La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico que reconoce y protege los derechos de los artesanos y artesanas, creadores, sabedores, gestores y productores como patrimonio de interés público, de sus creaciones identitarias tradicionales y culturales en todas sus expresiones propias de cada lugar, preservando el patrimonio cultural inmaterial; además de proteger, fomentar, promover, promocionar el desarrollo sostenible de la actividad del sector artesanal, salvaguardando las riquezas ambientales del país.