Política

No. Senado: 12/14

Por medio del cual se modifican los artículos 233, 249, 254, 267 y 276 de la Constitución Política. [Inhabilidades cargos altas dignidades]

Angélica Lozano Correa
Alianza Verde
Alirio Uribe Muñoz
Polo Democrático Alternativo
Víctor Javier Correa Vélez
Polo Democrático Alternativo
Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo

Otros autores del proyecto

Estado actual: Acumulado Septiembre 05 de 2014

Sinópsis

Quien haya ejercido en propiedad el cargo de Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado no podrá desempeñar el cargo de Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Fiscal General de la Nación, ni el de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado o del Consejo Superior de la Judicatura, ni aspirar a cargos de elección popular sino ocho años después de haber cesado en sus funciones.

Julio 30 de 2014
Radicado
Agosto 01 de 2014
Publicación
Gaceta 394/14 420/14
Septiembre 05 de 2014
Acumulado