Política

Número de Cámara: 198/07

Por medio de la cual se modifica el Decreto de Ley 2535 de 1993, facultando a los alcaldes municipales y distritales para restringir de manera temporal el porte de armas de fuego y se dictan otras disposiciones.

Iniciativa Popular Iniciativa Popular
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2008

Sinópsis

Los Alcaldes Municipales y Distritales están facultados para decretar la restricción de manera directa, temporal y general de la vigencia de los permisos para porte de armas expedidos a personas naturales o jurídicas, para la protección de los derechos fundamentales, previo concepto del Consejo de Seguridad, el cual no será de obligatorio cumplimiento. La restricción se decretará hasta por un término de ciento ochenta días (180), prorrogable por un término igual, allí se señalará si la medida se aplica a todo el municipio o distrito, o parte de estos. Durante el período que rija la medida los permisos y autorizaciones previamente concedidos quedarán suspendidos.

Diciembre 11 de 2007
Radicado
Diciembre 13 de 2007
Publicación
Gaceta 662/07
Junio 10 de 2008
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 348/08
Junio 20 de 2008
Archivado por Tránsito de Legislatura