La presente ley tiene por objeto adoptar algunas medidas relacionadas con el tránsito de motocicletas y dotar al los Gobiernos, Nacional y territoriales, de las herramientas jurídicas y recursos económicos para desarrollar programas encaminados a la prevención y reducción de accidentalidad y siniestralidad en accidentes de tránsito en la cual se ve inmersa esta clase de vehículos.