Política

Número de Cámara: 189/14

Por la cual se establece la obligación de adquirir un seguro por parte de los constructores de vivienda nueva y se establecen medidas para incrementar la seguridad de las edificaciones. [Pólizas para viviendas nuevas]

Ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao Cardona Ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao Cardona
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

El constructor o enajenador de vivienda nueva, o quien actúe a su nombre o en su interés, estará obligado a adquirir un seguro expedido por una compañía de seguros legalmente habilitada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que ampare los perjuicios patrimoniales causados a los propietarios y a los terceros que se vean afectados en el evento que la edificación colapse, perezca o amenace ruina como consecuencia de las deficiencias en el proceso constructivo, del suelo, de los materiales o de los diseños, con los que se construyan tales edificaciones.

Abril 01 de 2014
Radicado
Abril 01 de 2014
Publicación
Gaceta 118/14
Mayo 29 de 2014
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 262/14
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura