La presente propuesta busca eliminar del ordenamiento jurídico el parágrafo del artículo 19 de ley 678 de 2001 que dice: PARÁGRAFO. La entidad pública no podrá llamar en garantía al agente si dentro de la contestación de la demanda propuso excepciones de culpa exclusiva de la víctima, hecho de un tercero, caso fortuito o fuerza mayor