El autor señala que en la exposición de motivos, que el objeto del proyecto de acto legislativo es la creación de un mecanismo para interrumpir la aplicación de los decretos reglamentarios que vulneren el contenido material de una ley, cuando el ejecutivo en uso de la potestad reglamentaria que le confiere la Constitución, no atienda al contenido material de la ley, a los intereses y fines que regula y los instrumentos que propone para su realización, contraviniendo su "espíritu" y obrando contra lo mandado.
El autor considera que "La finalidad es limitar los desafueros del ejecutivo cuando, al reglamentar, ignora las directrices trazadas por la ley. Se pretende institucionalizar un mecanismo expedito que interrumpa con celeridad las desviaciones de la función reglamentaria".