La presente ley tiene por objeto reglamentar el ejercicio de la profesión de economista en Colombia, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución Política; reestructurar la conformación y las funciones del Consejo Nacional Profesional de Economía, establecer un Código de Ética Profesional, un régimen sancionatorio y el correspondiente proceso disciplinario para quienes resulten incursos en las faltas tipificadas en dicho Código. Se propone, entonces, una reforma al estatuto profesional de economista regulado por la Ley 37 de 1990 con el objetivo de darle a la profesión la importancia que merece dentro de la sociedad dándole un mejor posicionamiento y mencionando temas relevantes para el estudio y ejercicio de la misma.