Política

Número de Cámara: 141/07 No. Senado: 294/08

Por la cual se reforma el artículo 203 de la Ley 115 de 1994, en lo relativo a cuotas adicionales y se dictan otras disposiciones.

Jorge Julián Silva Meche
Cambio Radical
Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 31 de 2008

Sinópsis

Los establecimientos educativos no podrán exigir en ningún caso, por sí mismos, ni por medio de las asociaciones de padres de familia, ni de otras organizaciones, cuotas en dinero o en especie, bonos, donaciones en dinero o en especie, aportes a capital o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrículas, pensiones y cobros periódicos. Los establecimientos educativos deberán entregar a los padres de familia en el momento de la matrícula la lista completa de útiles escolares para uso pedagógico, textos, uniformes e implementos que se usarán durante el siguiente año académico, la cual debe estar previamente aprobada por el Consejo Directivo. No podrán exigir que entreguen estos materiales al establecimiento educativo.

Septiembre 24 de 2007
Radicado
Septiembre 25 de 2007
Publicación
Gaceta 471/07 479/07
Noviembre 20 de 2007
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 594/07
Diciembre 05 de 2007
Aprobado Primer Debate
Gaceta 68/08 158/08
Abril 01 de 2008
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 158/08
Mayo 06 de 2008
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 250/08 326/08
Junio 05 de 2008
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 323/08
Septiembre 02 de 2008
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 714/08 22/09
Octubre 16 de 2008
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 714/08
Noviembre 19 de 2008
Aprobado Cuarto Debate
Gaceta 879/08 112/09
Diciembre 10 de 2008
En Conciliación
Gaceta 925/08 927/08
Diciembre 11 de 2008
Aprobada Conciliación
Gaceta 208/09
Diciembre 15 de 2008
Aprobada Conciliación
Gaceta 158/09
Diciembre 31 de 2008
Sancionado como Ley
Gaceta 01/09