revisar las Bases del Plan, en las que se hace referencia explícita a “zonas especiales de desarrollo rural y agropecuario”, en las cuales los empresarios podrían poner a producir los baldíos de la nación, en “alianzas” con campesinos. El artículo 97 del Plan, “Marco especial sobre administración de Tierras de la Nación” iría en la misma dirección.

Tabla 3. Fuentes de financiación por Estrategia

 

Objetivo

Central

Descentralizado

E. Territoriales

Privado

SGP

SGR

TOTAL

Competitividad e infraestructura estratégicas

21,4%

1,6%

5,4%

64,2%

1,8%

5,6%

100,0%

Movilidad social

21,4%

0,0%

10,5%

26,9%

39,1%

2,1%

100,0%

Transformación del campo

20,9%

0,0%

2,0%

72,1%

1,8%

3,2%

100,0%

Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz

94,3%

0,1%

1,9%

0,3%

3,1%

0,2%

100,0%

Buen gobierno

92,8%

2,3%

0,0%

2,5%

0,0%

2,4%

100,0%

Crecimiento Verde

45,9%

0,0%

14,8%

0,0%

30,4%

8,9%

100,0%

 

Tabla 4. Desglose Estrategia “Transformación del campo”

Transformación del campo

Total

                 49.271.574  

% de la estrategia

% del total de inversiones

Reducción de la pobreza y la ampliación de la clase media rural.

3.129.143

6,4%

0,4%

Impulsar la competitividad rural

42.784.512

86,8%

6,1%

Fortalecimiento institucional de la presencia territorial.

241.057

0,5%

0,0%

Ordenamiento del territorio rural y acceso a la tierra por pobladores rurales.

853.745

1,7%

0,1%

Cerrar las brechas urbano-rurales y sentar las bases para la movilidad social.

2.263.116

4,6%

0,3%

 

Recortes y austeridad a la colombiana

Aunque la prensa no lo ha destacado, es bastante grave que la discusión del Plan de Desarrollo arranque con un importante recorte de recursos. Respecto a la versión presentada inicialmente, el Plan de inversiones pasó de $790,1 billones a $703,9 billones, una reducción del 12,2%. Como era de esperarse, haciendo eco de las políticas de ajuste estructural y austeridad, los recortes tienden a producirse en los aspectos más ligados a los derechos sociales; la estrategia de movilidad social es una de las más afectadas, con una reducción del 22,6%.

Por el contrario, “Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz” (que en la versión preliminar se denominaba “Consolidación del estado social de derecho”), aumenta 22,6%. Esta estrategia incluye temas variados, como justicia, reparación de víctimas, Derechos Humanos, etc., pero el predominante es “Seguridad y Defensa en el territorio nacional”, al que se le asignan el 68,2% de los recursos. 

Tabla 5. Comparación Inversiones Versiones I y II.

Estrategia / Objetivo

Inversión versión II

Inversión versión I

Diferencia

Competitividad e infraestructura estratégicas

189.048

242.913

-28,5%

Movilidad social

310.438

380.650

-22,6%

Transformación del campo + Crecimiento Verde

58.803

54.808

6,8%

Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz

137.417

106.297

22,6%

Buen gobierno

8.231

5.459

33,7%

Total

               703.935  

             790.127  

-12,2%

 

Tabla 6. Objetivos estrategia Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz

Seguridad, justicia y democracia para la construcción de la Paz

 

Inversión

Porcentaje

Prestación, administración y acceso a los servicios de justicia.

26.210.839

19,1%

Fortalecer los mecanismos de transición hacia la paz

1.435.805

1,0%

Garantía del goce efectivo de derechos de las víctimas.

8.504.824

6,2%

Promoción, respeto y protección de Derechos Humanos

1.219.170

0,9%

Seguridad y Defensa en el territorio nacional

93.737.048

68,2%

Enfrentar el problema de las drogas.

396.003

0,3%

Política Criminal con enfoque restaurativo.

5.894.535

4,3%

Acción Integral contra Minas Antipersonal

18.310

0,0%

Total

137.416.535

 

 

En suma, al analizar la proyección de las inversiones del Plan de Desarrollo encontramos la persistencia de las viejas recetas: más recursos para la guerra, promoción del sector minero-energético, bajas inversiones en derechos sociales y recortes que los afectan directamente, y un alto protagonismo del capital privado y los grandes inversionistas en la política agraria.

A pesar de la retórica, no hay Equidad en el plan de inversiones del gobierno Santos. Más razones para oponerse al Plan de Desarrollo de Santos.   

 

[1] Ver “El déficit financiero del PND 2014 – 2018”, disponible en http://viva.org.co/cajavirtual/svc0432/pdfs/Articulo020_432.pdf

Nuestras historias

El debate sobre las consultas populares y la participación de las entidades territoriales en el modelo extractivista

Recientemente, el Concejo municipal de Cajamarca (Tolima), decidió negar a los habitantes de ese municipio el ejercicio del derecho político por excelencia en una democracia: la participación, al negarse a aprobar una consulta popular sobre la explotación minera en su territorio. Las consultas populares, reconocidas en la Constitución Política como uno de los mecanismos que permite profundizar la democracia, han sido poco utilizadas en Colombia. De manera creativa y acertada, diversos movimientos populares surgidos con ocasión de la amenaza del extractivismo a los territorios, han comenzado a demandar su uso y aplicación. Bajo la óptica de estos movimientos, la participación es concebida como poder de decisión y la consulta como el medio para obtener ese poder. La Constitución respalda esta visión de la democracia, que implica un cambio en el rol que asumimos como ciudadanos y ciudadanas frente al rumbo de nuestras vidas, y que además demanda cambios profundos en la forma en la que se ejerce el poder.

Pero al Gobierno nacional le disgusta esta forma de entender la participación, y en caso de que se utilice como mecanismo para impedir la implementación del modelo extractivista, le gusta todavía menos. El disgusto se entiende si se advierte que el Gobierno conoce los alcances que puede tener el hecho de darle viabilidad política y jurídica a las consultas populares para que la gente decida sobre sus destinos y sobre sus lugares de vida. Pero bajo el régimen constitucional vigente, el Gobierno no puede oponerse a la ampliación de la participación. En otras palabras, el Gobierno teme que la gente ejerza su poder, pero la Constitución manda que la soberanía reside en el pueblo.

Es por ello que son inaceptables las distintas vías que el Gobierno ha utilizado para impedir que los ciudadanos y ciudadanas decidan si están de acuerdo con los proyectos de minería en sus territorios. Dentro de estas vías se cuentan desde bloqueos legislativos y reglamentarios a la participación, hasta declaratorias improcedentes del Presidente sobre la supuesta ilegalidad de los mecanismos de participación, en lo que constituyó un claro mensaje intimidatorio para alcaldes, gobernadores, concejales y diputados que se atrevan a replicar la experiencia democrática asumida por los habitantes del municipio de Piedras (Tolima) para frenar proyectos mineros[1].El debate, lejos de estar cerrado, se fortalece ante la insensatez del Gobierno nacional y de los gobernantes locales, que están más interesados en ejercer la defensa del capital privado que en emprender acciones para protegerlo público, para garantizar los derechos y para salvaguardar los territorios que habitamos.

 

¿Quién tiene la competencia en la política minera?

El gobierno nacional entiende que es el único habilitado para decidir sobre el uso que se le debe dar al subsuelo de la nación. Bajo esta interpretación se han expedido normas en el Código de Minas y en decretos recientes que impiden que los entes territoriales tengan algún nivel de injerencia sobre la política minera, la cual necesariamente tiene aplicación en los territorios, e indefectiblemente afecta los usos del suelo.

En concreto, el artículo 37 del actual Código de Minas prohibía explícitamente a las autoridades regionales, seccionales o locales, establecer zonas del territorio que quedaran permanente o transitoriamente excluidas de la minería. En otras palabras, aunque los entes territoriales tienen por mandato ordenar los usos del suelo, bajo esa norma no podían hacer lo mismo con lo que hay debajo de esa misma tierra. Esta era una disposición no solo irrespetuosa de la descentralización, de la autonomía de los entes territoriales y de los principios de coordinación y concurrencia de competencias entre los niveles nacional y local, todos ellos protegidos por la Constitución, sino que además desafiaba la realidad al pasar por alto la inseparabilidad de los elementos del territorio.

En un ejercicio de equilibrismo, la Corte resolvió la demanda declarando que la norma es acorde con la Constitución, pero ajustándola a una sola interpretación que ha sido pasada por alto por el Gobierno[2]. Según esta interpretación, que es la única bajo la cual hoy día el artículo 37 citado resulta constitucional, en desarrollo del proceso que autorice la realización de actividades de exploración y explotación minera, las autoridades competentes del nivel nacional deberán acordar con las autoridades territoriales concernidas las medidas necesarias para la protección del ambiente sano, y en especial de sus cuencas hídricas, el desarrollo económico, social, cultural de sus comunidades y la salubridad de la población, mediante la aplicación de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad[3].

En nuestraopinión, la sentencia debió declarar la inconstitucionalidad del artículo, como lo plantearon el Magistrado Luis Ernesto Vargas y la Magistrada María Victoria Calle. En criterio de estos Magistrados, que compartimos en su totalidad, la prohibición del artículo 37 es inconstitucional porque desconoce que la atribución que hace la Constitución al Estado-como propietario del subsuelo y de los recursos naturales-de tomar decisiones relativas a la explotación de recursos, incluyendo a los entes territoriales (departamentos y municipios) que también hacen parte del Estado. Esto implica que el argumento del Gobierno según el cual, el nivel central es el único competente para decidir en materia minera, no tiene recibo en nuestra Constitución. Esta protege el carácter unitario del Estado pero lo concibe de otro modo, descentralizado y participativo. Adicionalmente, como se indica en este salvamento de voto, hay otros mandatos constitucionales superiores que deben atenderse a la hora de decidir sobre los usos del subsuelo. Entre estos mandatos encontramos laprotección a la producción de alimentos, la protección a la diversidad e integridad del ambiente, la conservación de áreas de especial importancia ecológica, la prevención de factores de deterioro ambiental, y la garantía de la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectar su derecho a gozar de un ambiente sano.

A pesar de las discrepancias que tenemos con la sentencia, lo cierto es que la Corte condicionó la aplicación del artículo 37 y dejó sentado un mandato claro que indica que los entes nacionales y territoriales deben concertar las decisiones relativas a la ejecución de proyectos mineros y llegar a acuerdos. Aunque la Corte no especifica las medidas que deben hacer viable dicha concertación, es evidente que la Corte entendió que el nivel central del Estado no puede tomar decisiones sobre la explotación de recursos de manera autónoma e inconsulta con los entes territoriales. Incluso el condicionamiento impone la obligación de tener en cuenta la protección del ambiente, de las fuentes hídricas y el desarrollo social, económico y cultural de las comunidades, lo cual implica abrir canales de diálogo y participación. Todos estos son condicionantes tanto para la competencia exclusiva que se atribuía el Estado en el nivel central, y que ahora debe necesariamente compartirse con los entes territoriales en materia de usos del subsuelo, como para las decisiones concretas que, bajo lo estipulado por la Corte, podrían conducir a que se decida que la minería no va en algunos territorios, por consideraciones económicas, sociales o culturales o de protección del ambiente.

El Gobierno desconoce la sentencia de la Corte y se atribuye ilegalmente la exclusiva competencia de decidir sobre los usos del subsuelo

En abierto desconocimiento del mandato de la Corte, en diciembre de 2014 el Gobierno expidió el decreto 2691 de 2014, que reglamenta justamente el artículo 37 del Código de Minas y que supuestamente tiene por finalidad desarrollar lo que dejó sentado la Corte en la sentencia analizada. Pero lo que hace el Ministerio de Minas y Energía, autor del decreto, es justamente lo contrario. En primer lugar porque establece un procedimiento mediante el que los concejos municipales o distritales podrán solicitar ante el Ministerio de Minas y Energía, previo acuerdo municipal o distrital, medidas de protección del ambiente, de las cuencas hídricas y del desarrollo social, económico y cultural. Entiende el Ministerio, de nuevo, que es el Gobierno el único que tiene competencia para decidir sobre la explotación de recursos y que los concejos municipales solo pueden “solicitarle” la adopción de medidas  de protección. En segundo lugar porque es el Ministerio el que decide si acepta las solicitudes o no. A todas luces, el decreto le da la vuelta a la sentencia de la Corte para  evitar los mecanismos de concertación y acuerdo con los entes territoriales (los cuales podrían derivar en la negativa a la minería). Con esta medida, entonces, el Gobierno está desconociendo que debe darle participación a los entes territoriales en las decisiones sobre la política de extracción de recursos, y está negando la posibilidad de que los entes territoriales planteen una negativa a la minería por diversas consideraciones.

En suma, si la Corte entiende que el artículo 37 del Código de Minas es constitucional solamentesi se establecen medidas de concertación y si se establecen medidas adecuadas para proteger el ambiente, es viable suponer que, de no llegarse a esa concertación o de encontrarse que un proyecto minero afectaría desproporcionalmente el ambiente o el desarrollo social, cultural y económico del territorio, la minería debería descartarse. Asimismo debe entenderse que si los entes territoriales deben concertar con los entes nacionales la política minera, están en toda la facultad de convocar a consultas populares para conocer la opinión de la gente y así tomar decisiones que sean acertadas y que tengan legitimidad políticade cara a las discusiones que deben sostener en las instancias de concertación que se establezcan.

La consulta popular en La Colosa y el impacto en otros proyectos

Según se ha establecido, funcionarios de la Procuraduría indicaron a los concejales de Cajamarca que convocar a una consulta para decidir sobre la procedencia del proyecto minero La Colosa era ilegal. Sus argumentos se basan en una interpretación errónea y amañada de la sentencia de la Corte y en este decreto que la contradice. Adicionalmente se ha conocido una carta en la que directivos de la multinacional AngloGold Ashanti hacen un chantaje soterrado a los concejales del municipio al indicarles que, de proceder la consulta, retirarán la inversión en proyectos sociales[4]. Asimismo indican que debido a la inseguridad jurídica que les representa la posibilidad de la consulta han debido despedir a varios trabajadores.

Pero resulta que la labor de los concejales de Cajamarca no es brindar seguridad jurídica a una empresa privada, máxime cuando lo jurídico está del lado de quienes exigen participación. Su labor es abrir mecanismos de diálogo y participación para que la gente pueda decidir si quiere en sus territorios un proyecto que les cambiará la vida. Y su labor también es, como lo estableció la Corte, establecer canales de concertación con entidades nacionales para hablar sobre minería. Su tarea no es, como parecen entenderla, la de hacer caso a la política que dicte el Ministerio de Minas ni a los pedidos de la empresa.

De llegar a ejecutarse, el proyecto minero La Colosa se convertiría en la mina a cielo abierto más grande de Colombia, con reservas de oro que se calculan en 35 millones de onzas[5]. La huella ambiental y social que dejaría La Colosa sería monumental. Según cálculos de la empresa, la mina podría producir entre 591.600 y 1’035.300  de onzas (oz) de oro al año[6]. Esta última cifra ubicaría a esta mina en el quinto lugar entre las minas de oro más productivas por año en el mundo[7]. La mina impactaría las fuentes hídricas de la región, la vocación agraria del suelo, alteraría la economía regional y la belleza paisajística de la montaña que pretende desgarrarse, así como transformaría severamente los ecosistemas de bosque andino y de páramos, con daños ambientales y sociales que pueden ser irreparables. Incluso el proyecto impactaría a muchos más municipios del departamento del Tolima, hacia los que la empresa mira para llevar a cabo el procesamiento del oro y el almacenamiento de productos.

El proyecto previsiblemente impactaría en la salud y bienestar de los habitantes del municipio y de sus alrededores, debido la gran cantidad de escombros que resultarán del proceso y a la contaminación que provocará el cianuro que se utiliza para el procesamiento del mineral para extraer el oro a semejante escala. La empresa multinacional que está detrás del proyecto es Anglo Gold Ashanti, cuestionada en el pasado por financiar grupos paramilitares que luchan por el control de territorios en los que se encuentran recursos naturales en la República Democrática del Congo[8].

No estamos, entonces, frente a cualquier compañía, como tampoco estamos frente a cualquier proyecto. Las discrepancias sobre quién tiene la competencia para decidir sobre la minería tienen como trasfondo este tipo de proyectos. Esta historia se replica, con algunas diferencias, en varios territorios. El movimiento social y popular debe seguir impulsando todas las medidas participativas y de movilización que le permitan sentar su voz sobre el modelo extractivo y sobre proyectos concretos que afectarán los territorios. Lo que está en juego es el ordenamiento de nuestros territorios de conformidad con nuestros planes de vida. Tenemos a la mano herramientas jurídicas y políticas para continuar disputando el modelo de despojo que se nos pretende imponer y para continuar exigiendo que el territorio sea ordenado por nosotros.Nuestro compromiso está con esta lucha.

 

 

[1] Al respecto, ver, Diario El Espectador, ‘Se puede ganar en primera vuelta’: Santos , 21 de diciembre de 2013, disponible en: http://www.elespectador.com/noticias/politica/se-puede-ganar-primera-vuelta-santos-articulo-465498.

[2]Corte Constitucional, Sentencia C-124 de 2014. M.P., Alberto Rojas Ríos.

[3]Corte Constitucional, Sentencia C-124 de 2014. M.P., Alberto Rojas Ríos.

[4]La Silla Vacía, Hoy: el día D del oro, 13 de febrero de 2015, disponible en: http://lasillavacia.com/historia/hoy-el-dia-d-del-oro-49576.

[5]Colombia Solidarity, La Colosa. Una muerte anunciada. Informe alternativo acerca del proyecto de minería de oro de Anglo Gold Ashanti en Cajamarca, Tolima, Colombia, noviembre de 2013, disponible en: http://www.colombiasolidarity.org.uk/attachments/article/610/LA%20COLOSA_Una%20Muerte%20Anunciada.pdf.

[6]Ibíd.,pág. 9.

[7]Ibíd.

[8]Human Rights Watch, D.R. Congo. Gold fuels massive human rights atrocities, junio de 2005, disponible en:  http://www.hrw.org/news/2005/06/01/dr-congo-gold-fuels-massive-human-rights-atrocities

Nuestras historias

De micos y locomotoras: El Plan de Desarrollo de Santos II

 

Tras estudiar el articulado del Proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo, “Todos por un nuevo país”, surgen innumerables preocupaciones. En este documento defenderé algunas tesis centrales para caracterizar el Plan de Desarrollo, tales tesis serán profundizadas en documentos posteriores.

1. Cambia la retórica, persisten las políticas 

A diferencia del Plan de Desarrollo defendido hace cuatro años, el documento de las bases del nuevo Plan tiene una retórica más amable. En lugar de usar la metáfora de la locomotora, las bases del plan hacen énfasis en tres pilares: Paz, Equidad y Educación.Sin embargo, al revisar con detenimiento el documento de las bases y el articulado del proyecto de ley, encontramos que aunque cambie la retórica,el nuevo plan de desarrollo profundiza las políticas aplicadas por los últimos gobiernos.

El nuevo plan persiste en la generación de oportunidades para la inversión extranjera, propiciando los buenos negocios para los grandes capitales en desmedro de la economía nacional, las comunidades y los territorios. En aspectos tan diversos como la televisión, la telefonía celular, la propiedad intelectual de investigaciones académicas, la política  agrícola, los baldíos de la Nación, los servicios públicos, el manejo de los páramos, la protección del ambiente, la minería o los hidrocarburos, el plan está confeccionado para abrirle puertas a la inversión extranjera y reducir los costos de transacción de los grandes empresarios.

Aunque ya no se hable explícitamente de las cinco locomotoras, los verdaderos tres pilares del Plan no son la Paz, la Equidad y la Educación, sino la infraestructura, el sector minero-energético y los agronegocios. Para el sector minero-energético el proyecto de plan incluye un mini-código minero que define aspectos tan variados como los mecanismos de formalización, las áreas de reserva minera, la clasificación de la minería, los requisitos para el cierre de explotaciones y la definición de cánones superficiarios.En materia de petróleo y gas, se autorizaráa la Agencia Nacional de Hidrocarburos a reajustar, de común acuerdo con las transnacionales, los contratos de explotación, exploración y evaluación técnica, incluyendo plazos y áreas de inversión.

Un aspecto preocupante es el tratamiento de la infraestructura. El Plan pretende quitarle todos los obstáculos legales a los proyectos de construcción de carreteras, puertos, aeropuertos y similares, a través de la declaratoria de “utilidad pública e interés social” para todos los proyectos de interés nacional o estratégico. También se le dan herramientas a las entidades del Estado para tener la primera opción de compra de todos los inmuebles de la zona donde se realizarán tales proyectos, norma que sumada a la reciente aprobación de la ley de expropiación exprés, generará una suerte de despojo legalizado de miles de familias campesinas que pagarán el precio del progreso. Cabe añadir que el Plan reduce al mínimo los tiempos de decisión de las licencias ambientales, procurando ahorrarle tiempo a las empresas interesadas y anular la capacidad de respuesta de las comunidades afectadas por estos proyectos. 

En materia de tierras ya he denunciado que el gobierno persiste en su propósito de entregar los baldíos de la Nación a los grandes empresarios, aunque ello esté prohibido por la Constitución, a pesar de las sentencias de la Corte Constitucional, y aunque ello implique ponerle obstáculos a las propuestas recientes de constituir un Fondo de tierras como resultado de los acuerdos de paz. El gobierno también insiste en incluir en la legislación el derecho real de superficie, un mecanismo que le permite a los empresarios usufructuar las tierras del campesinado aunque no se conviertan en propietarios de tales predios.

En materia ambiental también hay grandes preocupaciones. A pesar de la oposición nacional e internacional, se abre la posibilidad de legalizar la explotación minera y petrolera dentro de los páramos si hay licencia ambiental anterior a febrero de 2010 en el caso de la minería,  y de junio de 2011 en el caso de los hidrocarburos.    

2. Un Plan que socava la democracia

Un Plan de desarrollo enmarca las estrategias del gobierno durante cuatro años, ello supondría la búsqueda de un amplio consenso nacional y una verdadera discusión democrática. Sin embargo, este Plan no fue elaborado pensando en las necesidades de la población, sino en las recomendaciones de la OCDE, un organismo compuesto por las grandes potencias y sus aliados. Desde el artículo 1 este organismo es mencionado como la principal referencia de las políticas del gobierno Santos.

A lo anterior se suma el propósito del gobierno de obtener carta blanca para regular sobre lo divino y lo humano sin tener que pasar por el Congreso, ello ocurriría en asuntos tan disímiles como las facturas electrónicas, Bancoldex, la metrología legal, la pequeña minería, la delimitación de áreas mineras, los sistemas masivos de transporte, la venta de celulares, la imposición de servidumbres para proyectos de generación de energía, la educación inicial, la jornada única en educación y buena parte del sistema de salud.

Uno de los aspectos más preocupantes para el movimiento agrario son las facultades extraordinarias que se le entregarían a la Presidencia de la República para rediseñar toda la institucionalidad agropecuaria del Estado en un plazo no mayor a seis meses. Tal pretensión despierta desde ya la atención del conjunto del movimiento campesino, indígena, afro y ambientalista.

3. El Plan de los “reencauches”

El proyecto de ley retoma varias iniciativas en las que el gobierno Santos I había fracasado, pero que fueron frustradas por la Corte Constitucional, por la movilización social, o por no cumplir los trámites requeridos en el Congreso.

La regulación sobre propiedad intelectual en alianzas público-privadas busca que se financien investigaciones con recursos públicos pero las utilidades pasen al patrimonio de los privados, un artículo muy similar se encontraba en la primera versión de la frustrada reforma a la ley 30 que el movimiento estudiantil logró detener. La privatización de baldíos ya se encontraba en el Plan anterior y fue declarada inconstitucional por la Corte; hoy viene cursando en el Congreso el proyecto de ley 133 (Cámara) que ha recibido un rotundo rechazo del movimiento campesino y que al parecer ya cuenta con vicios de trámite en su discusión. El derecho real de superficie iba a ser incluido en la ley de víctimas, pero la presión de las organizaciones de derechos humanos detuvo las pretensiones del gobierno. En materia de salud, se reciclan disposiciones de la fracasada ley ordinaria que el año pasado se hundió por la presión del movimiento nacional por la salud.

Los micos no se resignan a morir, el gobierno busca su resurrección

4. Ni paz, ni equidad, ni educación

A pesar de la retórica, los tres pilares del nuevo Plan no son centrales para el gobierno. El año pasado el Ministro de Hacienda evadió las preguntas que le hicimos en las Comisiones de Paz del Congreso sobre el presupuesto para los acuerdos de paz, y tales recursos tampoco aparecen en el proyecto de  plan.

Algunas disposiciones incluso van en contravía de la paz y la reconciliación, al menoscabar los derechos de las víctimas. Se habla expresamente de la imposibilidad jurídica y material de restituir los predios ubicados en áreas que sean declaradas como de utilidad pública para proyectos de interés estratégico. También se afirma que la construcción de infraestructura social que beneficie a las comunidades será entendida como reparación colectiva, convirtiendo las obligaciones incumplidas históricamente por el Estado colombiano en medidas de reparación por los crímenes cometidos por sus agentes. Como si fuera poco, en las bases del Plan el Gobierno parece estar más preocupado por los derechos de los militares que por los derechos de las víctimas de los crímenes de Estado. Por derechos de los militares el Gobierno entiende el reforzamiento del sistema de defensa técnica de los miembros de la Fuerza Pública y del fuero penal militar, todas ellas opciones que favorecen la impunidad y que van en contravía de los derechos de las víctimas y de las obligaciones que tiene el Estado en materia de derechos humanos.

A lo anterior se suma la posibilidad de celebrar convenios para enviar tropas a misiones internacionales, lo que abre la puerta a la participación colombiana en conflictos ajenos; ya se entiende el interés de Juan Manuel Santos por avanzar en el ingreso de nuestro país a la OTAN, o las misivas enviadas por JoeBiden al gobierno colombiano.

La educación aparece como un pilar del plan, pero en este punto no encontramos una política audaz. La única modificación sustancial sería la implementación de la jornada única, pero sin un aumento de recursos importante para el sector educativo ello implicará mayor carga laboral para maestras y maestros, y la necesidad de hacer ajustes presupuestales en el sector. Incluir en el título del Plan la palabra ‘Educación’ no es más que un viejo mecanismo distractor.

Por último, es claro que la ‘equidad’ no es más que un eufemismo. Colombia es uno de los países más desiguales del planeta, y ese nivel tan escandaloso de desigualdad es resultado de las políticas que se refuerzan en el nuevo plan. En un momento histórico en que el debate sobre la desigualdad social recobra vigencia en todo el mundo, el gobierno colombiano va en contravía de las posiciones que buscan mayor igualdad social y garantía de derechos.

El gobierno va en contravía, montado en una locomotora llena de micos.    

 

 

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Las confusiones e incorrecciones del Ministro Gaviria frente al derecho a la salud

Con sus recientes declaraciones sobre las razones por las cuales no se ha firmado la Ley Estatutaria de Salud, el Ministro Gaviria ha provocado más confusión que claridad. De paso, ha generado un ambiente poco respetuoso en un debate tan trascendental como el de la salud, al descalificar a quienes hemos exigido, legítimamente, el cumplimiento de un deber legal y constitucional del Presidente. Al menos tres aspectos deberían quedar claros en esta discusión.

El primero de ellos está relacionado con los argumentos jurídicos que esgrime el Ministro para justificar el incumplimiento del deber que tiene el Presidente de sancionar la Ley Estatutaria. Como lo anotó Congreso Visible en una nota reciente[1], varios Congresistas (junto con un amplio movimiento ciudadano por el derecho a la salud), hemos argumentado que luego de que la Corte Constitucional se pronunció sobre la constitucionalidad del proyecto de Ley Estatutaria de Salud, lo que procede es su firma, pues como el propio Ministro ha reconocido, la Corte corrigió algunos errores menores de la sentencia original en diciembre de 2014.

El Ministro argumenta ahora, con base en un decreto que regula los juicios y actuaciones que se surtan ante la Corte Constitucional, que el proyecto de ley debe volver al Congreso. En efecto, el artículo 41 del decreto 2067 de 1991 que cita el Ministro, indica que, luego de que un proyecto de ley estatutaria ha sido revisado por la Corte, este debe volver al Congreso si se encuentra que es inconstitucional parcialmente. Hasta este punto el Ministro tendría la razón, pues la Corte excluyó de la ley varios apartes del proyecto que no se ajustaban a la Carta; sin embargo,  la última parte del artículo mencionado señala claramente que el regreso del proyecto de ley estatutaria al Congreso de la República procede, “siempre y cuando no haya terminado la legislatura correspondiente”. En otras palabras, si la Corte revisa un proyecto de ley estatutaria, encontrando que hay algunas disposiciones que son inconstitucionales, debe devolver el proyecto al Congreso, solo si ello ocurre en la misma legislatura en la que debe surtirse el debate legislativo de todas las leyes estatutarias. Dicha legislatura ya terminó, por lo que la disposición del decreto que cita el Ministro es inaplicable en este caso. Por lo anterior, se equivoca también el Secretario del Congreso al citar al Ministro al Congreso para el próximo 24 de marzo, “para rehacer las disposiciones afectadas”[2], pues como ya no estamos en la misma legislatura en la que se aprobó la ley estatutaria, lo que procede es la firma inmediata.

Aunque el debate procedimental es importante, y las formas deben respetarse, parece que el Ministro trata de buscar todo tipo de argumentos, por menores y erróneos que sean, para dilatar la firma de la ley y desviar la discusión sustancial y de fondo. Es importante mencionar que magistrados de la Corte Constitucional como Jorge Iván Palacio ya han declarado que las demoras en la sanción de la ley estatutaria de salud son “inexplicables”[3]. Nadie mejor que un Magistrado de la propia Corte para saber sobre el procedimiento constitucional que debe surtir esta ley. Si el Ministro tuviera la razón, los magistrados de la Corte no estarían esperando que esta se sancionara, e incluso hubieran ordenado en su sentencia el regreso del proyecto al Congreso.

El segundo aspecto que debe aclararse en este debate es el legítimo derecho que tenemos los ciudadanos y ciudadanas de preguntar por el estado de los debates legislativos y de exigir el cumplimiento de la ley y de la Constitución. Es por ello que resulta desconcertante que una persona que detenta el cargo de Ministro, considere que quienes exigen la firma de una ley lo hacen–siguiendo sus palabras- “por joder”[4]. Esas declaraciones no son respetuosas del debate democrático y desvían la atención sobre los puntos centrales del mismo.

Finalmente, el tercer aspecto a aclarar está relacionado con la supuesta incoherencia que el Ministro endilga a quienes hoy exigimos la firma de la ley y antes nos opusimos a ella. Olvida el Ministro que la Ley Estatutaria que inicialmente presentó el Gobierno, y que recibió oposición democrática en el Congreso y en las calles, es sustancialmente distinta a la que hoy debe ser sancionada luego del fallo de la Corte. Esta corporación, que tiene el deber de ajustar las leyes a la Constitución y de excluir de ellas todo lo que la viole, ajustó la Ley Estatutaria a estándares internacionales sobre la salud y le dio un espíritu muy distinto al que tenía inicialmente. Quizás esto sea lo que le preocupa al Ministro, pues sabe que cuando la Ley Estatutaria esté en firme exigiremos su cumplimiento, el cual demanda cambios sustanciales al sistema de salud, muy distintos alos que viene legislando el Ministro por decreto.

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¿Por qué el Presidente Santos se rehúsa a firmar la Ley Estatutaria de Salud?

El proyecto de Ley Estatutaria de Salud está pendiente de sanción presidencial. Todo está dado para que sea firmado y se convierta, oficialmente, en ley de la República. Sin embargo, y sin razones legales que justifiquen el incumplimiento de su deber, el Presidente de la República ha retrasado su firma. La razón del retraso solo se explica por el giro que le dio la Corte Constitucional al mencionado proyecto -que fue iniciativa del propio Gobierno-, al darle un nuevo enfoque al modelo de salud propuesto por el proyecto de ley. Para la Corte a partir de ahora, y aunque parezca una obviedad, la salud será un derecho y estará centrado en las personas, todo lo cual parece molestarle al Gobierno. Recordemos brevemente la historia del trámite de esta ley en el Congreso de la República y los últimos movimientos del Gobierno que están orientados a perpetuar un modelo de salud inequitativo.

La Ley Estatuaria de Salud

Las leyes estatutarias son aquellas que requieren un trámite especial-más reforzado que las leyes ordinarias- por abordar temáticas sensibles que requieren de mayor deliberación y mayor consenso. Todas las leyes que pretendan desarrollar derechos fundamentales de manera integral deber surtir este procedimiento. Es por ello que la iniciativa del Gobierno sobre la salud fue tramitada en el Congreso bajo los requisitos que se exigen para el trámite de estas leyes, dentro de los que se encuentra la revisión previa de la Corte Constitucional.

El Congreso de la República aprobó la Ley Estatutaria de Salud el 20 de junio de 2013, luego de duras críticas por parte de movimientos sociales y del voto negativo de la bancada del Polo. Tal como fue aprobado, el proyecto limitaba la acción de tutela y pretendía  someter el derecho a la salud a criterios de sostenibilidad fiscal. Sin embargo, el 29 de mayo del siguiente año la Corte expidió la sentencia C-313 de 2014, en la que hizo un análisis exhaustivo del proyecto de ley y realizó importantes ajustes a sus contenidos, con base en estándaresinternacionales sobre el derecho a la salud y a los propios criterios de la Corte Constitucional en la materia, los cuales han venido avanzando en la protección de este derecho. La sentencia constituye un hito para la garantía del derecho a la salud en Colombia.

Debido a que el proyecto de ley ya surtió el trámite ante la Corte, lo que resta es la sanción del Presidente. Por mandato constitucional, este es el encargado de sancionar las leyes que apruebe el Congreso, a menos que encuentre problemas de inconstitucionalidad o de inconveniencia política. En ese caso, el Presidente puede objetarlas y para ello debe devolverlas al Congreso para que sean estudiadas nuevamente. Para este procedimiento la Constitución y la ley estipulan unos plazos muy claros, que en el caso de la Ley Estatutaria de Salud ya se vencieron[1]. Teniendo en cuenta que la ley ya fue revisada por la Corte y que la misma tuvo origen gubernamental, es además improbable que el Presidente tuviera buenas razones para objetarla por cualquiera de los dos motivos. ¿Por qué no ha sido sanciona entonces?

El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria, ha argumentado que el proyecto de ley Estatutaria debe volver al Congreso debido a que el texto que revisó el Congreso no es igual al que fue estudiado por la Corte Constitucional[2]. La afirmación es inexacta, pues aunque efectivamente hubo errores de redacción en la providencia de la Corte con respecto a lo que fue aprobado- que en todo caso fueron menores y no afectan ni siquiera el 1% de la sentencia-, esto no anula el juicio de fondo de la Corte (el error no fue sustancial sino de redacción), y porque esta misma corporación, mediante el Auto 377 de 2014, corrigió los errores encontrados. No existe entonces ningún argumento jurídico que respalde la postura del Ministro. Por ello, y porque desde que la Corte expidió su sentencia Gaviria no ha hecho más que criticarla[3], lo que queda por suponer es que el Gobierno no quedó conforme con la sentencia y por ello está dilatando la sanción de la ley. Es una tesis plausible si se tiene en cuenta que la ley que resultó luego de la revisión constitucionalse aleja bastante del modelo mercantilista de salud al que le apuesta el Gobierno, pero que no se sostiene abiertamente ni por el Presidente ni por el Ministro del ramo porque, de hacerlo,  desconocerían abiertamente un fallo judicial y con ello el equilibrio de poderes.

La sentencia de la Corte Constitucional

Luego de desarrollar un marco normativo nacional e internacional del derecho a la salud bastante profuso, la Corte realizó un examen de fondo sobre cada uno de los artículos del proyecto de ley. Hay al menos cuatro aspectos que merecen ser resaltados. El primero tiene que ver con la naturaleza del derecho. La Corte realizó un recuento sobre su propia jurisprudencia con respecto a la salud, en la que dio cuenta de la progresión que ha habido sobre su entendimiento. Aunque inicialmente la Corte consideraba que la salud era un derecho fundamental, lo reconocía de esta manera solo en razón de su conexidad con otros derechos fundamentales. Esta postura fue variando con el tiempo a medida que se fueron incorporando estándares internacionales en materia de derechos sociales, para posteriormente definir el derecho a la salud como fundamental y autónomo frente a todos los demás. Esta última postura fue reiterada en la sentencia mencionada y es el entendimiento que de ahora en adelante debe guiar cualquier desarrollo sobre la salud en Colombia[4].

El segundo está relacionado con la protección de la acción de tutela como medio para proteger el derecho. La Corte fue enfática en señalar que nada de lo dispuesto en la ley puede afectar el uso del mecanismo de protección del derecho fundamental a la salud, mucho menos cuando se trate de la negación de prestación de servicio. En ese sentido, la Corte consideró que la ley estatutaria no puede regular el mecanismo de tutela ni afectarlo bajo ningún concepto. Por ello, las disposiciones de la ley no pueden dar lugar a expedir normas o a efectuar interpretaciones que menoscaben esta acción judicial. 

El tercero se refiere al concepto de sostenibilidad fiscal que tanto le gusta al Gobierno como medio para impedir el avance y goce de los derechos sociales. La Corte atendió los reparos de varios intervinientes que consideraban que muchas de las disposiciones de la ley estaban siendo sometidas al concepto de sostenibilidad fiscal, y en consecuencia limitando el derecho a la salud. Aunque la Corte mantuvo este concepto en la ley estatutaria, condicionó su interpretación al menos en dos sentidos. El primero de ellos le da la vuelta al entendimiento del concepto. Para la Corte es claro que las dificultades en la disponibilidad de recursos contraen la posibilidad de extender el servicio o de mejorar la prestación del mismo. De allí que sea importante mantener la sostenibilidad fiscal como herramienta, ya que garantizar el financiamiento del sistema de salud y su sostenibilidad son deberes atribuibles al Estado. Su cumplimiento, entonces, no debe entenderse como limitante del derecho sino como herramienta que debe demandar del Estado la toma de medidas concretas que garanticen el goce efectivo del derecho a la salud y su avance progresivo. El segundo condicionamiento tiene que ver con el lugar que ocupa la sostenibilidad fiscal dentro del sistema de salud. Para la Corte es claro que jamás puede entenderse como un principio orientador (que es el lugar que le dio el Gobierno en la estructura de la ley); por el contrario, es solo una herramienta que tiene como objetivo garantizar la viabilidad del sistema y, por lo tanto, su permanencia en el tiempo. Lo anterior implica que no es un instrumento que pueda utilizarse para sacrificar el derecho y que no es un fin constitucional en sí mismo, sino un medio para perseguir los objetivos del Estado Social de Derecho.

Finalmente, el cuarto punto está relacionado con las exclusiones del sistema de salud. Al respecto la Corte hizo dos precisiones. La primera es que el principio pro homine o pro persona (aquel que impone el deber de interpretar cualquier disposición a favor de la persona en caso de duda), debe aplicarse cuando se esté frente un servicio que en principio está excluido[5]. Esto quiere decir que la interpretación de exclusiones debe ser restrictiva y la de las inclusiones debe ser amplia. Por ello, si se presentan dudas sobre la prestación de un servicio, elemento o medicamento que están excluidos de los planes de salud, la autoridad respectiva tiene la obligación de decidir caso a caso aplicando el principio pro homine; esto es, aplicando la interpretación que resulte más favorable a la protección de los derechos de la persona. La segunda precisión consiste en que todas las exclusiones mencionadas en el proyecto de ley pueden ser inaplicables dependiendo del caso concreto. Para ello, la Corte ha fijado unos parámetros con base en casos concretos que ya han llegado a esta corporación, en los que ha decidido otorgar el acceso a determinado servicio de salud (aunque en principio esté excluido) por considerar que la exclusión afectaría la vida o dignidad de la persona.

El incumplimiento del Gobierno

El incumplimiento del Gobierno frente al derecho a la salud es por partida triple. Por un lado, como se mencionó anteriormente, no ha sancionado la ley estatuaria de salud, retrasando indebidamente la entrada en vigencia de un marco normativo que debería conducir al rediseño del sistema de salud en su totalidad. Pero también hay otros incumplimientos a la vista, que tienen que ver con normatividad que el Gobierno ha impulsado y cuyos contenidos contradicen lo que dejó sentado la Corte Constitucional. Se trata de decretos reglamentarios que fueron expedidos en diciembre y de un proyecto de ley que actualmente cursa en el Congreso de la República. Ambos refuerzan el modelo de salud existente y en ese sentido desconocen que hay un nuevo marco normativo que debe ser sancionado de inmediato y que debe guiar las actuaciones de todas las ramas del poder público en todo lo relacionado con la salud.

Efectivamente, a final de año el Gobierno expidió una serie de decretos que, entre otras cosas,mantienen y refuerzan a las EPS, a quienes se les otorga siete años de gracia para que salden sus deudas y presenten condiciones financieras mínimas para seguir operando. La expedición de estos decretos resulta desconcertante si se tiene en cuenta quelo procedente sería sancionar la ley estatutaria para después adoptar medidas estructurales sobre el sistema de salud, dentro de las cuales debería estar un replanteamiento absoluto sobre el papel de estas empresas, sobre las cuales han recaído múltiples cuestionamientos que van desde el afán de lucro que las caracteriza y que se refleja en todas sus actuaciones, hasta los múltiples escándalos de corrupción que las han rodeado. Los decretos parecen querer garantizar los intereses económicos que rodean la salud en lugar de provocar el necesario ajuste de un modelo que se centre en los derechos y necesidades de la gente. Según diversas declaraciones del ministro Gaviria, estos decretos buscan remplazar la frustrada ley ordinaria de salud, ahorrándose el necesario trámite en el Congreso de algunos cambios al sistema que el Gobierno considera necesarios.

A la misma dirección apunta el proyecto de ley de iniciativa gubernamental que actualmente cursa en el Congreso, que fue aprobado en primer debate en la Comisión Séptima del Senado en diciembre del año pasado, y que además fue acumulado con un proyecto similar de iniciativa del Centro Democrático[6].Según argumentaron los autores y ponentes de ambos proyectos, la concepción institucional del sistema de salud es la correcta y solo se requieren ajustes en la regulación del sistema.Existen varios argumentos para desvirtuar esta afirmación. El descontento ciudadano con el sistema, las dificultades para la aprobación de los tratamientos, las largas esperas para recibir atención de urgencias, las demoras en la asignación de citas, la difícil situación presupuestaria de muchos hospitales públicos, entre otros múltiples aspectos. Una clara muestra de las deficiencias del sistema de salud es el número de tutelas que se presentan reclamando el derecho a la salud. Según la Defensoría del Pueblo, la cuarta parte de las tutelas que se presentan en Colombiareclaman la vulneración del derecho a la salud. Según este organismo, tan solo en el 2013 fueron interpuestas 115.372 tutelas por este concepto.Es importante señalar que en la mayoría de estos casos (81,05%) los ciudadanos resultan favorecidos; a pesar de ello no se está dando cumplimiento a los fallos, lo que obliga a la interposición de desacatos. A pesar de estas evidencias el proyecto de ley perpetúa el modelo de salud, persiguiendo fundamentalmente la facilitación del flujo de recursos hacia las instituciones prestadoras de salud y el pago de los recobros.

Avancemos en la movilización por el derecho a la salud

El escenario del derecho a la salud es complejo. Por un lado tenemos las acciones del Gobierno que apuntan a perpetuar un modelo mercantilista de la salud, despreciado por los ciudadanos y ciudadanas, y por otro grandes intereses económicos que motivan las acciones que van en contravía de las orientaciones de la Corte Constitucional y del nuevo marco jurídico que tarde o temprano deberá entrar a operar en Colombia. Pero el escenario también deja motivos para la esperanza. El movimiento social y popular tiene dos vías, hacia las que ya se está orientando. La primera consiste en emprender acciones jurídicas que promuevan el cumplimiento de la sanción presidencial de la ley estatutaria y otras que impidan la perpetuación de un modelo de salud que ya no tiene sustento jurídico ni legitimidad a la luz de la sentencia de la Corte. La segunda es la movilización social para exigir y demandar los cambios que requiere el sistema de salud e impedir que los recursos públicos para este derecho sean apropiados por actores privados, mientras la gente esdespojada de acceder a servicios básicos y urgentes, así como a factores que determinan el derecho a la salud. Ambas vías reciben todo nuestro apoyo y respaldo. Porque en salud tenemos derecho a contar con un marco jurídico que garantice la salud como un derecho, yo exijo la firma de la ley estatutaria.

 

 

[1]Artículos 166, 167 y 168 de la Constitución Política; artículos 196 a 201 del reglamento del Congreso (Ley 5º de 1992).

[2]Al respecto, ver, Diario El Espectador, "Colombia debe pensar en impuestos a gaseosas", entrevista con Alejandro Gaviria. 10 de enero de 2015, disponible en: http://www.elespectador.com/noticias/salud/colombia-debe-pensar-impuestos-gaseosas-articulo-537231.

[3]Al respecto,ver, Revista Semana, “Pacientes multimillonarios”, 1º de noviembre de 2014, disponible en: http://www.semana.com/nacion/articulo/las-criticas-del-ministro-gaviria-al-sistema-de-salud/407662-3.

[4] Frente al marco normativo se destaca la importancia de que en esta sentencia, la Corte haya incorporado de manera amplia al ordenamiento jurídico colombiano la Observación General No. 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas como parámetro de interpretación.

[5]Tal como fue aprobado, el artículo 15 del proyecto de ley estatutaria excluía de la prestación de los servicios y tecnologías de salud los requerimientos que cumplan con los siguientes criterios: a) Que tengan como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación o mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas; b) Que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica; c) Que no exista evidencia científica sobre su efectividad clínica; d) Que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente; e) Que se encuentren en fase de experimentación; f) Aquellos que se presten en el exterior.

[6] Proyecto de Ley Nº 024/2014 Senado “por la cual se adoptan unas normas para mejorar la oferta, la oportunidad y la calidad de la atención en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), como hospitales y clínicas” – acumulado con el Proyecto de Ley Nº 077/2014 Senado: “por la cual se dictan disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”.

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La desastrosa delimitación del páramo de Santurbán y la inmediata respuesta ciudadana

Después de varios años de espera, el gobierno nacional por fin emitió su decisión acerca de la delimitación del páramo de Santurbán. Tal definición ha estado rodeada de cuestionamientos planteados por organizaciones campesinas, ambientalistas y pobladores de la región.

En primer lugar, preocupa que la delimitación reduce el área del páramo. El páramo pasó de tener 129.743 a solo 98.954 hectáreas protegidas, lo que significa una reducción del 24% frente a lo determinado por el instituto Humboldt en virtud de la Ley 1450 de 2011 y la Resolución 937 del mismo año expedida por el Ministerio de Ambiente.  En las casi 30.000 hectáreas donde se elimina la protección se establecen las llamadas zonas de restauración y zonas de uso sostenible, zonas que en la práctica permiten la actividad minera. Esta sustancial reducción del área protegida se debe a la modificación de la cota del páramo que pasó de 2.800 a  3.100 metros sobre el nivel del mar. Tal redefinición es un evidente retroceso en el cumplimiento de los deberes constitucionales e internacionales del Estado colombiano en cuanto a la protección de los ecosistemas estratégicos.

En segundo término, la reducción del páramo también se hace de manera indirecta, ya que se desnaturalizó el sentido de los derechos adquiridos. Lo anterior implica que incluso se podría permitir que continúe o se inicie la actividad minera en las 98.954 hectáreas supuestamente protegidas.  Lo anterior se deriva de la validación de los títulos mineros y las licencias ambientales otorgadas hasta febrero de 2010.  Sin embargo, esta clara permisividad con la minería se echa de menos en lo agropecuario porque los campesinos de la zona sí serán obligados a “reconvertir” sus esquemas productivos. 

En tercer lugar, la totalidad del páramo terminó siendo atacada con la disposición de pago por servicios ambientales, una herramienta con la que se afirma proteger el medio ambiente, aunque realmente resulta “comercializando su flora, su fauna, su capacidad para retener y almacenar agua, su significado cultural y de vida. Además del impacto que esto genera sobre la naturaleza y la vida misma de quienes habitan estas zonas o sus áreas de influencia, también repercute sobre los territorios y los derechos de propiedad que hay sobre estos; en lo concreto, estos territorios pasan a ser de quienes hacen la compensación, todo esto con el aval del Estado y su economía neoliberal aplicada a los recursos.”[1].

Un cuarto punto: la decisión gubernamental entrega el control y vigilancia del páramo enteramente a las Corporaciones Autónomas Regionales –CAR-. Aunque tal entidad sea competente para hacer tal control y vigilancia, las organizaciones sociales y ambientalistas del departamento de Santander han lanzado profundos cuestionamientos a la Corporación Autónoma, ya que ha facilitado en muchos casos las actividades de la gran minería en la región. En este punto también debe analizarse el cambio de jurisdicción de 6.000 hectáreas que hasta la delimitación eran responsabilidad de la Corporación para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) y que ahora están bajo la vigilancia de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS).  Esta última entidad no participó de ninguna manera en el proceso de delimitación, así que la recepción de esta nueva responsabilidad fue inconsulta. Ahora bien, están perfectamente claras las carencias de la institucionalidad ambiental en Colombia. De hecho la misma Contraloría General habla de ausencia de institucionalidad en su informe sobre minería de 2013; estas carencias afectan también, y de manera grave, a la CAS.  De esta manera se configuró un escenario donde se recarga de manera inconsulta una gran responsabilidad sobre una entidad endeble y sin recursos.

Un quinto punto es la evidente carencia de participación de la sociedad en el proceso de delimitación. Todo el proceso de la delimitación estuvo teñido de secretismo, se desarrolló con diálogos a puerta cerrada, se excluyó a buena parte de las organizaciones sociales del departamento, y se ignoró el clamor del pueblo santandereano que lleva varios años defendiendo su agua y su páramo.  No es casual que el día del anuncio de la delimitación, el viernes 20 de diciembre, la CDMB estaba militarizada de manera nunca antes vista.

La cuestión de Santurbán lleva ya varios años desarrollándose y el episodio de la delimitación es el más reciente de una larga cadena de hechos.  Por lo anterior, esa misma ciudadanía que ha defendido el agua y el páramo ha reaccionado frente a la delimitación, proponiendo iniciativas como la Gran Movilización Nacional Contra la Minería, el Fracking y Rechazo a la Delimitación de los Páramos de Colombia, programada para principios de marzo del presente año. Salta a la vista que esta movilización no trata de manera exclusiva sobre Santurbán, pues aborda problemas nacionales como la gran minería y el fracking.  Esto es signo de una cualificación en la lucha por la defensa del territorio que se adelanta en Santander y en toda Colombia.

Durante los primeros años de la defensa del páramo, la posición preponderante al interior de ese movimiento ciudadano era la de abogar exclusivamente por Santurbán y sus aguas.  Esto rindió magníficos frutos en su momento y permitió la consecución de resonadas victorias para el campo popular, como la negativa de la licencia ambiental pedida por la minera Greystar, hoy Eco Oro, para iniciar la explotación del páramo. Tal decisión administrativa se dio en marzo de 2011 después de que Bucaramanga y Santander enteros le dejaran perfectamente claro a todos los niveles de gobierno que no se iba a permitir la destrucción del páramo.  No obstante, el gran capital minero-especulativo trasnacional prosiguió su ofensiva en pos de la destrucción de Santurbán y es así como se llega al actual escenario de la desastrosa delimitación.

Este revés de la delimitación, en consuno con muchos otros factores, ha concienciado a la ciudadanía sobre un aspecto crucial: el problema no se resuelve mientras a nivel nacional sigan imperando el extractivismo y los intereses de las grandes mineras. 

La defensa del agua y la vida en Santander, Colombia y el mundo entero es un camino largo y tortuoso, pero cada paso adelante es una señal de esperanza y a pesar de los retrocesos que vengan, esta lucha no cesará hasta la construcción del otro mundo posible, uno donde la relación entre la raza humana y el resto de la naturaleza no se halle mediada por la irracionalidad egoísta del mercado, sino por la inteligencia y el espíritu constructivo del ser humano.

 

[1] PORRAS, Alejandra y DÍAZ, Freddy.  Pago por Servicios Ambientales PSA: otra falacia extractivista. CEDINS. (http://cedins.org/index.php/proyectos-mainmenu-50/tierras-y-territorios-mainmenu-69/566-pago-por-servicios-ambientales-psa-otra-falacia-extractivista)  

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Lo que hizo la reforma tributaria, lo que dejó de hacer y lo que queda pendiente

Por segundo año consecutivo el gobierno tiene que recurrir a una ley de financiamiento para buscar los recursos que le hacen falta para cubrir lo aprobado en el presupuesto nacional. El hueco para el 2015 sería de $12,5 billones, faltante que pretende ser subsanado con la reforma aprobada en Plenaria del Senado.

Para comprender esta situación, es necesario recordar lo ocurrido en 2012 cuando fue tramitada la ley 1607 de reforma tributaria. Esta nueva ley de financiamiento confirma el fracaso de la reforma anterior, entre otras por su pretensión de ser “neutral en el recaudo”, cuando las necesidades de gasto del Estado son crecientes. La reforma del 2012 fue benévola con el empresariado al eximirlos de la obligación del pago de parafiscales a la nómina (Sena, Icbf y salud) y reducirles la tarifa del impuesto a la renta del 33% al 25%, lo que se compensó apenas parcialmente con el nuevo impuesto CREE. Con esta reforma se pretende corregir la tarifa de este impuesto con una sobretasa. Las declaraciones del entonces Director de la DIAN, Juan Ricardo Ortega, en las que confesaba que no se tenían los estudios que soportaban el impuesto, sugerían que su recaudo no sería el requerido [1].

La sobretasa al CREE más el impuesto al patrimonio, ahora denominado impuesto a la riqueza, parecieran equilibrar ligeramente los beneficios otorgados a los empresarios en 2012. En estos dos gravámenes, más el 4 por mil, se concentra el recaudo esperado de la reforma. La compensación al empresariado sería muy tímida, porque si bien se mantienen estos impuestos, otorga prebendas al empresariado, como el descuento de 2 puntos del IVA a quienes importen maquinarias o la exención a los “Fondos de inversión de capital extranjero” del pago del impuesto a la riqueza.

Como estrategia para vender la reforma, el gobierno ha argumentado que los recursos que con ella se obtengan serán destinados a la inversión social, omitiendo que los principales gastos del gobierno tienen que ver con el pago de deuda ($42 billones para el 2015) y el gasto en defensa (superior a los $27 billones), que incluye incrementos considerables en el presupuesto del año 2015 [2].

Preocupa el diálogo permanente y cercano del gobierno con los gremios económicos durante el trámite de la reforma, mientras ignora las solicitudes de los movimientos sociales y los sectores populares. Así pareciera que el empresariado envía el mensaje del “sacrificio temporal” por esta vez, con la promesa de la anhelada reforma estructural [3] que incluiría aumentos del IVA, siguiendo las recomendaciones de la OCDE. Algunos sugieren que en el acuerdo con los empresarios estaría también un tímido incremento al salario mínimo para el 2015 y el retiro del respaldo del gobierno al proyecto de horas extras, prometido en tiempos de la campaña reeleccionista. Adicional a lo anterior, esta reforma tributaria es lesiva sobre todo por lo que no hace, pues no modifica una estructura tributaria profundamente desequilibrada. El costo de los beneficios tributarios para los últimos cinco años se calcula en $33,23 billones, de los cuales el 30% se concentra en los servicios financieros [4], nada se plantea en esta reforma para eliminar semejantes beneficios. El desequilibrio del sistema lo ejemplifica claramente Salomón Kalmanovitz: la secretaria de Luis Carlos Sarmiento Angulo paga proporcionalmente más impuestos que su jefe. En esta situación incide sin duda la negativa del gobierno a aceptar el impuesto a los dividendos, que conduce a que las personas que obtienen sus ingresos de dividendos y acciones no pagan ningún tributo por ellos, mientras los impuestos al trabajo y el consumo se mantienen.

Los cambios en la reforma buscando la venia del empresariado más la caída de los precios de los commodities, del petróleo en particular, agravan la apretada situación fiscal y ponen en duda que esta reforma cumpla sus metas de recaudo. El panorama es difícil, más aún con el llamado “posconflicto” a la vista, que de tomarse en serio requerirá inversiones estatales adicionales.

En conclusión, la reforma da continuidad a unos impuestos a los empresarios, que no alcanzan a compensar lo concedido en la reforma anterior, mantiene una serie de exorbitantes exenciones, una vez más se niega la posibilidad de gravar los dividendos, y no garantiza los recursos que requiere el Estado en el mediano plazo. Lo más preocupante es lo que deja pendiente: con el panorama planteado, los trabajadores y la clase media seremos quienes respondamos por el próximo ajuste tributario, tal vez de corte estructural, pero a la medida de los empresarios.

 

1 Ver: “Polémica declaración de director de la Dian sobre nuevo impuesto” http://www.elespectador.com/noticias/politica/polemica-declaracion-de-director-de-dian-sobre-nuevo-im-articulo-387407

 

2 En varios apartes de la ponencia del proyecto de presupuesto se menciona el aumento del gasto en defensa, en momentos en que parece estar cerca el cierre de las negociaciones de paz con la insurgencia. Al referirse al Gastos de personal y gastos generales (por $32,2 billones en total), se menciona que “Además de las provisiones para el incremento salarial de los servidores públicos, incluye, entre otros, el efecto total del incremento en el pie de fuerza esperado para 2015 y el incremento por nivelación de los salarios de la Rama Judicial y la Fiscalía”. Y en otro aparte: “Los gastos generales, por su parte, ascienden a $6,5 billones (0,8% del PIB), inferior en 7,5%, esto es, $529 mm respecto a 2014, mostrando la moderación con que se ha manejado este rubro, a pesar de que los incrementos en personal, como ocurre en el caso del sector defensa y Policía Nacional, ejercen presiones reales para su aumento,  concentrando el 69,7% de las erogaciones por este concepto”.

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La reforma de equilibrio de poderes desequilibra el Estado

Alberto Castilla

Senador de la República por el Polo Democrático

El Gobierno Nacional presentó una reforma constitucional que va a tener profundas consecuencias en el sistema político colombiano. Aunque el proyecto se bautice como “reequilibrio de poderes” lo cierto es que genera profundos desequilibrios,  concentración de poder y reducción de las garantías a las minorías políticas y la oposición. 

 

El proyecto de Acto Legislativo que radicaron los Ministros del Interior y de Justicia se presentó como una modificación necesaria para restablecer el equilibrio de poderes perdido por la figura de la reelección presidencial. No obstante, al analizar las 27 modificaciones que contiene la reforma, es evidente que el proyecto tiene un alcance mucho más amplio, pues incluye una reforma política, electoral y a la justicia. La prohibición de la reelección, de la cual se benefició el actual mandatario, no es más que el gancho para generar importantes cambios constitucionales que favorecen la concentración de poder en cabeza del Congreso y del Presidente, que van en detrimento de la participación de las minorías políticas. Vale la pena preguntarse si tales iniciativas pueden impactar negativamente en el proceso de paz de La Habana, ya que el segundo punto de la agenda tiene que ver, precisamente, con la participación política. 

 

En efecto, el proyecto de Acto Legislativo n° 018 de 2014, “por medio del cual se adopta una reforma de Equilibrio de Poderes y Reajuste Institucional y se dictan otras disposiciones[1], elimina la posibilidad de que el Presidente y el Vicepresidente sean reelegidos, y prohíbe la reelección de varios funcionarios del Estado como el Procurador, el Defensor del Pueblo, el Contralor y los magistrados de las altas cortes. Paradójicamente, la instauración de la reelección presidencial fue defendida con ahínco por los mismos sectores que hoy pretenden tumbarla y que se beneficiaron de ella de diferentes maneras. Fue denunciada desde el inicio por el Polo Democrático Alternativo, no solo por la ilegalidad con la que se procedió para su aprobación, sino por los altos costos que iba a tener para el sistema democrático, tal como se evidencia hoy día. Lo cierto es que mientras los sectores que en el pasado se beneficiaron de la figura hoy se unen en su contra, favorecen otras formas de concentración de poder.

 

Dos de las reformas más gruesas incluidas en el proyecto de acto legislativo apuntan a mermar el poder político de sectores minoritarios. La primera de ellas consiste en la modificación de las reglas de conformación del Senado. Actualmente el Senado de la República es elegido en circunscripción nacional, lo que implica que los 100 senadores que resultan elegidos representan a todo el país, y que por lo tanto sus electores pueden votar por ellos en cualquier parte del territorio nacional. Con la propuesta de reforma, la conformación del Senado pasaría a ser mixta, siendo 89 senadores elegidos en circunscripción nacional, y al menos otros 11 por circunscripción territorial en aquellos departamentos que no superen los 500.000 habitantes[2]. La reforma golpearía gravemente a los partidos y movimientos políticos minoritarios, pues bajo este sistema es probable que no alcancen representación en esos departamentos. Esto impedirá que pequeñas o nuevas fuerzas políticas alcancen representación política a nivel nacional, y  propiciará que las élites que tradicionalmente han detentado el poder político en estas regiones sean las beneficiadas mientras que las comunidades siguen desprovistas del poder de decisión política.

 

La segunda consiste en la eliminación del voto preferente y el establecimiento de un sistema de listas cerradas y bloqueadas. El establecimiento de listas cerradas como único mecanismo de postulación de candidatos dificulta la democracia al interior de los partidos y obstaculiza las posibilidades de renovación política. Para adquirir el peso necesario que se requiere para tener una representación política amplia, los nuevos movimientos políticos necesitan de espacios que el voto preferente proporciona entre los electores que en principio se identifican con el ideario político de un candidato y no necesariamente con el de un partido político concreto.

 

Además la reforma incluye disposiciones que posibilitarán la concentración de poder en cabeza de la rama ejecutiva, en abierta contradicción con el propósito de equilibrar los distintos poderes públicos. Una de ellas es la facultad que se entrega al Presidente de la República de nombrar al Procurador. Hoy al Procurador lo escoge el Senado de una terna presentada por el Presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, pero con la reforma esta potestad quedará en cabeza exclusiva de la Presidencia. Con ello se elimina la facultad electoral de las altas cortes, lo cual puede favorecer la necesaria independencia de la rama judicial, pero se deja intacto el problema, no solo porque continuará la dependencia entre la Procuraduría y los congresistas, sino porque ahora se le agrega la dependencia en la que quedará este organismo a la Presidencia de la República.

 

Finalmente, la eliminación de la inhabilidad que hoy tienen los congresistas para ser nombrados en cualquier cargo público –incluso en las corporaciones de elección popular- dentro del año siguiente a su renuncia o finalización de su período, establece una dependencia muy fuerte de los congresistas a la Presidencia, que podrá imponer más fácilmente su agenda entre los congresistas que quieran aspirar a cargos públicos. Asimismo hace posible que los congresistas hagan campaña estando en desempeño de sus funciones en el Congreso. Además de desviarlos de las funciones propias de su cargo, lo anterior genera un desequilibrio político frente a los demás contendores que no tendrán los recursos políticos y económicos que puede tener un congresista en campaña. De esta manera se favorece, una vez más, un cierre del sistema político que perjudica a partidos o movimientos políticos pequeños, los cuales tendrán que entrar en la contienda política en condiciones de abierta desigualdad. 

 

La reforma contiene otros aspectos que deben ser revisados con atención, como la creación de un nuevo Tribunal de Aforados -que en todo caso deja intacta la labor del congreso en la investigación del Presidente-, y la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura. Por ahora, para abrir el debate, es necesario resaltar que la reforma de Santos parece estar dirigida a golpear a las minorías políticas.

 

 

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[1] Actualmente estos departamentos serían Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Chocó, Guanía, Guaviare, Putumayo,  Vaupés, Vichada y el Archipiélago de San Andrés.

 

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Superministros baldíos

 

El pasado 13 de agosto el Presidente Santos anunció la reestructuración de la Presidencia de la República. Según anunció en rueda de prensa, la reforma tiene por objetivo “mejorar la eficiencia y ejecución del buen gobierno[1], para lo cual anunció la creación de un nuevo Ministerio y de tres nuevos cargos al interior de la Presidencia de la República. Tales cargos tendrán rango ministerial y serán denominados como “Ministros Consejeros”.

Como puede verse no se trata de cualquier reforma. Se reemplaza al Departamento Administrativo de la Presidencia por un nuevo Ministerio y se crean tres cargos de asesores que suprimirán los de las Altas Consejerías Presidenciales, estos nuevos cargos tendrán el mismo peso de los Ministros[2]. Aunque es claro que el Presidente tiene la facultad de organizar la Presidencia para cumplir los objetivos que ha trazado para su gobierno, el artículo 150-7 de la Constitución señala que la creación de ministerios debe hacerse mediante ley de la República. Ello significa que debe ser el Congreso y no el Ejecutivo quien debata y decida sobre la necesidad y conveniencia de crear un nuevo ministerio. Aunque se espera que esta discusión se asuma en el caso del anunciado Ministerio de la Presidencia, no ocurre lo mismo con los Ministros Consejeros, frente a los que el Presidente se refirió como cargos de asesoría, aunque sea claro que no son simples asesores. Más allá de la denominación que adquieran los cargos de quienes asesoran al Presidente, lo cierto es que no pueden tener rango ministerial. Y la razón es simple: no puede haber Ministros sin Ministerios.  

Lo anterior vale para el Ministro Consejero de Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad, General (r) Óscar Naranjo; la Ministra Consejera de Gobierno y el Sector Privado, María Lorena Gutiérrez; y la Ministra Consejera de Comunicaciones, Pilar Calderón. El Ministro de la presidencia, Néstor Humberto Martínez, también correría el riesgo de entrar en esta categoría si no se le da el correspondiente trámite legislativo a su nuevo Ministerio.

Estos funcionarios tendrán grandes atribuciones al interior del Gobierno, pero no podrán ser objeto de control político por parte del Congreso, pues ninguno será propiamente Ministro[3]. Así el presidente Santos ha creado unos organismos de gobierno con indeterminación de funciones, sin atender a los procedimientos legales, y blindados frente al control político por parte del congreso de la República, generando ausencia de responsabilidad política en la que caerían funcionarios que tendrían, en la práctica, la talla y las responsabilidades de un Ministro.

La reforma anunciada tiene su origen en el interés del gobierno de Santos de ingresar a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), que estableció una serie de “estándares” que Colombia debe cumplir si quiere ingresar al selecto club de países que hacen parte de este organismo.[4] Santos parece gobernar para complacer a organismos de cooperación internacional y así cumplir su deseo de continuar construyendo el “desarrollo” mandatado por agentes financieros externos, aunque ello implique saltarse las leyes nacionales y  evadir el necesario debate que deben tener reformas de este calibre y decisiones tan importantes como la del pretendido ingreso a la OCDE. 

Por otro lado, no convencen las razones políticas para la creación de estos cargos. El Presidente argumentó que la reforma estaba dirigida a “tener una presidencia más eficaz, más estratégica y más comunicativa”, y argumentó que la reestructuración permitiría que sus políticas tuvieran más impacto y que hubiera mayor coordinación entre los Ministerios. Sin embargo, no es claro cómo un nuevo Ministerio, que replica en funciones algunas del Ministerio del Interior, y en otras las del mismo Presidente, puede contribuir a esta labor, máxime cuando se le han otorgado amplios poderes al Vicepresidente, Germán Vargas Lleras, que terminan mermando la fuerza de los Ministerios de Vivienda, de Minas y Energía y de Medio Ambiente, pues el Vicepresidente coordinará, entre otros, los grandes proyectos de infraestructura y la Comisión de proyectos de interés estratégico. 

Todo lo anterior, en lugar de fortalecer la necesaria coordinación entre los Ministerios minimiza su autonomía, pues concentra en la Presidencia (a través del Presidente, del Vicepresidente, y del denominado “superministro” de la Presidencia) las decisiones de los temas que deben tomarse en los distintos Ministerios creados por ley.  

A las anteriores dudas se suman las suspicacias generadas por el nombramiento de Néstor Humberto Martínez en el “Superministerio” de la Presidencia. Es bien sabido que Martínez ha asesorado a grandes emporios empresariales como la cuestionada empresa Pacific Rubiales, a Luis Carlos Sarmiento Ángulo quien es el hombre más rico del país, o al grupo Santodomingo. Preocupa que sus asesorías profesionales privadas puedan interferir con su nuevo rol público en el gobierno nacional.

Para quienes venimos del movimiento campesino nos preocupan los antecedentes y las posiciones de Martínez frente a los temas agrícolas, pues es conocida su asesoría a importantes sectores agroindustriales como los ingenios azucareros, empresas del Grupo AVAL[5], así como su incidencia en la redacción de proyectos de ley que buscaban legalizar la indebida apropiación de los baldíos por parte de grandes empresas nacionales y extranjeras. Difícil pensar que, a pesar de haberse declarado impedido frente al tema de los baldíos, no continúe desde el Superministerio velando por los intereses de sus antiguos clientes.

Preocupa que los nuevos “superministerios” sean creados sin tener en cuenta a la constitución, y que quienes los ocupan sean personas cubiertas por el manto de duda de los negocios privados. Es claro entonces que no empieza bien el segundo tiempo de Santos.     

 


[2] Actualmente existen nueve Altas Consejerías: Alta Consejera Presidencial para la Gestión Pública y Privada; Alto Consejero para las Regiones y la Participación Ciudadana; Alto Consejero para la Convivencia y la Seguridad Ciudadana; Alto Consejero para Asuntos Políticos; Alta Consejera Presidencial para el Buen Gobierno y la Eficiencia Administrativa; Alto Asesor Presidencial de Seguridad Nacional; Alto Consejero Presidencial para las Comunicaciones; Alta Consejera para la Equidad de la Mujer.

[3] Los Ministros y Directores de Departamento Administrativo están obligados, por ley, a atender las citaciones que les haga el Congreso de la República para controlar sus actos y gestiones. Constitución Político, art. 208.

[4] La OCDE presentó un estudio sobre las políticas de innovación en Colombia, en el que establece que “una política de innovación eficaz requiere una mejor coordinación entre los distintos sectores del gobierno y entre el gobierno central y las regiones. Esto también ayudará a enfrentar los desafíos "horizontales" (tales como los problemas

ambientales) que afectan a varios ministerios y sectores de la sociedad. El resumen ejecutivo se encuentra disponible en: http://www.oecd.org/sti/inno/colombia-innovation-review-assessment-and-recommendations-spanish.pdf.

[5] Ver el listado de clientes de Martínez Neira Abogados, disponible en http://www.martinezneira.com/index.php/es/la-firma

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Un Presupuesto Desolador

Por: Alberto Castilla Salazar

Senador - Polo Democrático Alternativo 

El proyecto de presupuesto general de la nación presentado por el Gobierno Nacional para el año 2015 ha sido llamado “PRIORIDADES SOCIALES PARA EL TIEMPO DE LA PAZ”. Sin embargo, el título no concuerda con el contenido, pues el proyecto descuida aspectos fundamentales para la construcción de una sociedad en paz, basta analizar el presupuesto que sería destinado al ambiente.

El presupuesto nacional para el 2015 alcanzaría los $216 billones, lo que representa el 25% del Producto Interno Bruto. En conjunto, el presupuesto tendría un crecimiento del 6,4% respecto al de 2014. Pero mientras el gasto en deuda pública crece 15,2% (más del doble de del presupuesto general), sectores como el ambiental se ven drásticamente recortados. Los recursos asignados a este sector pasan de $624 mil millones en la vigencia 2014 a $548 mil millones para el próximo año, lo que implica una reducción del 12,1%[1].

Esta reducción se aplica a un sector al que tradicionalmente se le han destinado escasos recursos. El presupuesto público destinado al ambiente ocupa apenas el 0,3% del presupuesto total, es 51 veces menor al gasto en defensa y 89 veces menor  de lo que se destina al pago de la deuda pública.

Por otro lado, en el proyecto de presupuesto 2015 el rubro destinado a agua potable y saneamiento ambiental se recorta en 10,6%, lo que equivale a $381 mil millones[2]. El propio Ministerio de Vivienda notifica que la política de agua para el 2015 tendría un déficit de $847 mil millones[3]. Los recursos faltantes se expresan principalmente en rubros como Proyectos estratégicos de agua potable y saneamiento básico, Acueductos rurales, Planes departamentales de agua, entre otros.

En suma, el presupuesto presentado por el Gobierno Nacional pretende recortar los rubros destinados a ambiente y agua potable en un momento histórico donde el país enfrenta una grave crisis en materia ambiental y de acceso al agua para la ciudadanía. Están frescas en nuestra memoria las imágenes de los chigüiros petrificados a causa de la sequía en el Casanare. Sabemos bien de la crisis que vive Yopal, ciudad que lleva cerca de tres años sin agua. En Santa Marta, uno de los destinos turísticos más importantes de Colombia, el 60% de sus habitantes no tiene acceso al agua. Y en la Guajira, una dura sequía agrava la situación de desnutrición que padecen,  sobretodo los niños, cobrando la vida de los más pequeños en el último tiempo.

Una de las situaciones más críticas frente al Cambio climático es la cuestión del acceso al agua. El quinto informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el cambio climático de Naciones Unidas asegura que los recursos de aguas superficiales y subterráneas renovables “se reducirán significativamente” en la mayoría de las regiones subtropicales, lo que “intensificará la competición por el agua entre sectores”. Lo anterior hace pensar que en Colombia una situación que ya es compleja se agravará aún más. El IDEAM afirma que hoy hay 117 municipios en situación de vulnerabilidad[4]. Situación que es particularmente grave en ciudades como Yopal y Santa Marta y que tiene en una muy difícil situación a las y los habitantes de la Guajira y que ha provocado la declaratoria de calamidad pública en 36 municipios de la Costa Caribe[5].

Estas tragedias son en parte producto de las alteraciones ambientales, pero el Estado también es responsable de estas terribles situaciones por  falta de prevención y por no adelantar las acciones que garanticen el acceso al agua a la ciudadanía,  y por no desarrollar una política pública ambiental que proteja  los territorios y  las poblaciones que los habitan.

Que la inversión en medio ambiente no es una prioridad para Colombia es evidente. Pero resulta inadmisible que en plena crisis ambiental y de sequía como la que vive el país, en vez de aumentar el presupuesto para el sector, al menos en la misma proporción que aumenta el presupuesto general, éste caiga. El agua debiera ser una prioridad social, de esas sobre las que se supone enfatiza el presupuesto 2015, según el título del proyecto. No podremos construir paz mientras las comunidades más vulnerables en las regiones estén expuestas a la catástrofe ambiental, el Estado no haga nada para modificar el modelo económico que la genera y no tome las medidas en materia presupuestal y de política pública para mitigar los daños causados por fenómenos como el cambio climático.

Para quien se pregunte de donde saldrían los recursos para ésta y tantas otras demandas de la población colombiana, ponemos como ejemplo los $48 billones que se gastan anualmente en deuda pública, de los cuales $19 billones se destinan  al pago de intereses. Una auditoría a la deuda o una renegociación, son una imperiosa necesidad para liberar recursos públicos que sirvan para atender las necesidades sociales de los colombianos. 

 


 

 

 

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