Política

No. Senado: 61/14

Por la cual se establecen mecanismos y condiciones técnicas para lograr un adecuado desempeño de los actores que se involucran en la cadena de generación de aceites de fritura usados con el fin de prevenir la contaminación ambiental e hídrica y riesgos para la salud humana en desarrollo, entre otros, del artículo 13 de la Carta. [ Manejo de aceites de fritura usados]

Julio Miguel Guerra Sotto
Opción Ciudadana
Estado actual: Publicación Agosto 15 de 2014

Sinópsis

La presente ley tiene por objeto la regulación, control y gestión de aceites vegetales de fritura usados, que comprende la generación, manipulación, recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final en el territorio perteneciente a aquellas ciudades a que se hace mención en el artículo 4º de la presente ley.

Agosto 12 de 2014
Radicado
Agosto 15 de 2014
Publicación
Gaceta 421/14