La presente ley tiene por objeto ordenar traducir la Constitución Nacional de Colombia a todas las lenguas y dialectos indígenas, Raizal Creol de San Andrés y Providencia, lengua criolla palenquera y ROM (Gitano), como un aporte legislativo del Congreso de la República para la inclusión fundamental, cultural y de soberanía a las poblaciones más abandonadas y discriminadas dentro de una política diferencial de nuestro país y contribuir a dar pasos de inclusión para lograr el anhelo de la paz.