El período de los Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales municipales y distritales y miembros de las juntas administradoras locales que se elijan en octubre de 2015 comenzará el 1° de enero del 2016 y terminará el 31 de diciembre del 2018. Los Alcaldes y Gobernadores en ejercicio podrán ser reelegidos para el período de transición de que trata el inciso anterior. En las elecciones que se realicen a partir de esa fecha para Gobernadores y Alcaldes, se estará a lo dispuesto en los artículos 303 y 314 de la Constitución Política.