Esta ley tiene el propósito de prohibir los espectáculos con animales en el país, tales como el rejoneo, el coleo, las corridas de toros, las novilladas, las corralejas, las becerradas, las tientas y las riñas de gallos, exceptuados en el artículo 7° de la Ley 84 de 1989 o Estatuto de Protección Animal. Además, busca castigar penalmente a quienes organicen este tipo de eventos.