El proyecto adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000, el cual incorpora la tipificación de la siguiente conducta penal: "Fabricación, tráfico y porte de armas blancas". El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, o porte armas blancas u objetos cortopunzantes o contundentes, incurrirá en prisión domiciliaria.