Política

Número de Cámara: 193/08 No. Senado: 253/08

Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 20 del Decreto 1278 de 2002.

Jorge Eliécer Guevara
Alianza Verde

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2009

Sinópsis

Con esta adición al artículo 20 del Decreto-ley 1278 de 2002, se busca que se respete la escala salarial que venían ostentando los docentes inscritos con el Decreto-ley 2277 de 1979 y que se desempeñaron en provisionalidad o por contrato u orden de prestación de servicios por muchos años, que se encuentren escalafonados en un grado superior al grado 7 y la escala salarial contemplada en el mencionado Decreto-ley 2277 sea superior al grado al cual se le vincula en el nuevo escalafón contemplado en el Decreto-ley 1278 de 2002, ya sea en período de prueba o posterior a dicho período, respetando así los derechos adquiridos y la favorabilidad a las cuales tienen derecho estos docentes, para que haya justicia en el reconocimiento de los derechos adquiridos de estos docentes, basado en principios de equidad e igualdad, donde se respeten la antigüedad, capacitación y experiencia independientemente del tipo de vinculación (provisionalidad, contratos, u orden de prestación de servicios).

Abril 03 de 2008
Radicado
Abril 04 de 2008
Publicación
Gaceta 108/08
Abril 17 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 154/08
Mayo 20 de 2008
Aprobado Primer Debate
Gaceta 518/08 571/08
Agosto 20 de 2008
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 571/08
Octubre 15 de 2008
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 753/08 09/09
Junio 16 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 539/09
Junio 20 de 2009
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