El objeto de la presente ley es crear el Fondo Especial de Ingreso Mínimo Garantizado para que administre el aporte estatal al momento del nacimiento de los niños de familias pertenecientes a los niveles I y II del Sisbén, con el fin de asegurar el acceso a un ingreso mínimo garantizado a este grupo poblacional. El alcance de esta ley aplica para aquellos niños nacidos a partir del 1° de enero de 2016 y hasta un máximo de dos hijos por madre.