El objeto del proyecto es rendir homenaje a las personas desaparecidas y dictar las medidas pertinentes para localizar e identificar a las víctimas enterradas en fosas comunes o arrojadas en cuencas hidrográficas. También obliga a actualizar el Registro Único de Desaparecidos. Crea el Banco de Datos Genéticos, coordinado por el Instituto de Medicina Legal, con el fin de organizar y procesar la información genética obtenida de los cuerpos de las víctimas encontradas en las fosas comunes o en cuencas hidrográficas, para luego cotejarla con las muestras obtenidas de los familiares en primer grado de consanguinidad. Así mismo, dispone que, a cargo del Programa Presidencial para la Acción Social, los familiares de las víctimas reciban atención psicosocial durante todo el proceso, así como una ayuda económica para costear los gastos funerarios, de desplazamiento, alojamiento y alimentación. Finalmente establece, entre otras, la elaboración de mapas que determinen la ubicación de las fosas comunes o cuencas hidrográficas en donde hayan sido enterradas o arrojadas las víctimas; las condiciones bajo las cuales se deben conservar los cadáveres no identificados; la declaración de campo santo o santuario de la memoria de estos sitos y la ubicación de una placa conmemorativa con la inscripción "Nunca más" en los mismos.