Política

No. Senado: 201/14

Por medio de la cual se dictan disposiciones para garantizar a la población de agricultores y pescadores colombianos el acceso a una pensión de jubilación campesina y se dictan otras disposiciones. [Pensión de jubilación campesina]

Juan de Jesús Córdoba Suárez
Conservador Colombiano
Juan Samy Merheg Marún
Conservador Colombiano
Efraín José Cepeda Sarabia
Conservador Colombiano
Jaime Alonso Zuluaga Aristizábal
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Roberto Víctor Gerlein Echeverría
Conservador Colombiano
Humphrey Roa Sarmiento
Conservador Colombiano
Nora María García Burgos
Conservador Colombiano
Gabriel Ignacio Zapata Correa
Conservador Colombiano
Ciro Antonio Rodríguez Pinzón
Conservador Colombiano
Myriam Alicia Paredes Aguirre
Conservador Colombiano
Arturo Yepes Alzate
Conservador Colombiano
Juan Diego Gómez Jiménez
Conservador Colombiano
José Darío Salazar Cruz
Conservador Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

La presente ley tiene como objeto establecer una pensión de jubilación para los trabajadores del campo dedicados a la agricultura y los pescadores artesanales en Colombia que alcancen 65 años de edad y que al momento de promulgarse la presente ley tengan una edad mínima de 55 años, quienes debido a su situación socioeconómica no tendrían oportunidad de recibir una pensión sin apoyo estatal.

Mayo 14 de 2014
Radicado
Mayo 15 de 2014
Publicación
Gaceta 210/14
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura