Por medio de la cual se establece el Código de Ética y régimen disciplinario de las profesiones que se desarrollan en el marco de las relaciones internacionales y afines y se dictan otras disposiciones. [Código de ética internacionalistas]
El objeto de la presente Ley es regular el ejercicio de las profesiones de que trata el artículo 1º y su parágrafo 1º y de sus disposiciones reglamentarias de la ley 556 de 2.000.