El presente proyecto de ley adopta lineamientos para la política de protección contra el amianto/asbesto. Para lo anterior se prohíbe la importación, fabricación, utilización, distribución, venta y uso de mineral friable, fibras, productos, insumos, residuos o desechos que contengan cualquier tipo de asbesto, se define lo que la ley entiende por asbesto, se le ordena al Gobierno Nacional adoptar estrategias para la eliminación a corto plazo de los ciclos económicos del amianto/asbesto, entre otras medidas relacionadas con el objeto de la presente ley.