Autoriza a la Asamblea Departamental de Boyacá para que ordene la emisión de la Estampilla de "Fomento al Turismo", la cual podrá determinarse para periodos limitados.El producido de la estampilla se destinará principalmente, para que a través de la Secretaría de Cultura y Turismo, o quien haga sus veces, ejecute programas que coadyuven a fortalecer el sector turístico del departamento.